Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 009. Viernes 19 de Enero de 1996 - 106

III. OTRAS RESOLUCIONES - Ayuntamiento de Valle Gran Rey (La Gomera)

106 - ANUNCIO de 20 de marzo de 1995, por el que se hacen públicas las bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de Graduado Social de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, vacante en la plantilla de este Ayuntamiento.

Descargar en formato pdf

Primera.- Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el procedimiento selectivo de concurso-oposición libre, de una plaza de Graduado Social encuadrada en la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Grupo B.

Segunda.- Condiciones de los aspirantes.

Para tomar parte en el concurso-oposición, será necesario:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquella en que falten menos de 10 años para la jubilación forzosa por edad, determinada por la legislación básica en materia de función pública.

c) Estar en posesión del título de Graduado Social o Trabajador Social, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que le impida el normal desempeño de la función.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. Tercera.- Instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda de esta convocatoria, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo para la presentación de instancias, se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Previamente, la convocatoria, con sus correspondientes bases, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de Canarias.

Se acompañará a la instancia los documentos acreditativos de los méritos señalados en la base séptima.

Las instancias podrán presentarse en la forma que determina el artº. 38.4 y 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, debiendo venir acompañadas de todos los documentos acreditativos de los méritos puntuables en la fase de concurso, de conformidad con la base séptima de esta convocatoria.

Los derechos de examen, que se fijan en la cantidad de dos mil (2.000) pesetas, serán satisfechos por los aspirantes al presentar la solicitud, haciéndolos efectivos en la Tesorería del Ayuntamiento.

Dicho importe no podrá ser devuelto más que en el caso de no ser admitido a las pruebas selectivas por falta de alguno de los requisitos exigidos para tomar parte en las mismas.

Cuarta.- Admisión de aspirantes.

Expirado el plazo de admisión de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen, la Presidencia de la Corporación aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, que será expuesta en el tablón de anuncios de la Corporación, concediéndose un plazo de quince días para reclamaciones, a tenor del artº. 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Dichas reclamaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas en la Resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública, asimismo, en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación.

Quinta.- Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador del concurso-oposición estará constituido de la siguiente forma:

Presidente: el de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

a) Un representante del Profesorado Oficial designado por el Instituto de Estudios de Administración Local.

b) Un Concejal designado por el Alcalde-Presidente.

c) El Secretario de la Corporación.

d) Un representante de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Secretario: un funcionario de carrera de la Administración General, salvo que recabe para sí estas funciones el Secretario de la Corporación.

Al menos tres miembros del Tribunal deberán estar en posesión del título de Graduado Social.

Se designarán suplentes para el Secretario y Vocales del Tribunal, que asumirán, en su caso, las funciones de los titulares respectivos, efectuándose dichas sustituciones con carácter no delegable. La designación de los miembros del Tribunal se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el tablón de anuncios de la Corporación.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo e intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el artº. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, notificándolo a la Autoridad convocante. Los aspirantes podrán recusarlos.

Sexta.- Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

Para establecer el orden en que habrán de actuar los aspirantes en aquellos ejercicios que no pueden realizarse conjuntamente, se verificará un sorteo.

La lista con el número obtenido en el sorteo por cada opositor, en uno y otro caso, se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y será expuesta en el tablón de anuncios de la Corporación.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición, quienes no comparezcan, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la convocatoria, la Presidencia de la Corporación deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes a los efectos procedentes.

Séptima.- Procedimiento de selección.

a) Fase de concurso: consistirá en la valoración por el Tribunal de los méritos de los aspirantes, valorándose los siguientes méritos:

1. Por cada año o fracción de año de servicio a la Administración Pública, 0,50 puntos.

2. Por la acreditación de conocimientos informáticos prestados a las Administraciones Públicas, 1 punto.

3. Por la acreditación de conocimientos de idiomas, 0,50 puntos.

b) Fase de oposición: estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo todos ellos de carácter obligatorio y eliminatorio:

Primer ejercicio: teórico. Consistirá en desarrollar por escrito, en un periodo de dos horas, dos temas del programa que figura anexo a la convocatoria (uno de la parte general y otro de la parte específica). A continuación, si el Tribunal así lo decidiera, cada aspirante procederá a dar lectura, públicamente, de su ejercicio.

En este ejercicio se valorará la formación general universitaria, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita, la aportación personal y su capacidad de síntesis.

Segundo ejercicio: jurídico. Consistente en realizar una prueba propia de la naturaleza y características de la plaza objeto de la presente convocatoria en un tiempo máximo de dos horas. En este ejercicio se valorará, fundamentalmente, la capacidad de raciocinio, la sistemática del planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicada.

Octava.- Calificación de los ejercicios. Los dos ejercicios serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.

El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal en cada uno de los ejercicios, será de cero a diez.

Las calificaciones se adoptarán sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la calificación definitiva.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el mismo día que se acuerden.

La calificación definitiva estará determinada por la suma de puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios, a cuya suma se añadirán las puntuaciones correspondientes a la fase del concurso. En caso de empate en el orden de calificación, éste se resolverá atendido a la mayor edad de los aspirantes.

Novena.- Relación de aprobados, presentación de documentos y nombramientos.

Al finalizar los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará pública la lista de aprobados de los aspirantes.

Terminada la calificación de todos los ejercicios, el Tribunal publicará las relaciones de aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.

La relación de aprobados será elevada por el Tribunal a la Presidencia de la Corporación para que formule el nombramiento pertinente. Los opositores propuestos presentarán, en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en la oposición se exigen en la base segunda, y que son:

1. Certificación de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente.

2. Título o testimonio notarial del título de Graduado Social, o el resguardo de pago de los derechos del título. Si estos documentos estuvieran expedidos después de la fecha en que finalizó el plazo de admisión de instancias, deberá justificar el momento en que concluyeron sus estudios.

3. Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

4. Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones. Este certificado deberá ser expedido por la Jefatura Local de Sanidad.

Quienes tuvieran la condición de funcionario público estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificado del Ministerio, Corporación Local u Organismo Público de que dependan, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicio.

Si dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, los opositores propuestos no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la oposición. En este caso, la Presidencia de la Corporación formulará propuesta a favor de los que, habiendo aprobado los ejercicios de la oposición, tuvieran cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida anulación.

Una vez aprobada la propuesta por el Presidente de la Corporación, los opositores nombrados deberán tomar posesión en el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente a aquel en que les sea notificado el nombramiento. Aquellos que no tomen posesión en el plazo indicado, sin causa justificada, quedarán en la situación de cesantes.

En la diligencia de toma de posesión será necesario hacer constar la manifestación del interesado de no venir desempeñando ningún puesto o actividad en el sector público delimitado por el artº. 1 de la Ley 598/1984, de 26 de diciembre, indicando, asimismo, que no realiza actividad privada compatible o sujeta a reconocimiento de compatibilidad. En otro caso, se procederá en la forma determinada en los párrafos 2, 3 y 4 del artículo 13 del Real Decreto 53/1984, de 30 de abril.

La citada manifestación hará referencia también a la circunstancia de si el interesado se encuentra o no percibiendo pensión o jubilación, retiro u orfandad, por derechos pasivos o por cualquier régimen de Seguridad Social público y obligatorio, a los efectos previstos en el artº. 3.2 y Disposición Transitoria 9ª de dicha Ley.

Décima.- Impugnación.

La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Quedará el Tribunal facultado para resolver las dudas que se pudieran presentar durante el desarrollo de la oposición y adoptar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de esta convocatoria y el desarrollo de las pruebas a realizar.

Valle Gran Rey, a 20 de marzo de 1995.- El Alcalde, Esteban Bethencourt Gámez.

A N E X O

PROGRAMA

TEMARIO GENERAL

I.- Derecho Constitucional.

Tema 1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. La Corona: funciones. Las Cortes Generales. El Defensor del Pueblo.

Tema 2. El Gobierno: composición y funciones. La Administración Central del Estado. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales.

Tema 3. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: constitución y competencias. La Administración Local. La provincia. El municipio. Otras Entidades Locales.

II.- Derecho de Canarias.

Tema 4. El Estatuto de Autonomía de Canarias: estructura, contenido y naturaleza jurídica. Reforma del Estatuto de Autonomía. La Ley Orgánica de Transferencias Complementarias para Canarias. Tema 5. El Parlamento de Canarias. El Diputado del Común. El Gobierno de Canarias. El Presidente del Gobierno de Canarias. El Vicepresidente. Las diversas Consejerías y su organización interna. Las islas como Entes Públicos. Los Cabildos Insulares.

III.- Derecho Administrativo y del Trabajo.

Tema 6. El concepto de Derecho Administrativo. Principios constitucionales de la Administración Pública Española.

Tema 7. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Innovaciones con respecto a la Ley anterior.

Tema 8. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. El Reglamento.

Tema 9. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Su motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. Revisión de los actos. Los recursos administrativos. Los contratos administrativos: concepto y clases.

Tema 10. El Procedimiento Administrativo: concepto y clases. Las fases del Procedimiento Administrativo.

Tema 11. El personal al servicio de las Administraciones Públicas: sus clases. El personal laboral: selección, derechos, deberes e incompatibilidades. El Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, Grupos y Categorías Profesionales.

Tema 12. Los funcionarios de la Administración Local. Sus deberes, derechos y responsabilidades. Organización interna de las oficinas municipales. Los fundamentos técnicos.

TEMARIO ESPECÍFICO

Tema 1. Concepto y naturaleza del Derecho del Trabajo. Cuestión terminológica.

Tema 2. Naturaleza jurídica. Caracteres. Relación con otras disciplinas del Derecho del Trabajo.

Tema 3. Las Fuentes del Derecho del Trabajo. Especial referencia a los convenios colectivos como fuente del Derecho del Trabajo.

Tema 4. La responsabilidad profesional del Graduado Social (I). Concepto. Clases. La reclamación judicial.

Tema 5. La responsabilidad profesional del Graduado Social (II). La potestad disciplinaria. Falta o infracciones sancionables. Tema 6. El contrato de trabajo. Concepto: doctrina general. Naturaleza jurídica. Su configuración en el Estatuto de los Trabajadores.

Tema 7. Modalidades de contrato de trabajo. Cesión de trabajadores. Fomento de empleo. Contratos formativos celebrados con minusválidos.

Tema 8. Contratos de duración determinada. Contratos para obras o servicios determinados.

Tema 9. Contrato eventual por circunstancias de la producción. Contratos de interinidad. Contratos por lanzamiento de nueva actividad.

Tema 10. Contratos formativos. Contratos a tiempo parcial. Contratos de relevo. Contrato de fomento de empleo.

Tema 11. Disposiciones comunes a los contratos de duración determinada. Forma de contrato. Suspensión de los contratos. Extinción de los contratos. Naturaleza de los contratos.

Tema 12. Los contratos administrativos para trabajos específicos y concretos no habituales de carácter excepcional. Situación actual. Naturaleza. Actividades excluidas. Sujetos. Duración.

Tema 13. La relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección: ámbito de aplicación. Fundamento. Fuentes y criterios. Forma y contenido. Periodo de prueba. Duración del contrato. Tiempo de trabajo. Pacto de no concurrencia en la empresa.

Tema 14. La carrera profesional del personal laboral con la Administración Pública: la promoción interna. El régimen de contratación. La provisión de puestos. La promoción económica y el régimen retributivo.

Tema 15. El acceso a la Administración del personal laboral. Régimen legal de su contratación. Situación actual. Objeto de la contratación temporal.

Tema 16. El personal eventual. Naturaleza jurídica. Determinación de los puestos. Nombramiento. Funciones. Retribución. Publicidad. Incompatibilidad. Cese.

Tema 17. La responsabilidad de las Administraciones Públicas por incumplimiento de la legislación laboral: las Administraciones Públicas como empresarios laborales. El deber de sujeción de la Administración-empresario al Ordenamiento laboral. Sometimiento de las Administraciones Empresarios al control de la Administración Laboral.

Tema 18. Responsabilidad de la Administración-Empresario por violación de derechos de sus trabajadores: particularidades procesales de su exigencia. Sobre la ejecución contra el patrimonio de la Administración-Empresario.

Tema 19. El poder disciplinario empresarial: cuestiones generales. Conductas sancionables. Graduación de faltas. Prescripción.

Tema 20. El procedimiento sancionador: faltas leves, graves y muy graves. El informe y la audiencia de los representantes. La revisión judicial. Plazo para reclamar. Nulidad de la sanción.

Tema 21. El despido disciplinario (I): la voluntad del empresario y la extinción del contrato de trabajo. El despido disciplinario como especie del género despido. Causas prohibidas de terminación del contrato. La necesidad del preaviso razonable y otros derechos del trabajador.

Tema 22. El despido disciplinario (II): las formalidades del despido. Requisitos formales: documentos escritos. Constancia de hechos. Falta del efecto del despido. Notificación. Información a los representantes de los trabajadores. Tema 23. Salario: concepto. Igualdad de remuneración por razón de sexo. Tiempo de trabajo. Jornada trabajo nocturno, trabajo a turnos y ritmo de trabajo.

Tema 24. Sobre derechos y libertades de los extranjeros en España: definición de trabajador extranjero. Permiso de trabajo. Tiempo, forma y efecto de la presentación de solicitud de trabajo. Autorización para trabajar. Preferencia para la concesión de permisos de trabajo. Sujetos legitimados para solicitar permiso de trabajo.

Tema 25. Distinción entre los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales. Accidente de trabajo. Características principales de los accidentes. Consecuencias. La enfermedad profesional.

Tema 26. Seguridad e Higiene en el Trabajo. El riesgo en el trabajo. Origen del riesgo. Identificación del peligro en el trabajo. Peligros por factores objetivos. Peligros por factores subjetivos.

Tema 27. Protección en el trabajo: protección personal. Condiciones que debe reunir el equipo de protección. Selección de equipo adecuado. Utilización y conservación. Normalización.

Tema 28. Derecho de Representación Colectiva (I): participación. Comités de Empresas. Competencias. Capacidad y sigilo profesional. Composición.

Tema 29. Derecho de Representación Colectiva (II): elecciones para el Comité de Empresa. Representantes de trabajadores fijos discontinuos y fijos. Mesa electoral. Funciones de la mesa. Tema 30. De la negociación y de los convenios colectivos (I): naturaleza y efectos de los convenios. Unidades de negociación. Concurrencia, contenido. Vigencia.

Tema 31. De la negociación y de los convenios colectivos (II): legitimación. Comisión negociadora. Tramitación, aplicación e interpretación. Validez.

Tema 32. Libertad sindical (I): ámbito de aplicación.

Tema 33. Libertad sindical (II): Régimen Jurídico Sindical. Representatividad sindical.

Tema 34. Libertad sindical (III): Consideración de Sindicatos más representativos.

Tema 35. Afiliación al sistema de Seguridad Social: altas y bajas. Tramitación y documentación.

Tema 36. La obligación de cotizar. Normas reguladoras de la cotización. Los sujetos de la cotización. El incumplimiento de la obligación de cotizar. Recaudación en periodo voluntario y en vía ejecutiva. Los recargos.

Tema 37. La cotización por contingencias comunes. Bases y tipos. La cotización para accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y desempleo.

Tema 38. Protección de las situaciones de incapacidad temporal. La incapacidad laboral transitoria. Delimitación de la situación protegida y beneficiarios.

Tema 39. Contenido de la protección del subsidio de incapacidad laboral transitoria. Dinámica de la protección. Nacimiento, duración y extinción del derecho al subsidio. Gestión y controles administrativos.

Tema 40. Protección por desempleo: objeto de la protección. Niveles de protección. Personas protegidas. Acción protectora. Requisitos para el nacimiento del derecho a las prestaciones. Situación legal de desempleo.

Tema 41. La confección de la nómina en la Administración Pública (I): la tramitación y su documentación.

Tema 42. La confección de la nómina en la Administración Pública (II): los Seguros Sociales.

Tema 43. La confección de la nómina en la Administración Pública (II): la cotización a la M.U.F.A.C.E. Tema 44. El régimen de incompatibilidades del personal al servicio de la Administración de Canarias. Especial referencia al personal laboral. Tema 45. Actuaciones Procesales. Notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos. Exhortos, oficios y mandamientos. Términos, plazos, días y horas hábiles. Clases de Resoluciones judiciales: providencias, autos y sentencias. Diligencias de ordenación y propuesta de resolución.

Tema 46. Actos previos al juicio oral. Concepto y clases. La conciliación ante el SEMAC: procedimiento y naturaleza. Diferencia con otras instituciones afines.

Tema 47. El procedimiento ante el Juzgado de lo Social. La demanda: concepto y requisitos que debe contener. Documentos que necesariamente han de acompañarse a la demanda. La conciliación judicial. Sus efectos. Tema 48. Conceptos básicos de Estadística. Media estadística: aritmética simple, aritmética ponderada, armónica y cuadrática. La mediana y la moda.

© Gobierno de Canarias