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BOC Nº 024. Viernes 23 de Febrero de 1996 - 262

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

262 - RESOLUCIÓN de 31 de diciembre de 1995, de la Dirección General de Universidades e Investigación, por la que se concede una subvención para elaborar publicaciones de textos o materiales para la docencia universitaria.

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Por Orden de 12 de enero de 1995, se convocaron subvenciones para elaborar publicaciones de textos o materiales para la docencia universitaria, que fueron concedidas por Resolución de 30 de junio de 1995. Entre los denegados había tres por no haber justificado subvenciones concedidas con anterioridad por la Administración autonómica y que habían sido propuestas por la Comisión de Selección.

Visto que las justificaciones de las antedichas subvenciones se efectuaban a requerimiento de la Administración, trámite que fue cumplimentado en plazo por dos de los interesados, dicha demora no les era imputable.

Visto que uno de los interesados renunció expresamente a la revisión de su expediente.

Visto que en la propuesta de la Comisión de Selección, nombrada a los efectos por Resolución de 19 de abril de 1995, fundamentada en los criterios generales de selección, estaban incluidos los denegados por la causa citada.

Considerado lo establecido en el artº. 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el sentido de que la Administración Pública puede rectificar los errores materiales, de hecho o aritméticos producidos en sus actos, y en virtud de las competencias que se me delegan en la Orden de convocatoria de 12 de enero de 1995,

R E S U E L V O:

Primero: conceder una subvención para elaborar publicaciones de textos o materiales para la docencia universitaria, a la persona y en la cuantía que se relaciona en el anexo.

Segundo: el abono de las cuantías concedidas se abonará en firme al beneficiario de la misma, previa justificación de que se ha procedido a la publicación del texto o material para la docencia universitaria, con cargo a la partida presupuestaria 18.07. 422.E.480.00.L.A.184800.02 de los vigentes presupuestos. Esta justificación deberá efectuarse antes del 31 de diciembre de 1995.

Previamente, se deberá remitir el texto a la Dirección General de Universidades e Investigación para su verificación por la Comisión de Selección, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de notificación de la presente Resolución.

Tercero: los beneficiarios están obligados al estricto cumplimiento de las obligaciones contenidas en la Orden de convocatoria y a lo establecido en el Decreto 6/1995, de 27 de enero, por el que se regula el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y, en especial, a la justificación y en los plazos que se determinan en las Disposiciones Decimotercera y Decimocuarta de la Orden de convocatoria. Las facturas serán originales en las que se hará constar el proyecto con cargo al cual se han tramitado, diligencia que será realizada por el Órgano encargado del pago.

Cuarto: el incumplimiento de los plazos establecidos para la finalización de los trabajos y la entrega de justificaciones, llevará aparejado la no exigencia del abono de la subvención.

Quinto: además de las obligaciones citadas, los beneficiarios deberán llevar los registros contables en la forma prevista en el apartado F) del artº. 26 del Decreto 6/1995, de 27 de enero.

Sexto: los beneficiarios deberán aceptar la subvención concedida en el plazo de quince días desde la notificación de la concesión, en cumplimiento de lo dispuesto en el artº. 24 del Decreto 6/1995, de 27 de enero. Séptimo: la presente Resolución, al ser dictada por delegación del Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deportes, pone fin a la vía administrativa y contra ella podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias previa comunicación al órgano competente, de conformidad con lo previsto en el artº. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de diciembre de 1995.- El Director General de Universidades e Investigación, Rosendo Reboso Barroso.

A N E X O

RELACIÓN DE LAS SOLICITUDES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PUBLICACIONES DE TEXTOS Y MATERIALES CIENTÍFICOS QUE HAN SIDO CONSIDERADAS VIABLES Y PROPUESTAS PARA SU FINANCIACIÓN APELLIDOS, NOMBRE: GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, MARTÍN MANUEL. N.I.F.: 42663565Z. ORGANISMO: UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE G.C. TÍTULO/CONTENIDO DE LA PUBLICACIÓN: TEORÍA DE LA CODIFICACIÓN. UNIVERSIDAD: ULP. TOTAL CONCEDIDO: 650.000. % SOBRE EL PRESUPUESTO TOTAL: 86.67%.

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