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BOC Nº 028. Lunes 4 de Marzo de 1996 - 330

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación

330 - RESOLUCIÓN de 26 de enero de 1996, de la Viceconsejería de Agricultura, de calificación como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas (O.P.F.H.) para el producto tomate de la Entidad Sociedad Agraria de Transformación nº 9.113 Antonio Hernández Morales e Hijos.

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Visto el Reglamento (CEE) nº 1.035/72 del Consejo, de 18 de mayo de 1972, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de frutas y hortalizas, que contempla, entre otras acciones, la creación de Organizaciones de Productores para lo que se exige, entre otros requisitos, la obligación a sus asociados de someterse a ciertas reglas, sobre todo en materia de producción y comercialización.

Visto el Real Decreto 1.101/1986, de 6 de junio (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación), que regula la constitución de las Organizaciones de Productores.

Visto el informe propuesta del Director General de Política Agroalimentaria, relativo a la calificación de la Organización de Productores de Frutas y Hortalizas (O.P.F.H.) y promovido por la entidad Sociedad Agraria de Transformación nº 9.113 Antonio Hernández Morales e Hijos.

Considerando la conveniencia de fomentar estas entidades asociativas que, de acuerdo con el marco normativo comunitario, se establecen con el fin de fomentar la concentración de la oferta y la regularización de los precios en la fase de producción.

En virtud del apartado 4 del artículo 20 del Decreto 71/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura y Alimentación,

R E S U E L V O:

Artículo primero.- Calificar como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas a la entidad Sociedad Agraria de Transformación nº 9.113 Antonio Hernández Morales e Hijos, de acuerdo con el régimen establecido en el Reglamento (CEE) nº 1035/72 del Consejo, de 18 de mayo de 1972.

Artículo segundo.- Esta calificación se otorga para el producto “tomate”.

Artículo tercero.- El ámbito geográfico de actuación de la entidad Sociedad Agraria de Transformación nº 9.113 Antonio Hernández Morales e Hijos como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas para el producto “tomate” es el de la isla de Tenerife. Artículo cuarto.- Se procederá por la Dirección General de Política Agroalimentaria a la inscripción de la entidad calificada en el Registro de Agrupaciones de Productores Agrarios, Sección 1ª, de acuerdo con el Decreto 6/1994, de 14 de enero, y la Orden de 29 de abril de 1994, de la Consejería de Agricultura y Alimentación, con el número 1.005.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de enero de 1996.- El Viceconsejero de Agricultura, Raimundo Domínguez de Vera.

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