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BOC Nº 024. Viernes 23 de Febrero de 1996 - 264

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

264 - RESOLUCIÓN de 12 de enero de 1996, de la Dirección General de Promoción Educativa, por la que se hace pública la convocatoria para la selección de participantes en la Actividad de Escuelas Viajeras en convenio con el MEC para el año 1996.

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La Actividad de Escuelas Viajeras está regulada por la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 13 de marzo de 1986, y por la Orden de 28 de junio de 1995, que modifica el artículo primero de la Orden anteriormente citada en cuanto al nivel educativo de los alumnos que puedan participar en la actividad. Tiene como fin el seguimiento por grupos de 15 alumnos de 5º y 6º de Educación Primaria de una ruta durante una semana, que conforme a un diseño educativo se desarrollará por las diferentes Comunidades Autónomas y cuya finalidad es propiciar en los alumnos la formación en el respeto a la pluralidad lingüística y cultural de España, el conocimiento de ambientes socioculturales y naturales distintos del medio habitual de residencia, el trabajo en equipo, la cooperación y solidaridad.

En virtud de todo ello y de lo establecido en la Orden de 17 de enero de 1996 por la que se regula las Actividades Educativas, Ocio y Tiempo Libre, que pueden desarrollar los Centros Públicos de Enseñanza no Universitaria, se desarrolla esta convocatoria según las siguientes bases:

Primera.- Objeto de la convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria mediante el procedimiento de concurso público, consiste en la concesión de 315 subvenciones destinadas al alumnado perteneciente a Centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que tienen como fin la realización de la actividad denominada Escuelas Viajeras.

1º) La Escuela Viajera consiste en el seguimiento de una ruta por un grupo de alumnos/as previamente seleccionados/as, conforme a un proyecto o diseño educativo que se desarrollará en diferentes Comunidades Autónomas. El/la profesor/a acompañante deberá preparar con los alumnos los itinerarios de la ruta que van a realizar, en función de los objetivos que cada grupo pretende conseguir y de acuerdo con los materiales y orientaciones que reciban desde la coordinación.

2º) Las rutas de las Escuelas Viajeras son las que aparecen relacionadas en el anexo I de la presente Resolución, conforme a un diseño educativo que propicie en los alumnos la consecución de algunos de los siguientes objetivos:

a) Lograr un adecuado nivel de conocimiento y comprensión de la Comunidad visitada, así como de sus diferentes aspectos naturales, históricos y culturales.

b) Fomentar la convivencia y cooperación entre los alumnos que coincidan en el recorrido de la ruta, aceptando sus diferencias y potenciando el desarrollo de las capacidades individuales.

c) Desarrollar hábitos y actitudes positivas en la defensa y conservación del medio ambiente y del patrimonio, comenzando por el entorno cotidiano de los alumnos.

d) Posibilitar la aplicación de una metodología activa y participativa de profesores y alumnos, y el intercambio de experiencias entre los diferentes colegios participantes.

e) Ampliar el ámbito de actuación de la escuela, valiéndose de la investigación y diseño de nuevas situaciones de aprendizaje, tanto en la preparación de la actividad, como durante su desarrollo y al finalizar la misma.

3º) Serán seleccionados para participar en la actividad veintiún (21) colegios, con grupos compuestos de 15 alumnos/as de quinto y sexto de Enseñanza Primaria, previa selección del Consejo Escolar según criterios establecidos por este Órgano, y un/a profesor/a acompañante, que tendrá que ser necesariamente el/la tutor/a o, en su caso, un/a profesor/a de los que habitualmente imparten clases al grupo de alumnos/as, y responsable del proyecto diseño educativo aprobado.

4º) Las rutas tendrán una duración máxima de seis días. Se llevarán a cabo en las fechas comprendidas entre el 16 de abril y el 3 de junio, y entre el 1 de octubre y el 25 de noviembre de 1996.

El recorrido de las rutas se iniciará el martes de cada semana, con la llegada de los alumnos a la cabecera de ruta, y terminará el lunes siguiente. Segunda.- Importe y aplicación presupuestaria.

El importe máximo de cada subvención a conceder para sufragar los gastos de alojamiento y manutención derivados del desarrollo de la Actividad Escuelas Viajeras, estará condicionado por lo dispuesto en el apartado primero, punto segundo de la Resolución de 1 de diciembre de 1995, de la Dirección General de Formación Profesional Reglada y Promoción Educativa, por la que se convocan ayudas para el desarrollo de la Actividad de Escuelas Viajeras para 1996, la cual establece que el importe máximo de cada ayuda será de 12.312 pesetas.

El importe total del crédito habilitado, destinado a cubrir los gastos originados por los grupos de alumnos de los Centros que provenientes de otras Comunidades realicen la actividad en la Comunidad Autónoma de Canarias, está recogido en las siguientes aplicaciones presupuestarias:

18.06.423C.480.00, un millón (1.000.000) de pesetas. 18.12.423C.482.00, tres millones doscientas setenta mil (3.270.000) pesetas. El gasto ocasionado por los grupos de alumnos/as seleccionados/as de Centros dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, se cubre según condiciones establecidas en la base undécima de esta Orden.

Tercera.- Requisitos exigidos.

Podrán presentar proyectos o diseños educativos, para acogerse a esta convocatoria, todos los Centros públicos que impartan 5º y 6º de Educación Primaria, dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, conforme a los objetivos expresados en la base primera, apartado 2 de la presente Resolución, suscritos por el Director del Centro, como Presidente del Consejo Escolar.

Cuarta.- Solicitudes y documentación a aportar por los solicitantes.

1. La solicitud de subvención, conforme al modelo que figura como anexo II, deberá ir acompañada de la siguiente documentación, en el orden que a continuación se especifica:

a) Documento acreditativo de la personalidad del solicitante y, en su caso, de la representación de quien actúa en su nombre, según modelo anexo III.

b) Documento que acredite el nombramiento del Director. c) D.N.I. y Documento de Identificación Fiscal del solicitante.

d) Relación nominal y numerada del grupo de 15 alumnos/as y el nombre del/de la profesor/a titular acompañante, conforme al anexo IV de la presente Orden. El/la profesor/a acompañante ha de cumplir las condiciones establecidas en la base primera en su apartado 3. e) Certificado expedido por el secretario del Consejo Escolar, según el modelo anexo V en el que se hace constar la renta media del grupo de alumnos/as participantes en la Actividad.

Para extraer la renta media del grupo, se debe calcular la media de las unidades familiares, sumarlas y dividirlas por el total de rentas medias familiares presentadas.

f) Proyecto o diseño educativo de la ruta que se desea realizar, conforme a los requisitos exigidos en la base tercera de la presente Resolución.

g) Previsión desglosada de ingresos y gastos.

2. Cada Centro sólo podrá presentar una única solicitud, por duplicado y con firmas originales, excepto el D.N.I., N.I.F. y documento acreditativo del nombramiento del/de la Director/a, que se presentará en doble fotocopia.

Quinta.- Lugar y plazo de presentación.

1. Las solicitudes, junto con la documentación requerida en las condiciones y orden de presentación expresadas en la base cuarta, se presentarán en las Direcciones Territoriales de Educación u Oficinas Insulares de Educación, e irán dirigidas al Ilmo. Sr. Director General de Promoción Educativa, o en cualquiera de las dependencias o formas previstas en el artº. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo, en este supuesto, comunicarlo mediante fax o telegrama a la Dirección General de Promoción Educativa.

En el supuesto de que se optara por presentar la solicitud en una oficina de Correos, ésta se presentará al funcionario de Correos en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada. La copia (sólo anexo II), que le entrega la oficina de Correos sellada será remitida vía fax o comunicado mediante telegrama. 2. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias. 3. Concluido el plazo de presentación, las Direcciones Territoriales y Oficinas Insulares de Educación, remitirán en el tiempo de 5 días a la Dirección General de Promoción Educativa, las solicitudes que hayan tenido entrada en los citados Centros.

Sexta.- Subsanación de defectos.

Si la solicitud o la documentación exigida no reuniera los requisitos expresados en la base cuarta, se requerirá para que se subsane la falta en el plazo de 10 días, con expreso apercibimiento de que, de no hacerlo así, se le tendrá por desistido de su petición archivándose sin más trámite.

Séptima.- Comisión Seleccionadora.

1. Con el fin de valorar los proyectos o diseños educativos que se presenten con arreglo a la presente convocatoria, se constituirá en la Dirección General de Promoción Educativa, una Comisión de Selección que estará formada por los siguientes miembros:

a) El Director General de Promoción Educativa o persona en quien delegue, que actuará como Presidente.

b) Los Directores Territoriales de Educación o personas en quienes deleguen.

c) Dos profesores de Educación Primaria, uno por cada provincia que hayan participado en convocatorias anteriores de la Actividad de Escuelas Viajeras, designados por la Dirección General de Promoción Educativa.

e) Dos representantes de la Dirección General de Promoción Educativa.

f) Un funcionario de la Dirección General de Promoción Educativa, que actuará como Secretario y levantará acta de la sesión, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 27 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. Para la válida constitución de la Comisión Seleccionadora, se estará a lo dispuesto en el artº. 26 de la disposición citada en el apartado anterior.

Octava.- Criterios objetivos que han de servir de base a la concesión.

La selección de los grupos se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios en orden decreciente: 1. Características del proyecto o diseño pedagógico presentado.

2. Dentro de la selección general de grupos, se les dará preferencia a aquellos Centros que no fueron seleccionados en las tres últimas convocatorias de Escuelas Viajeras.

3. Una vez seleccionados los Centros participantes, en caso de empate será la renta media la que, exclusivamente, discriminará en favor de uno u otro.

Novena.- Propuesta de concesión.

Una vez efectuada la selección por la Comisión, ésta elevará al Director General de Promoción Educativa la propuesta de concesión de la ayuda, de aquellos Centros seleccionados y relación motivada de aquellos otros que hayan quedado en reserva o excluidos.

Décima.- Resolución de concesión.

El Director General de Promoción Educativa resolverá la correspondiente adjudicación mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias en un plazo máximo de tres meses a partir de la publicación de la presente.

El contenido de dicha Resolución se ajustará a lo establecido en el Decreto 6/1995, de 27 de enero, por el que se establece el régimen general de las ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Undécima.- Forma y condiciones para el pago.

1. Las subvenciones que percibirán los Centros seleccionados, son las que se determinan en la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 13 de marzo de 1986, que incluye:

a) El transporte aéreo, marítimo o terrestre correspondiente desde el aeropuerto y/o puerto de origen, hasta la Península y viceversa.

b) Los gastos de ferrocarril desde el punto de llegada hasta la cabecera de ruta y viceversa.

c) Los gastos de transporte de carretera correspondientes al recorrido de cada ruta.

d) Alojamiento y manutención en la cabecera de ruta.

e) La cobertura de riesgo durante el periodo de duración de las Escuelas Viajeras, mediante póliza de accidentes que, a tales efectos, suscribirá el Ministerio de Educación y Ciencia.

f) Cursos monográficos y material impreso necesario para el desarrollo de la actividad.

2. El crédito total habilitado, reflejado en la base segunda, está destinado a sufragar los gastos de manutención y alojamiento originados por los grupos de alumnos/as de los Centros que provenientes de otras Comunidades Autónomas realicen la ruta de Canarias. Por otro lado, el gasto ocasionado por los grupos de alumnos/as de Centros públicos dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de esta Comunidad Autónoma que hayan sido seleccionados mediante esta convocatoria, y que por tanto, desarrollarán la actividad en otras Comunidades Autónomas, será cubierto por estas últimas.

3. Dado que esta ayuda está destinada a cubrir los gastos que en desarrollo de esta actividad se generen por los alumnos participantes en el Programa de Escuelas Viajeras, en aras a una mejor justificación de la misma, estas cantidades serán libradas a aquellas personas, empresas o centros que presten el servicio origen del gasto, una vez realizado el mismo. 4. En el caso de que el gasto se efectúe en un Centro público dependiente de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, el abono al mismo del gasto se realizará previa presentación de un certificado del Consejo Escolar del Centro que preste sus servicios, en el que se especifiquen la cuantía y el origen del gasto, es decir, se ha de detallar nombre de los Centros a los que se les ha prestado el servicio y número de alumnos y maestros, así como el importe total del gasto realizado y el origen del mismo (alojamiento y/o manutención).

Si por el contrario el gasto ocasionado se efectúa a través de personas o empresas que han prestado sus servicios, éstas remitirán facturas a la Dirección General de Promoción Educativa del gasto ocasionado, según condiciones recogidas en el Real Decreto 2.402/1985, de 18 de diciembre, por el que se regula el deber de expedir y entregar factura que incumbe a los empresarios y profesionales.

Toda la documentación a la que se refiere el apartado cuatro de esta base, deberá ser enviada a la Dirección General citada en un plazo máximo de un mes a partir de la fecha de realización del servicio.

Duodécima.- Medios y plazos de justificación.

El profesor acompañante de cada grupo participante deberá remitir a la Dirección General de Promoción Educativa, con posterioridad al recorrido de la ruta una Memoria de Evaluación en tamaño DIN A4 y con una extensión no superior a los quince folios y por duplicado, así como la justificación de haber realizado la actividad según anexo VII que se adjunta; dicho plazo queda establecido en los siguientes términos:

a) Los Centros participantes en la primera fase el 21 de junio.

b) Los Centros participantes en la segunda fase el 20 de diciembre.

La Memoria de Evaluación constará de las siguientes partes:

a) Objetivos realizados: recogerá los objetivos de las Escuelas Viajeras, las características del grupo y los mecanismos de evaluación de los resultados.

b) Diario de viaje: donde se reflejarán no sólo los conocimientos adquiridos por el grupo durante el desarrollo de la Escuela Viajera, sino también y muy fundamentalmente las actitudes suscitadas en los alumnos al contacto con otras culturas, su capacidad para participar en la vida de las Comunidades Autónomas visitadas y el nivel de análisis crítico y elaboración de alternativas ante los problemas locales alcanzado por el colectivo.

La Memoria presentada acreditará la correcta orientación que se haya dado a los objetivos que se incorporen como filosofía de las Escuelas Viajeras en el preámbulo de esta Resolución, siendo además punto de referencia obligada en los criterios de selección que al efecto se establezcan en sucesivas convocatorias.

Decimotercera.- Obligaciones del beneficiario.

1. Los beneficiarios quedarán obligados a:

a) Los Centros seleccionados, en cumplimiento de lo establecido en el punto 2 del artº. 24 del Decreto 6/1995, deberán dar su aceptación expresa a la subvención recibida, la cual deberá otorgarse dentro del plazo de los 15 días siguientes a la publicación en el Boletín Oficial Canarias de la Resolución de selección, según modelo que se adjunta anexo VIII.

En el caso de que no se otorgue dentro del referido plazo, quedará sin efecto la subvención concedida. b) Acreditar los requisitos para tener acceso a la subvención. c) Acreditar la realización de la actividad, así como el cumplimiento de las condiciones impuestas en la Resolución de concesión, según modelo anexo VII de la Resolución de convocatoria, en un plazo máximo de un mes tras finalizar la actividad. d) Comunicar al órgano concedente las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos subjetivos y objetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención. e) Comunicar al órgano concedente, o en su caso, a la entidad colaboradora, el importe de las subvenciones o ayudas concedidas con posterioridad para la misma actividad o conducta por cualquier Administración o Ente público.

f) Se presume que los solicitantes acepten de forma incondicionada las bases de la convocatoria y de las condiciones, requisitos, y obligaciones que se contienen en la misma.

g) Someterse a las actuaciones de comprobación que, en relación con las subvenciones concedidas, se practiquen por el órgano concedente, la Intervención General, la Audiencia de Cuentas, así como facilitar toda la información que les sea requerida por los mismos, o por la entidad colaboradora en su caso.

h) Llevar los registros contables a que vengan obligados de modo que permitan identificar de forma diferenciada las partidas o gastos concretos en que se han materializado las subvenciones concedidas, así como los demás ingresos propios o afectos a la actividad o conducta subvencionada, incluyendo las ayudas y subvenciones concedidas con el mismo objeto, y que por diferencia permita obtener un estado de rendición de cuentas de las cantidades o fondos públicos percibidos en concepto de subvención.

i) La justificación debe corresponderse con el importe de la subvemción recibida.

2. Asimismo, estarán obligados a facilitar toda la información que les sea requerida y someterse a las actuaciones de comprobación que se practiquen por los técnicos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, la Intervención General, la Audiencia de Cuentas o el Tribunal de Cuentas.

Decimocuarta.- Reintegro.

1. No será exigible el abono de la ayuda o subvención, o en su caso, procederá la devolución íntegra de las cantidades percibidas más el interés de demora devengado desde el momento del abono de la ayuda o subvención, cuando concurra alguno de los siguientes supuestos: a) La obtención de la ayuda o subvención sin reunir los requisitos exigidos para su concesión.

b) El incumplimiento del destino de los fondos públicos a la realización de la actividad o adopción de la conducta o de las condiciones establecidas en la Resolución de concesión de la subvención.

c) El incumplimiento del deber de justificación del empleo de los fondos recibidos en concepto de subvención.

Asimismo, procederá el reintegro del exceso en los supuestos en que, por concesión de ayudas o subvenciones de otros Departamentos de la Administración autonómica, Administraciones o Entes públicos, la cuantía de las ayudas o subvenciones supere el coste de la situación, estado o hecho soportado o de la actividad realizada o conducta adoptada por el beneficiario.

2. En el supuesto de subvenciones, procederá también el reintegro del exceso en los supuestos en que por obtención de otros ingresos propios de dicha actividad o afectos de la conducta subvencionada, la cuantía de las ayudas o subvenciones concedidas supere el coste de la actividad realizada o de la conducta adoptada por el beneficiario.

Procedimiento de reintegro.

a) El procedimiento se iniciará de oficio como consecuencia de la propia iniciativa del órgano concedente de la ayuda o subvención, propuesta de la Intervención General o de otros órganos mediante informe razonado sobre la procedencia del reintegro o de denuncia.

b) La resolución de los expedientes de reintegro se dictará por el órgano concedente, previo expediente administrativo con audiencia del interesado en un plazo no inferior a diez días. De esta Resolución se dará cuenta al órgano competente en materia de tesoro y a la Intervención General.

c) Cuando se produjeren discrepancias respecto a la concurrencia de los supuestos que determinen la procedencia del reintegro entre el órgano concedente y la Intervención, se seguirá el procedimiento previsto en la normativa autonómica para la resolución de discrepancias con la Intervención General.

d) Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de Derecho Público y su cobranza se llevará a efecto por los servicios del órgano competente en materia de tesoro con sujeción a los procedimientos establecidos para esta clase de ingresos, incluso la compensación. La presente Resolución se dicta por delegación de facultades del Consejero de Educación, Cultura y Deportes en el Director General de Promoción Educativa, de conformidad con lo establecido en la disposición segunda y tercera de la Orden por la que se establecen programas educativos para la realización de Actividades Educativas, Ocio y Tiempo Libre, que puedan desarrollar los Centros Públicos de Enseñanza no Universitaria y se delegan competencias en la Dirección General de Promoción Educativa.

Contra la Resolución dictada por delegación del Consejero de Educación, Cultura y Deportes, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en la forma y plazo previstos en la legislación vigente, previa comunicación al órgano que dictó el acto impugnado, según el artº. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En lo no previsto en la presente Resolución, será de aplicación el Decreto 6/1995, de 27 de enero, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de enero de 1996.- El Director General de Promoción Educativa, Fernando Hernández Guarch.

A N E X O I

CatÁlogo de Rutas

RUTA DE ZARAGOZA:

Resumen de contenidos: Zaragoza monumental y artística. La Ciudad como centro de servicios y su entorno. El cinturón industrial de Aragón. El medio rural aragonés y sus diferentes formas de vida: El Valle y El Pirineo, secano y regadío. Ciudad de Huesca y su entorno: Origen del antiguo Reino de Aragón. Ainsa y Boltaña. Espacios Naturales y Medio Ambiente: Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido. Parque Natural de la Dehesa del Moncayo. Monasterio Cisterciense de Veruela. Tarazona.

Alojamiento: Residencia Actividades Alumnos Venta del Olivar, Plaza del Tomillar, s/n, 50011. Teléfono: 976/341133. Zaragoza.

RUTA DE ASTURIAS:

Resumen de contenidos: las cuencas mineras; Museo de la Mina-Sama. Mina a cielo abierto-Mieres. Industria Asturiana: Central Térmica, Ensidesa-Avilés-Gijón. El Arte Asturiano: Prerrománico Asturiano. Santa María del Naranco y San Miguel de Lillo. Cuevas Prehistóricas. Pintura y Museo de Bellas Artes. Oviedo, capital del Principado y casco antiguo. La Costa: Cabo Vidio, Cudillero, Ribadesella, Llanes. La Montaña: Lagos de Covadonga, Covadonga y Cangas de Onís.

Alojamiento: C.E.I. José Antonio Girón. Cabueñes (33271 Gijón). Teléfono: 985/364911.

RUTA DE CANTABRIA:

Resumen de contenidos: la sociedad urbana: Santander. El medio rural: poblamiento y actividades humanas. El Valle del Saja. Mercado nacional de Ganados. Torrelavega. La costa, la pesca y el turismo: Santoña-Laredo: el Paisaje: elementos, relieve, clima, aguas. Vías de comunicación: Los Picos de Europa. La Prehistoria en Cantabria. Cuevas de Puente Viesgo. La Historia Medieval: Santillana del Mar.

Alojamiento: Centro de Programas Educativos de Viérnoles. Teléfono: 942/880111.

RUTA DE TOLEDO:

Resumen de contenidos: Toledo capital. Instituciones. Su entorno: Castillo de Guadamur. Los Montes de Toledo. La Mancha: Consuegra, Madridejos y El Toboso. Ruta Cervantina: Orgaz, Illescas, Seseña y Tembleque. Toledo artístico y monumental.

Alojamiento: Escuela Hogar Mirasierra. Los Yébenes (Toledo). Calle Concepción, s/n. Teléfono: 925/329464.

RUTA DE BURGOS:

Resumen de contenidos: Urbano I (Burgos): Castillo, Industria, Monasterio de las Huelgas. La Bureba: Briviesca, Frías, Oña y Poza de la Sal. Las Loras: Covanera, Orbaneja del Castillo, Explotación petrolífera Valle del Arlanza: Lerma, La Yecla, Covarrubias, Urbano II (Burgos): Senda de la Naturaleza, Catedral de Burgos. Valle del Arlanza: Lerma, San Pedro de Arlanza, Covarrubias, La Yecla.

Alojamiento: Escuela Hogar de Fuentes Blancas. Teléfono: 947/ 217212. RUTA DE SALAMANCA:

Resumen de contenidos: Salamanca monumental. Centro Internacional del Libro Infantil y Juvenil (Fundación Germán Sánchez Ruipérez), Arribes del Duero, centrales eléctricas. Ruta de la Plata. Béjar (Museo textil , Museo Mateo Hernández). Candelario. Ruta Ciudad Rodrigo. Frontera Portuguesa (finca experimental Castro Enríquez). Ciudad Rodrigo Monumental. Sierra de Francia La Universidad. Guijuelo y Béjar en la Ruta de la Plata: Candelario, El campo charro y ciudad Rodrígo. El Tormes y la Comarca de los Arribes.

Alojamiento: Escuela Hogar de Santa Marta. Santa Marta de Tormes (Salamanca). Teléfono: 923/200221.

RUTA DE SORIA:

Resumen de contenidos: Berlanga de Duero. Tajueco, Gormaz. Soria. Vinuesa. La Laguna Negra. Cañón del Río Lobos. Burgo de Osma. San Esteban de Gormaz. Almazán. Medinaceli.

Alojamiento: Escuela Hogar de Berlanga de Duero. Teléfono: 975/343102.

RUTA DE CÁCERES:

Resumen de contenidos: Extremadura y sus gentes. Guadalupe y Trujillo. Mérida: Capital romana y de la Extremadura actual. Instituciones Autonómicas. Comarcas Extremeñas: Coria y Plasencia. Patrimonio Histórico-Artístico: Cáceres, Patrimonio de la Humanidad. Ecosistemas de Extremadura: Parque Nacional de Monfragüe.

Alojamiento: Centro de Enseñanzas Integradas. Cáceres. Carretera de Trujillo, s/n. Teléfono: 927/225966.

RUTA DE MADRID:

Resumen de contenidos: La Sierra: Parque Regional del Manzanares, San Lorenzo de El Escorial. Planetario, Madrid Moderno, Museo de la ciudad. Los Transportes: el Metro. Instituciones Políticas. Congreso de los Diputados. Madrid de los Austrias y Borbones. Zoológico. Museo del Prado. Parque de atracciones.

Alojamiento: Centro de Intercambios Escolares, Carretera de Colmenar Viejo, km 12,800. Teléfono: 91/7342700. Ext. 223. RUTA DE LEÓN:

Resumen de contenidos: El Bierzo: Ponferrada, Las Médulas, Villafranca del Bierzo. León: Historia y Origen de un reino. San Miguel de Escalada, La Robla, Cuevas de Valporquero. Jiménez de Jamuz, Astorga-El Camino de Santiago. Riaño, la Cordillera Cantábrica.

Alojamiento: C.R.I.E.L.E.-Residencial San Cayetano. Ctra. Carvajal, km 3. Teléfonos: 987/239866-239486.

RUTA DE MURCIA:

Resumen de contenidos: el agua y la huerta: trasvase Tajo-Segura, sistemas tradicionales de riego, Museo de la Huerta. Agricultura intensiva e industrias derivadas: semillero, industria de manipulación e industria de transformación. El Mar Menor: El Carmolí y Manga del Mar Menor, Museo del Mar. Cartagena: Problemática Medioambiental, Puerto, Asamblea Regional. Museo de la Mina. Murcia Museo Salzillo, Catedral y Castillo.

Alojamiento: Escuela Hogar Mar Menor, calle Conde de la Liseda 30720-Santiago de la Ribera-San Javier. Teléfono: 968/572479.

RUTA DE NAVARRA:

Resumen de contenidos: Navarra del nordeste y valles pirenaicos (Roncesvalles). Navarra oceánica: Estella. Pamplona capital. Rivera tudelana y Bárdenas.

Alojamiento: Escuela Hogar Remontival. Estella (Navarra). Teléfono: 948/551616.

JUNTA DE ANDALUCÍA. RUTA DE ANDALUCÍA OCCIDENTAL:

Resumen de contenidos: Sevilla: La Giralda y La Catedral, Los Reales Alcázares y el Parque de María Luisa. Las Instituciones Autonómicas: el Parlamento Andaluz. Lucena: la ciudad y sus industrias, educación vial. Provincia de Córdoba: la alfarería de la Rambla, los vinos de Montilla, la cueva de los Murciélagos y el museo de los Zuheros; la ciudad de Priego. Córdoba: la Mezquita, itinerario urbano y el zoológico.

Alojamiento: Residencia Escolar “Álvarez de Sotomayor” de Lucena. Córdoba. Ctra. Nacional 331 Córdoba-Málaga (Los Santos). Teléfono: 957/550016. JUNTA DE ANDALUCÍA. RUTA DE ANDALUCÍA ORIENTAL:

Resumen de contenidos: Almería: Catedral, Ciudad, Auditorio y Puerto. El Cine: MiniHollywood. Las Estrellas y el Universo: Observatorio Astronómico de Calar Alto. Granada: Alhambra y Generalife, Catedral. Los Alimentos: cultivo bajo plástico. La Naturaleza: Parque Natural de Cabo de Gata y minas de oro de Rodalquilar. Un pueblo almeriense; Níjar, el mar, los telares y la alfarería.

Alojamiento: Centro de Enseñanzas Integradas de Almería. Carretera Nijar, s/n. Teléfono: 950/291400.

JUNTA DE GALICIA. RUTA DE LUGO:

Resumen de contenidos: la Mariña lucense: vivero, Factoría de Alúmina. Puerto Pesquero de Burela. Lugo y la tierra llana: Formiña Castro de Viladonga, Lugo. Camino de Santiago y Santiago de Compostela: Museo do Povo Galego, La Catedral, Plaza del Obradoiro, Aeropuerto de Labacolla. Las Rías Bajas: Villagarcía de Arosa, Cambados, Cultivos Marinos de Villa Juan, Combarro, Vigo, Paso de Castrelos. La Coruña y Las Rías Altas. Casa de las Ciencias. Torre de Hércules, Betanzos. Alojamiento: Escuela Hogar, Sarria (Lugo). Teléfono: 982/531055.

GENERALITAT DE CATALUÑA. RUTA DE CATALUÑA:

Resumen de contenidos: la Cataluña rural e industrial. La Barcelona del pasado y del futuro. El Gótico. El Modernismo. Ciudad Olímpica.

Alojamiento: Albergue Torre Ametller, Veinat de Santa Elena d’Agell, Cabrera de Mar (Maresme). Barcelona. Teléfono: 93/7590097.

GOBIERNO VASCO. RUTA DE EUSKADI:

Resumen de contenidos: la Llanada Alavesa: importancia de la ganadería en el País Vasco. Bilbao y su zona de influencia: el puerto; la industria. Donostia-San Sebastián: importancia de la belleza en el paisaje en el desarrollo turístico. Guernica Ría de Mundaka: acercamiento a los símbolos históricos de Euskal Herria; vestigios prehistóricos; el mar. Vitoria-Gazteiz: la ciudad y su trazado urbanístico: planificación y servicio; la Euskadi institucional.

Alojamiento: Residencia de Carlos Abaitua, calle Escultor Díez, s/n, 01007. Vitoria.

Ver anexos - página 1081

A N E X O I I I

D./Dña. ................................................................................................................................................................, Secretario/a del Consejo Escolar del Centro ..........................................................................................................

CERTIFICA:

1º) Que D./Dña. ................................................................................................................................................., según consta en la documentación obrante en este Centro, es el/la Director/a y Presidente/a del Consejo Escolar de este Centro.

2º) Que los permisos paternos necesarios para la realización de la actividad obran en los archivos de esta Secretaría.

Y para dar fe de lo anteriormente mencionado y que conste a los efectos de poder participar en la actividad de Escuelas Viajeras en Convenio con el MEC para el año 1996, firmo la presente con el Vº.Bº. del Presidente/a del Consejo Escolar del Centro en ..................................................................................................., a ...... de ............................................ de 1996.

Vº.Bº. del/de la Presidente/a El/la Secretario/a del Consejo Escolar, del Consejo Escolar,

Sello del Centro

Fdo.: Fdo.:

Ver anexos - página 1083

A N E X O V

D./Dña. ..............................................................................................................................................................., Secretario/a del Consejo Escolar del Centro .............................................................................................................

CERTIFICA:

Que en sesión celebrada el día ............................ se aprobó la participación del Centro en la Actividad de Escuelas Viajeras para el año 1996; así como la relación de alumnos que figuran en el anexo IV.

De la misma forma, certifico que en el transcurso de dicha sesión se aprobó la Renta Media del grupo de alumnos seleccionados y que asciende a un total de ....................................................................................................... ptas.

Asimismo, el Presupuesto de Gastos e Ingresos se corresponde con el que a continuación se relaciona:

Nº Alumnos + 1 profesor x 12.312 = ............................................................................................................... ptas.

Gasto Total ..................................................................................................................................................................

Fuente de financiación: Dirección General de Promoción Educativa.

Y para que así conste, a los efectos de poder participar en la Actividad de Escuelas Viajeras, firmo la presente en ..............................................................., a ............ de ........................................................... de 199 ... .

Vº.Bº. el/la Presidente/a El/la Secretario/a del Consejo Escolar, del Consejo Escolar,

Fdo.: Fdo.: A N E X O V I

OBJETIVOS GENERALES

- Lograr un adecuado nivel de conocimiento y comprensión integral de la Comunidad visitada, sus gentes y costumbres, sus tierras, su historia y sus recursos.

- Fomentar la convivencia y cooperación entre los alumnos, aceptando las diferencias culturales y lingüísticas de los diferentes grupos, y potenciando el desarrollo de las capacidades individuales.

- Crear hábitos y actitudes positivas en la defensa y conservación del Medio Ambiente y del Patrimonio, comenzando por el entorno cotidiano de los alumnos.

- Procurar el desarrollo y la utilización de una metodología activa y participativa de profesores y alumnos, y el intercambio de experiencias singulares, en relación con la Ruta.

- Ampliar, desde el punto de vista didáctico, el ámbito de actuación de la escuela merced a la investigación y diseño de nuevas situaciones de aprendizaje, extensivas al antes y después de la realización de la Ruta.

ASPECTOS PREVIOS

La Escuela Viajera es, ante todo, escuela. Ofrece al profesor la posibilidad de participar en el diseño y experimentación de nuevas situaciones de aprendizaje, partiendo de un modelo docente basado en su protagonismo como figura activa del propio currículum, concebido como una realidad flexible y generadora de sus propios contenidos.

El desarrollo de su personalidad en sus dimensiones individual y social, y el de actitudes y hábitos de cooperación, apertura hacia formas nuevas de participación responsable o la formación del espíritu creativo y sentido crítico ante los estímulos del entorno ... Y también el que hace referencia a una escuela no homogeneizadora, que valore y procure desarrollar las peculiaridades del individuo y de su estilo personal y social, favoreciendo la convivencia regional. Contribuir a que la acción formativa se inspire en el respeto a la pluralidad lingüística y cultural de España, a través, del conocimiento y comprensión, precisamente, de los distintos pueblos que la constituyen, y de la convivencia, a su vez, entre jóvenes alumnos de distintas procedencias.

Una nueva lectura de la realidad que ha de repercutir de forma positiva en los Centros, y que se traduce en una consideración del entorno no como algo separado y distinto del sujeto, sino como el espacio de relaciones de toda índole que éste establece, y en el que intervienen todos los procesos de comunicación, en interacción.

ASPECTOS DE METODOLOGÍA Y DISEÑO

El esquema metodológico que más claras referencias puede ofrecer al profesor a cargo de los grupos es el que relaciona los principales agentes educativos, humanos y materiales, que concurren en la actividad y en una primera aproximación.

El profesor, en primer lugar, como responsable de los alumnos a su cargo, deberá desarrollar los objetivos específicos de su proyecto de participación, adecuándolos a los objetivos generales de la Ruta establecidos por la coordinación. En el orden técnico velará porque sus alumnos asistan provistos de la documentación y equipamiento necesarios.

El coordinador, como gerente de los propósitos educativos y pedagógicos de la experiencia, establecerá los mecanismos y recursos necesarios para la consecución, por un lado, de dichos propósitos y, por otro, de las expectativas contenidas en el proyecto de cada uno de los grupos participantes. Realizará para ello la puesta en común pertinente al inicio de la experiencia y otras más específicas en el curso de su desarrollo.

El ayudante de coordinación, llevará la coordinación a un nivel más concreto de actividades y visitas, de acuerdo con la Propuesta de Ruta y con las previsiones didácticas que se hayan establecido entre los grupos. En el orden técnico velará por la normal secuenciación de las actividades y los aspectos que en general le sean asignados por la coordinación.

El alumno, es el verdadero protagonista de la actividad. Es necesario conseguir su participación activa a través de los recursos (cuaderno de ruta y otros) y mecanismo de animación más apropiados, tanto desde el punto de vista social y convivencial, como del desarrollo de sus capacidades individuales.

Los recursos, como elemento clave en el diseño, partiendo de los más próximos al ámbito de formación del alumno (importancia de los recursos del propio centro de procedencia) y de los propios de la Comunidad visitada. La infraestructura (residencia, transporte, etc.) es un recurso al servicio de la actividad.

El ámbito de desarrollo de la experiencia más allá de su realización práctica, y que se extiende a los Centros de destino de los grupos. Importancia de la evaluación y el seguimiento a posteriori de los diferentes aspectos y contenidos que se han desarrollado. La Memoria, como reflexión general sobre las expectativas y los logros de la actividad.

A N E X O V I I

D./Dña. ........................................................................................................................................................................, Secretario/a del Consejo Escolar del Centro público .........................................................................................................

CERTIFICA: que en sesión de este Órgano celebrada el .................. de .............................................................. de 1996, se acordó que la Actividad de las Escuelas Viajeras, en su convocatoria M.E.C. para la que fue seleccionado este Centro, según Resolución de selección de ................... de .................................................................. de 1996, se ha desarrollado satisfactoriamente y la subvención recibida ha sido destinada a la finalidad para la cual fue concedida.

Y para que así conste, a efectos de justificación de realización de la Actividad anteriormente mencionada, firmo la presente en .............................................., a ............... de ...................................... de 1996.

Vº.Bº. El/la Presidente/a El/la Secretario/a del Consejo Escolar, del Consejo Escolar,

Fdo.: Fdo.:

Ver anexos - página 1087

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