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Encontrándose en ignorado paradero D. José Ortega Montesdeoca, adjudicatario de la vivienda de promoción pública sita en el Polígono de Jinámar, fase III, del Valle de Jinámar, bloque 11, 5º B, en el término municipal de Las Palmas de Gran Canaria, contra quien se sigue expediente de desahucio D-60/96, por infracción del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, que aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial (B.O.E. de 7 de septiembre de 1968), se le notifica por medio de la presente Resolución, de conformidad con el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27 de noviembre de 1992), el siguiente Pliego de Cargos:
No destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Polígono de Jinámar, fase III, del Valle de Jinámar, bloque 11, 5º B, en el término municipal de Telde, infringiendo el artº. 138.6º del citado Reglamento de Viviendas de Protección Oficial.
Contra el referido Pliego de Cargos podrá el interesado formular alegaciones en el plazo de ocho días contados a partir de la publicación de la presente, conforme a lo establecido en el artº. 142 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial.
Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de febrero de 1996.- El Director General de Vivienda, José María Senante Mascareño.
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