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BOC Nº 043. Lunes 8 de Abril de 1996 - 910

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Industria y Comercio

910 - RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 1996, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica oficio de esta Secretaría, solicitando a D. Salvador Cabrera Hernández y otros, Acuerdos del Comité Ejecutivo de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Las Palmas.

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Habiendo sido intentada la notificación de los oficios de 29 de enero de 1996, de esta Secretaría General Técnica, dirigidos a D. Salvador Cabrera Hernández y otros, sin que hayan sido recibidos por los mismos, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los interesados que a continuación se relacionan el oficio de 29 de enero de 1996 (fecha de salida 31.1.96, números de registro de salida 253, 270, 268, 287, 291, 277, 307, 314, 311, y 328, respectivamente), que figura como anexo de esta Resolución, por el que se solicita a los interesados Acuerdos del Comité Ejecutivo de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Las Palmas:

- D. Salvador Cabrera Hernández. - D. Manuel Hernández Torres. - Dña. Soledad Hernández Gutiérrez. - D. José Antonio Mayor Déniz. - D. Laureano Lorenzo del Toro. - D. Juan Melián Ascanio. - D. Expedito Ramos León. - D. Efrén Armando Roque Cabrera. - D. Miguel Rodríguez Hernández. - D. Ángel Suárez García.

2.- Remitir a los Ayuntamientos de San Bartolomé de Tirajana, Telde, Valsequillo y Mogán, respectivamente, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 15 de marzo de 1996.- El Secretario General Técnico, Miguel Dalmacio Benítez Cruz. A N E X O

En relación al recurso ordinario por usted presentado ante el Excmo. Sr. Consejero de este Departamento, con fecha de entrada el día 4 de noviembre de 1994, frente a un Acuerdo del Comité Ejecutivo de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Las Palmas, por el que se desestima su solicitud de baja en el censo de dicha Corporación y al no haberse identificado en el mismo el acto que se recurre (no consta su fecha), comunicándose, asimismo, por dicho ente corporativo las dificultades para localizar el acto por usted recurrido; y al ser imprescindible para la resolución del recurso constatar la existencia del mismo, tal y como se desprende de los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, le comunico a usted lo siguiente:

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, se le concede un plazo de 10 días para que remita a la dirección que figura al pie del presente escrito (Avenida Juan XXIII, 2, 35004-Las Palmas de Gran Canaria), el Acuerdo del Comité Ejecutivo de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Las Palmas por usted recurrido. Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de enero de 1996.- El Secretario General Técnico, Miguel Dalmacio Benítez Cruz.

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