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BOC Nº 029. Miércoles 6 de Marzo de 1996 - 342

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas

342 - RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 1996, de la Viceconsejería de Vivienda, por la que se declara la liberación parcial del Proyecto de Expropiación del Polígono de El Rosario, de las parcelas propuestas en la Resolución de 10 de noviembre de 1995.

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Visto el expediente de parcelas propuestas para su liberación parcial del Proyecto de Expropiación del Polígono de El Rosario.

Resultando que de conformidad al compromiso establecido en el Convenio suscrito entre el Instituto Nacional de Urbanismo y la Asociación de afectados en los núcleos de urbanización consolidados del Polígono de El Rosario, de fecha 9 de junio de 1978, se procedió a la elaboración de la relación de parcelas, que al encontrarse dentro del ámbito del referido Convenio, se han considerado desafectadas del Proyecto de Expropiación.

Resultando que en cumplimiento de lo expuesto, con fecha 10 de noviembre de 1995, esta Viceconsejería dictó Resolución acordando hacer pública la relación de parcelas que descritas en el anexo adjunto a la misma, fueron propuestas para su liberación parcial del Proyecto de Expropiación del Polígono de El Rosario.

Resultando que la referida Resolución se publicó en el Boletín Oficial de Canarias nº 156, de 8 de diciembre de 1995 durante un plazo de 15 días; y al mismo tiempo fue expuesta en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de Santa Cruz de Tenerife y de San Cristóbal de La Laguna, durante un plazo de 20 días, sin que se formulara alegación alguna.

Resultando que con fecha 12 de diciembre de 1995 se insertó anuncio en el periódico de la provincia Diario de Avisos, en el que se indicaba la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la citada Resolución de la Viceconsejería.

Considerando que es competente esta Viceconsejería de Vivienda para conocer del asunto objeto de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en el Decreto 250/1991, de 3 de octubre, por el que se crea la Viceconsejería de Vivienda en la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, en relación con lo dispuesto en el Decreto 68/1986, de 18 de abril; la Ley 8/1987, de 28 de abril, de Patrimonio y Decreto 133/1988, de 22 de septiembre, del Reglamento de aplicación; y Decreto 458/1972, de 24 de febrero, sobre Liberaciones Urbanísticas.

Vistas las normas citadas y las de general y especial aplicación, esta Viceconsejería acuerda la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero.- Acordar la liberación parcial de las parcelas relacionadas en el anexo adjunto a la presente Resolución.

Segundo.- Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Contra el presente acto que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses desde su notificación, previa la comunicación a la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas de conformidad a lo dispuesto en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Santa Cruz de Tenerife, a 8 de febrero de 1996.- El Viceconsejero de Vivienda, Gregorio Guadalupe Rodríguez.


A N E X O

PARCELA TITULAR M2 IMPORTE A LIBERAR CONSIGNADO

400-17 AURELIA PÉREZ CORDOBÉS 332,00 66.091 400-18 VALENTINA PÉREZ CORDOBÉS 332,00 66.091 400-19 ANTONIO ABAD PÉREZ 166,00 33.046 400-20 JOSÉ M. ABAD PÉREZ 166,00 33.046 400-21 SEVERINO PÉREZ C. Y OTRO 166,00 33.045 400-22 MIGUEL TABARES BENAZCO 160,00 31.851 400-23 HERMANOS SÁNCHEZ ABAD 802,00 159.654 400-24 RAMÓN HERRERA MEDINA 124,00 24.685 400-25 ESTEBAN CARBALLO IZQUIERDO 124,00 24.685 964-D (P-1) HERIBERTO SUÁREZ BARROSO 100,00 24.673 PARCELA TITULAR M2 IMPORTE A LIBERAR CONSIGNADO

964-D (P-2) TOMÁS SÁNCHEZ SUÁREZ 100,00 24.673 964-D (P-3) ESTEBAN SOSA RODRÍGUEZ 400,00 98.694 973 CASIANO FUMERO FUMERO 130,52 194.428 1.129-B-3 MANUEL RODRÍGUEZ GARCÍA 250,00 66.922 1.162-C-2 JUAN HERRERA Y LUIS PADILLA 550,00 104.957 1.197-A-3 ISIDRO HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ 1.248,00 1.933.657 1.197-D-1 MERCEDES PÉREZ BRITO 108,00 63.123 1.197-D-2 ANTONIO NEGRÍN FUERTES 126,00 73.643 1.197-D-3 ESTRELLA BRITO 162,00 94.684 1.197-D-4 PEDRO MOLINA RODRÍGUEZ 216,00 126.246 1.197-D-5 ARGELIA BARRETO MOLINA 125,00 73.059 1.276-A PEDRO SUÁREZ ROMERO 265,00 1.937.335 1.352 DONATO DÍAZ TORRES 1.090,00 3.411.499 1.485-4 JOSÉ RAMÓN SANTOS HERRERA 128,00 70.134 1.487 GREGORIO MATEOS SUÁREZ 336,00 716.089 1.502-A MARGARITA GONZÁLEZ GÁMEZ 80,00 1.243.212 1.502-B HERMANOS GONZÁLEZ GÁMEZ 100,00 2.989.499 1.503-A FELIPE ESTEBAN GONZÁLEZ 80,00 51.275 1.503-B FERNANDO LORENZO MARTÍN 80,00 51.275 1.511-A MIGUEL PACHECO MOLINA 200,00 109.585 1.520 ISABEL CAMACHO GARCÍA 120,00 1.039.913 1.658-B-2,1 MANUEL OCTAVIO PLASENCIA 140,00 89.732 1.711-B CARMEN HERRERA DE LA ROSA 144,00 106.903 1.711-C JUAN DÍAZ CABRERA 148,00 109.872 1.711-D ELADIO DÍAZ CABRERA 148,00 109.872 1.711-E ENRIQUE NEGRÍN PADILLA 148,00 109.872 1.717 HDROS. MANUEL ORIHUELA M. 3.745,96 4.456.070 1.732-A FRANCISCO HERNÁNDEZ DÍAZ 346,50 1.681.363 1.732-B MARÍA DEL CARMEN HERNÁNDEZ BRITO 280,00 168.862 1.760 GUADALUPE NEGRÍN HERRERA 144,00 106.903 2.155-2 ANTONIO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ 367,70 1.771.228 2.156-2 FRANCISCO RAMOS HERNÁNDEZ 867,40 2.157.002

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