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La Formación Profesional está inmersa en profundos cambios que aconsejan prestar una atención especial a la formación de los docentes para que puedan afrontar con plenas garantías el reto que se les plantea.
Con el fin de favorecer la generalización de la Reforma de la Formación Profesional Reglada, y dada la importancia de la implantación de los ciclos formativos para el curso escolar 1995/96, esta Dirección General desarrolla un Plan de Formación Didáctica del profesorado de F.P., cuyo objetivo es formar a dicho profesorado en el diseño de las Unidades de Trabajo de los ciclos formativos.
Así, la oferta de cursos de actualización didáctica se dirige especialmente al profesorado de los centros que actualmente anticipan ciclos formativos o estén en condiciones de impartirlos próximamente.
Estos cursos de actualización didáctica buscan también la necesaria reflexión de la actividad docente tanto en el aula como en el centro, como punto de partida para el cambio de la dimensión profesional de los docentes.
En esta dimensión profesional es importante favorecer una mayor cualificación del profesorado en aquellos aspectos que se refieren a la atención y a las oportunidades que es urgente ofrecer a los alumnos y alumnas.
Por ello, esta Dirección General
R E S U E L V E:
Primero.- Convocar Cursos de Actualización Didáctica sobre Desarrollos Curriculares en los Ciclos Formativos de 50 horas de duración, dirigidos al profesorado de Enseñanza Secundaria de Formación Profesional y profesorado Técnico de Formación Profesional, destinado en centros públicos dependientes de esta Consejería. El número de cursos estará en función de las solicitudes recibidas.
Segundo.- Los cursos se impartirán en las respectivas islas si el número de candidatos supera el mínimo exigido para su celebración. Los cursos podrán tener horario de mañana o de tarde de acuerdo con los horarios de los solicitantes. El número de plazas que se convocan es de 30 para cada curso.
ORGANIZACIÓN
Tercero.- La organización de los cursos corresponde a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, siendo condición indispensable para su celebración que el número de candidatos que cumplan las condiciones exigidas más adelante, sea superior a 20 en cada uno de los cursos.
Cuarto.- Para llevar a cabo los aspectos de organización de los mismos, esta Dirección General nombrará un/a Coordinador/a por curso.
CARACTERÍSTICAS DE LOS CURSOS
Quinto.- Los contenidos de cada curso y la organización del mismo serán los siguientes:
Contenidos:
1. Estructura de los ciclos formativos. Terminología.
2. Programación en los ciclos formativos: elementos y diseño de la Unidad de Trabajo (U.T.) a partir del Diseño Base del Título (D.B.T.).
3. Técnicas y diseño de actividades de evaluación.
Organización:
FASE MODALIDAD DURACIÓN PERIODO 1ª Presencial 35 horas marzo - abril 2ª Práctica 12 horas abril - mayo 3ª Evaluación 3 horas mayo - junioSexto.- Cada fase estará articulada de la siguiente forma:
1ª fase: 35 horas presenciales en horario de mañana o tarde en las que se desarrollarán los contenidos del programa.
2ª fase: diseño y desarrollo de Unidades de Trabajo de acuerdo con lo realizado en la fase 1ª, con apoyo de los asesores de los CEPs.
3ª fase: una sesión presencial en horario de mañana o tarde con el objetivo de exponer, analizar y valorar lo diseñado y desarrollado en la fase 2ª. Con tal fin, los participantes presentarán al Coordinador una Memoria individual con su trabajo antes del comienzo de la 3ª fase.
Séptimo.- Las características del curso hacen que sea imprescindible para seguir el mismo estar ejerciendo docencia directa en un centro de enseñanza. Si algún asistente resultara seleccionado para ocupar un puesto de trabajo fuera del aula durante la celebración del curso, sería automáticamente excluido del mismo.
Octavo.- Serán funciones del/de la Coordinador/a del curso:
- Participar en la baremación del profesorado que solicite el curso.
- Registrar la asistencia del profesorado a las fases presenciales.
- Realizar el informe del curso y recoger las memorias de los asistentes.
- Aquellas otras que la Administración determine en relación a los cursos.
Noveno.- La asistencia al curso no podrá suponer alteración alguna en el horario que tenga asignado cada profesor/a en su centro de trabajo.
Décimo.- El profesorado deberá asistir al menos al 85% del total de horas de las fases presenciales.
SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN
Undécimo.- Podrán solicitar la asistencia al curso quienes reúnan las siguientes condiciones:
11.1. Ser Profesor/a Técnico/a o de Enseñanza Secundaria, de Formación Profesional, en un centro público de la Comunidad Autónoma de Canarias.
11.2. Tener destino en el curso 1995/96 en algún centro de las islas en las que se convocan los cursos.
11.3. Estar impartiendo docencia en el curso 1995/96 en Formación Profesional.
Duodécimo.- Las solicitudes se presentarán, según el anexo I, en la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa (calle José Antonio de Zárate y Penichet, Edificio Arco Iris, 4, planta baja, Residencial Anaga, Santa Cruz de Tenerife; calle León y Castillo, 57, 4ª planta, Las Palmas de Gran Ganaria), o en las Direcciones Territoriales, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución.
A la solicitud se acompañarán la documentación acreditativa de los méritos alegados debidamente autenticados y, además, los siguientes documentos:
12.1. Certificado del/de la Secretario/a o en su defecto del/de la Director/a del centro, donde se haga constar:
- Cuerpo al que pertenece (Profesor Técnico o de Enseñanza Secundaria).
- Situación administrativa (funcionario, interino, otros).
- Antigüedad en el Cuerpo.
- Ciclo o módulo que imparte.
- Horario docente (mañana, tarde o noche).
Decimotercero.- Serán desestimadas aquellas solicitudes que no estén debidamente cumplimentadas y las que no vayan acompañadas por los documentos a que hace referencia el apartado anterior.
Decimocuarto.- No serán tenidos en cuenta, ni por consiguiente valorados, aquellos méritos que los aspirantes aleguen y no acrediten suficientemente, así como los que se expongan y justifiquen fuera del plazo de presentación de solicitudes.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Decimoquinto.- Las solicitudes se atenderán por el siguiente orden de preferencia:
Primero: profesorado que esté impartiendo ciclos formativos.
Segundo: profesorado que esté impartiendo módulos profesionales.
Tercero: resto del profesorado.
En cada punto de preferencia se seguirá el siguiente orden de prioridad:
1º) Funcionarios de carrera.
2º) Interinos.
3º) Otros.
COMISIÓN DE SELECCIÓN
Decimosexto.- La selección del profesorado solicitante será realizada por una Comisión formada por:
- Dos representantes de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, de los que uno/a actuará como Presidente.
- Dos Asesores/as de CEP.
- El Coordinador o la Coordinadora del curso.
- Un/a Inspector/a.
- Un/a funcionario/a de la Consejería de Educación, que actuará como Secretario/a.
A las sesiones de trabajo que programe la Comisión de Selección, podrá asistir un/a representante de cada organización sindical de las que integran la mesa sectorial, debidamente acreditado/a al efecto; se podrán adjuntar al acta de la sesión correspondiente cuantas observaciones crea oportunas.
Decimoséptimo.- La Comisión de Selección valorará los méritos alegados por las personas solicitantes según el baremo establecido en el anexo II.
PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN
DE LAS PLAZAS
Decimoctavo.- La relación provisional del profesorado preseleccionado y no seleccionado, con expresión de las puntuaciones totales alcanzadas, así como de los excluidos, se hará pública en cada Dirección Territorial y en los CEPs. Se establecerá un plazo de reclamación de cinco días hábiles, con el fin de que las personas interesadas puedan alegar cuanto estimen oportuno en relación a la misma. En idéntico plazo, se podrá presentar renuncia a la participación en la convocatoria. Las vacantes derivadas de las renuncias aceptadas serán cubiertas por los/as aspirantes de la misma isla en orden decreciente de puntuación.
Una vez estudiadas las reclamaciones y/o renuncias presentadas, se hará igualmente pública la relación definitiva del profesorado admitido.
Decimonoveno.- En caso de empate en la puntuación total de dos o más aspirantes, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado 1 del baremo del anexo II.
Vigésimo.- Los/as solicitantes admitidos/as recibirán en su momento las instrucciones correspondientes para la incorporación al curso.
Vigesimoprimero.- Los solicitantes admitidos que no habiendo presentado su renuncia al curso en el plazo adecuado, no asistan al mismo en la primera semana sin causa justificada, no podrán optar a esta modalidad de formación durante dos años.
Vigesimosegundo.- El profesorado que haya superado todas las fases del curso recibirá, al finalizar el mismo, un certificado expedido por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa. En ningún caso se certificará la asistencia a las fases por separado.
INTERPRETACIÓN DE LA PRESENTE
RESOLUCIÓN, RETIRADA DE DOCUMENTOS
Y RECLAMACIONES
Vigesimotercero.- Corresponde a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa resolver cualquier duda o reclamación que se plantee acerca de la interpretación de la presente Resolución, así como la ampliación de los plazos fijados en la misma y la modificación de algunos aspectos organizativos, si fuera necesario.
Vigesimocuarto.- La documentación presentada por los/as concursantes podrá retirarse una vez transcurridos treinta días a partir del día de la publicación de la lista definitiva de admitidos/as y en un plazo no superior a tres meses, en las siguientes dependencias:
a) Unidad de Perfeccionamiento del Profesorado (calle José Antonio de Zárate y Penichet, Edificio Arco Iris, 4, planta baja, Santa Cruz de Tenerife), para los solicitantes destinados en Tenerife.
b) Unidad de Innovación Educativa (calle León y Castillo, 57, 4ª planta, Las Palmas de Gran Canaria), para los solicitantes destinados en Gran Canaria.
Vigesimoquinto.- La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las bases contenidas en la presente Resolución.
Vigesimosexto.- Contra esta Resolución y sus bases podrán las personas interesadas interponer recurso ordinario ante el Viceconsejero de Educación en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, según la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vigesimoséptimo.- Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 17 de enero de 1996.- El Director General de Ordenación e Innovación Educativa, Carlos Tabares Santos.
A N E X O I
MODELO DE SOLICITUD
CURSO DE ACTUALIZACIÓN DIDÁCTICA SOBRE DESARROLLOS CURRICULARES EN LOS CICLOS FORMATIVOS PARA EL PROFESORADO DE F.P.
1. DATOS PERSONALES:
Apellidos ..................................................................., Nombre ..................................................................., D.N.I. nº ............., domicilio ...................................., Localidad ......................................................., Isla........................., teléfono particular .................. .
2. DATOS PROFESIONALES:
Rama a la que pertenece ..........................................., Módulo o área que imparte .......................................,
Centro de destino ......................................................,
Dirección .................................................................., Localidad...................................................., Isla....................................., N.R.P. ..................., Código del centro (llenar adecuadamente) ............... ..................., Teléfono del centro ............................. .
3. RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑA:
.....................................................................................
.....................................................................................
.....................................................................................
.....................................................................................
Solicita se le conceda una plaza para asistir al curso indicado, convocado por Resolución ............... ........................ (B.O.C. .................), que se celebrará en .............................................................................. .
..................................., a ....... de ............... de 1996.
Firma del/de la interesado/a.
A N E X O I I
BAREMO
En todos los casos los méritos se referirán a actividades concluidas antes de la fecha de presentación de la solicitud. La acreditación de méritos se realizará, en todos los casos, mediante documentos autenticados, ya que de otro modo los méritos alegados no podrán ser valorados.
1. Experiencia docente directa, máximo 7,5 puntos.
1.1. Por ejercer docencia directa en centros educativos: 1 punto por curso, hasta 5 puntos.
- Documentación acreditativa: certificado del centro u hoja de servicios.
1.2. Por impartición de materias en las Enseñanzas Experimentales, anticipación L.O.G.S.E. o Módulos Profesionales: 0,25 por curso, hasta 2,5 puntos.
2. Experiencia en dirección y coordinación de cursos de formación y perfeccionamiento del profesorado y de coordinación en tareas de renovación e innovación de las enseñanzas: máximo 5 puntos.
Se computarán sumando las horas de todas las actividades alegadas y dividiéndolas en módulos de 10 horas, despreciándose las fracciones, y asignándoseles 0,10 puntos por módulo.
3. Formación personal: máximo 5 puntos.
3.1. Por asistencia a actividades de formación y perfeccionamiento, directamente relacionadas con la plaza a la que se opta (entendidas en sus distintas modalidades: grupos de trabajo, seminarios, grupos estables, equipos de centro, cursos, etc.) que se computarán sumando las horas de todas las actividades alegadas y dividiéndolas en módulos de 10 horas, despreciándose las fracciones, que se les asignarán la siguiente puntuación:
3.1.1. Organizadas por las Administraciones educativas y Universidades: 0,10 puntos por cada módulo.
3.1.2. Organizadas por otras entidades: 0,05 puntos por cada módulo.
4. Otros méritos: máximo 2,5 puntos.
4.1. Publicaciones: máximo 1,5 puntos.
- Documentación acreditativa: un ejemplar de cada publicación; en libros con ISBN o Depósito Legal; en revistas, con ISBN o Depósito Legal.
4.2. Por presentación de ponencias y comunicaciones a congresos, jornadas y reuniones similares o asistencia a las mismas: 0,1 punto por actividad o asistencia, hasta 1 punto.
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