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BOC Nº 040. Lunes 1 de Abril de 1996 - 477

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Política Territorial

477 - ORDEN de 28 de marzo de 1996, por la que se establece la Red Oficial de Rutas en los Espacios Naturales Protegidos de la isla de Gran Canaria que podrá ser utilizada por las caravanas organizadas con fines de lucro.

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El Decreto 124/1995, de 11 de mayo, por el que establece el régimen general de uso de pistas en los Espacios Naturales de Canarias, establece, en su artículo 7.1, que la Consejería de Política Territorial aprobará mediante Orden, y previo informe del correspondiente Patronato Insular de Espacios Naturales Protegidos, la Red Oficial de las Rutas que podrán ser utilizadas por las caravanas organizadas con fines de lucro.

En cumplimiento de lo señalado en el párrafo anterior, se dio traslado del correspondiente proyecto de Orden a los citados Patronatos Insulares, informando favorablemente, como ya lo había hecho en su día el de Fuerteventura, el Patronato Insular de Gran Canaria. En su virtud, D I S P O N G O:

Artículo 1.- Objeto de la Orden.

Es objeto de la presente Orden establecer la Red Oficial de Rutas que puede ser utilizada por las caravanas organizadas con fines de lucro, dentro de los Espacios Naturales Protegidos de la isla de Gran Canaria.

Artículo 2.- Ruta.

La ruta de Gran Canaria se denominará “Ruta Pista de Chira” y se describe en el anexo I de esta Orden.

Sólo podrán autorizarse en la presente ruta dos caravanas diarias, una en horario de mañana y otra en horario de tarde. Artículo 3.- Normas generales de aplicación a la ruta comprendida en esta Orden. 1. No podrá concederse autorización para la circulación de caravanas con fines de lucro por ruta distinta a la incluida en esta Orden. 2. Por necesidades de especial protección de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias y sus recursos naturales, la Consejería competente en materia de conservación de la naturaleza podrá variar la ruta establecida en la presente Orden, previa audiencia al Patronato correspondiente.

3. La ruta mencionada será señalizada con los tipos y señales establecidos en la Orden de esta Consejería de 19 de julio de 1995 (B.O.C. nº 87, de 12 de julio).

4. La citada ruta sólo podrá ser utilizada en horas de luz.

5. Su uso estará sometido a las condiciones y requisitos impuestos, tanto en la autorización pertinente, como en la normativa relativa a la conservación de la naturaleza que le sea de aplicación.

Artículo 4.- Fianzas.

Las autorizaciones para el uso de la ruta comprendida en el artículo 2 de esta Orden estarán sujetas a una previa prestación de fianza, en concordancia con lo dispuesto en la Orden de esta Consejería de fecha 27 de octubre de 1995 y cuya cuantía se determina en el anexo II.

Artículo 5.- Régimen sancionador.

El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden se considerará incluido dentro de lo previsto en el artículo 15.b) del Decreto 124/1995, y será sancionado conforme previene el artículo 16 del mismo Decreto.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

El régimen de uso fijado en esta Orden para la ruta que se indica en la misma debe entenderse sin perjuicio del que puedan establecer en su día los instrumentos de planeamiento de los Espacios Naturales Protegidos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.4 de la Ley 12/1994, de Espacios Naturales de Canarias.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de marzo de 1996.

EL CONSEJERO DE POLÍTICA TERRITORIAL, Antonio González Viéitez. A N E X O I

ISLA DE GRAN CANARIA

* “RUTA PISTA DE CHIRA”

Municipio: San Bartolomé de Tirajana.

Definición: la ruta comienza en la C-815, entre La Plata y Ayacata, a la altura del punto kilométrico 65. Los primeros 8 km se desarrollan asfaltados, pasando el caserío de Cercados de Araña, tras el muro del embalse de Chira, donde el firme cambia a tierra, la pista comienza a ascender (en un punto a 901 metros de altitud) con dirección suroeste por las Laderas del Roque, donde transcurrido 1,1 km de la presa se cruza con otra pista, debiéndose seguir en línea recta.

Siguiendo el mismo rumbo bordea la cabecera de la Cañada de Chira y tras una recta de fuerte pendiente llega a un apartadero-mirador situado a 1,3 km del cruce de pistas anterior, en una curva pronunciada. Avanzados 0,4 km y dejando atrás otra curva cerrada la pista abandona el Parque Rural del Nublo y penetra en el Parque Natural de Pilancones, alcanzando por el este a 0,4 km de ese punto la Cruz de la Mesa de Chira, en la cota 1.040 metros.

A partir de este punto, la pista desciende sinuosamente por el Pinar de Escusabarajas, con dirección sur, atravesando las mesas y el barranquillo de Escusabarajas, cruzándose a 4 km con la pista que baja a la presa del Caidero de los Saltos. Comienza a ascender por el Risco del Tablero hasta llegar a los Lomos de Pedro Afonso, donde a 5,5 km del punto anterior se encuentra una bifurcación, debiéndose tomar el desvío a la derecha. A 0,2 km comienza un tramo asfaltado que cruza la Cañada de la Cebada y bordea el lomo del mismo nombre, en un recorrido que discurre zigzagueante por el límite occidental del Parque Natural de Pilancones, del cual sale en la divisoria del Lomo de la Cebada, a 2 km, para volver a entrar con rumbo SE por la divisoria de la vertiente occidental del barranquillo del Lance en un punto (vértice 599 m) donde el firme vuelve a ser de tierra.

Continúa por la divisoria, pasando a los 1,1 km el cruce de la pista que lleva hasta el barranco de La Lumbre. Alcanzando los llanos del Lance y bordeando al Alto de las Aulagas, asciende hacia la Degollada de los Alcaravanes, para seguir -con dirección sur- por la divisoria de la vertiente oeste del Barranco de la Negra, donde desde el cruce con la pista (a 4 km) que viene del pozo de La Lumbre hasta la Degollada del Desriscadero constituye parte del límite suroccidental del Parque Natural, abandonado definitivamente a 1 km (vértice 495 m). Desde este punto sigue descendiendo por el Lomo de Pajaritos, donde a 1 km comienza el firme asfaltado de acceso al barrio de El Tablero, recorriendo con dirección este la divisoria del lomo del mismo nombre y en línea recta, hasta llegar a dicha población, desde donde se accede a la GC-1 o a la C-812, conectando con los núcleos turísticos del sur de la isla. El recorrido total de la ruta es de 34 km que, salvo sus últimos 5 km, se desarrolla por el Parque Rural del Nublo y el Parque Natural de Pilancones.

En el anexo III de la presente Orden se recoge la descripción cartográfica de la citada ruta.

A N E X O I I

Ver anexos - página 2327

COEFICIENTE DE ESPACIO NATURAL PROTEGIDO DE LA RUTA POR PISTAS Y TRAMOS DE CARRETERA

COEFICIENTE DE FRAGILIDAD DE LA RUTA POR PISTAS Y TRAMOS DE CARRETERA

CUANTÍA DE LAS FIANZAS DE LA RUTA POR PISTAS Y TRAMOS DE CARRETERA

Ver anexos - página 2328

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