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BOC Nº 059. Miércoles 15 de Mayo de 1996 - 709

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Política Territorial

709 - ORDEN de 24 de abril de 1996, por la que se aprueba definitivamente la Modificación del Plan General de Ordenación del municipio de Santa Cruz de Tenerife que afecta a las Normas Urbanísticas reguladoras de la parcela mínima en edificación cerrada.

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Visto nuevamente el expediente relativo a la Modificación del Plan General de Ordenación del municipio de Santa Cruz de Tenerife que afecta a las Normas Urbanísticas reguladoras de la parcela mínima en edificación cerrada.

Resultando que por Orden de 30 de enero de 1995 se suspendió la aprobación definitiva de la modificación a fin de que se arbitraran las medidas necesarias tendentes a la reducción de los aumentos de densidad de viviendas.

Resultando que el Ayuntamiento remite el nuevo texto donde a juicio de los Servicios Técnicos se da cumplimiento a lo resuelto en la Orden de suspensión dictada.

Resultando que la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión de 29 de marzo de 1996, emite propuesta favorable.

Considerando que es competencia de este Departamento la resolución del expediente por tratarse del planeamiento general de un municipio capital de provincia, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto 107/1995, de 26 de abril, que aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial.

En su virtud,

D I S P O N G O:

Aprobar definitivamente la Modificación del Plan General de Ordenación del municipio de Santa Cruz de Tenerife que afecta a las Normas Urbanísticas reguladoras de la parcela mínima en edificación cerrada.

Contra la presente Orden cabe recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias a interponer en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, previa la comunicación a la Consejería de Política Territorial exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de abril de 1996.

EL CONSEJERO DE POLÍTICA TERRITORIAL, Antonio González Viéitez.

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