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BOC Nº 005. Miércoles 10 de Enero de 1996 - 43

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

43 - ORDEN de 11 de diciembre de 1995, por la que se hace pública convocatoria para la selección de personal para elaboración de listas de reserva para su posible contratación laboral temporal.

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La necesidad de agilizar el procedimiento de contratación de personal laboral temporal de las categorías y en las zonas que en el anexo I de esta Orden se relacionan, para cubrir vacantes y asimismo las que se produzcan por ausencia del titular, exige la elaboración y aprobación de unas bases que configuren un sistema objetivo de selección, mediante Listas de Reserva que, a su vez, permitan conciliar los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad en la selección de futuros aspirantes, con el de urgencia en la cobertura temporal de las vacantes producidas.

En su virtud, en uso de las facultades previstas en el artº. 29.b) de la Ley 14/1990, de 16 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto en el artº. 7 del III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, visto el informe favorable de la Dirección General de la Función Pública y de mutuo acuerdo con los representantes de los trabajadores.

D I S P O N G O:

Primero.- Se convoquen pruebas selectivas para elaboración de listas de reserva para su posible contratación en régimen de Derecho Laboral para la provisión de los puestos de trabajo especificados en el anexo I de esta Orden con carácter temporal hasta que tenga lugar su cobertura por trabajador fijo en virtud de los procedimientos legal, convencional y contractualmente establecidos.

Para lo no previsto en las presentes bases, se aplicará la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el Decreto del Gobierno de Canarias 63/1985, de 15 de marzo, el III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, y el acuerdo de la Comisión Negociadora de 26 de mayo de 1994, que prorroga dicho Convenio.

Segundo.- Al contrato de trabajo temporal que haya de celebrarse con las personas seleccionadas y a la situación jurídica originada por el mismo, les serán de aplicación la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, la legislación laboral, y el III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 18, de 6.2.92), el acuerdo de la Comisión Negociadora de 26 de mayo de 1994 que prorroga dicho Convenio (B.O.C. nº 83, de 8.7.94) y el Real Decreto 2.546/1994, de 29 de diciembre, por el que se desarrolla el artº. 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratación.

Tercero.- Las personas que se contraten quedarán sometidas al periodo de prueba que señala el artº. 14 del citado Convenio Colectivo, siempre y cuando no hayan prestado servicios en la misma categoría en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, en cuyo caso quedan exentos del citado periodo de prueba (artº. 14.1, párrafo 3º del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto-Legislativo 1/1995, de 24 de marzo).

Cuarto.- Asimismo estarán sujetas a las incompatibilidades establecidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre y demás disposiciones legales y reglamentarias en esta materia.

BASES

Primera.- Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados habrán de reunir los siguientes requisitos, con referencia al último día del plazo de presentación de instancias:

a) Ser ciudadano español de conformidad con las leyes vigentes.

b) Haber cumplido la edad de 16 años.

c) Poseer la titulación académica que señale el anexo II de esta Orden.

d) No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas ni hallarse separado ni haber sido despedido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

e) No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación del trabajo propio de la categoría ofertada.

f) Estar inscrito como demandante o mejora de empleo en la Oficina de Empleo del INEM.

Además, para ser contratado, será preciso estar en posesión del Carnet de Manipulador de Alimentos al tiempo de la formalización del contrato en las categorías de Cocinero, Ayudante de Cocina, Vigilante de Comedor (Auxiliar de Servicios Complementarios) y Cuidador (Auxiliar Educativo).

Segunda.- Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán al momento de presentación de solicitudes para participar en las pruebas selectivas de la forma que se indica a continuación, y de no hacerlo, se perderán todos los derechos derivados de la selección:

a) y b) Fotocopia compulsada del D.N.I. Los solicitantes comprendidos entre los 16 y 18 años de edad, deberán aportar autorización para contratar, de su representante legal, y en el caso de estar emancipados, documento que acredite suficientemente esa circunstancia.

c) Documento original o fotocopia compulsada.

d) Declaración responsable.

e) Certificado médico.

f) Fotocopia compulsada de la tarjeta de demanda o mejora de empleo.

g) Fotocopia compulsada del carnet vigente de Manipulador de Alimentos o documento de renovación.

Tercera.- Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados habrán de presentar instancia ajustada al modelo que se inserta como anexo II de la presente Orden y currículum vitae según modelo que se inserta como anexo III, en la que se expresará que se reúnen todos los requisitos antes mencionados, en el plazo de veinte días contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Los interesados sólo podrán elegir una categoría y zona de las consignadas en el anexo I. Si se presentaran diferentes solicitudes sólo se admitirá la de fecha y/o registro de entrada posterior. No se admitirán solicitudes en las que se elijan dos o más zonas o categorías profesionales. Lugar de presentación de las instancias:

- Puestos de trabajo en la provincia de Las Palmas: preferentemente en la Dirección Territorial de Educación de Las Palmas y Oficinas Insulares de Educación de Lanzarote y Fuerteventura, o en cualquiera de los registros a los que se refiere el artº. 3.1 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.C. nº 102, de 19.8.94).

- Puestos de trabajo en la provincia de Santa Cruz de Tenerife: preferentemente en la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife y Oficinas Insulares de Educación de La Palma, La Gomera y El Hierro, o en cualquiera de los registros a los que se refiere el artº. 3.1 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma de Canarias a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.C. nº 102, de 19.8.94).

Cuarta.- En el plazo de 20 días siguientes a la fecha tope de recepción de instancias se publicará en los tablones de anuncios de las Direcciones Territoriales de Educación de Las Palmas y de Santa Cruz de Tenerife, y en las Oficinas Insulares de Fuerteventura, Lanzarote, La Palma, La Gomera y El Hierro la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, pudiendo presentar reclamación contra la citada lista en el plazo de 5 días.

En los 5 días siguientes al fin del indicado plazo se publicará en los tablones de anuncios señalados anteriormente la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, estableciéndose el lugar, día y hora de celebración de las pruebas, debiendo comparecer los aspirantes provistos de su D.N.I.

Quinta.- Tribunal Calificador de las siete convocatorias.

Se constituirá de la siguiente forma:

Presidente:

Titular: Ilma. Sra. Dña. María Teresa Larrea Díez. Secretaria General Técnica de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Suplente: Dña. Mª del Carmen Aguirre Colongues. Jefe del Servicio de Régimen Interior de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Vocal, representante de la Dirección General de la Función Pública:

Titular: D. Jesús Pedreira Calamita. Jefe de la Sección de Personal Laboral de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Suplente: Dña. María Luisa Carretero Rivas. Jefe de la Sección de Programación y Control de Efectivos de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Vocales y Suplentes: dos representantes del Personal Laboral designados por el Comité Intercentros.

Vocal-Secretario: Dña. Juana Mª Bolaños Concepción. Jefe del Negociado de Personal Laboral de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Suplente: Dña. Antonia Mª Hernández Pérez. Jefe del Negociado de Personal Funcionario de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

El Tribunal podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros y uno de ellos sea el Presidente. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

Los miembros del Tribunal percibirán las indemnizaciones o dietas que les correspondan por razón del servicio, de acuerdo con la normativa aplicable.

El número máximo de sesiones se fija en veinte en cada una de las convocatorias.

Los Tribunales de Selección podrán solicitar, en función del número de aspirantes, el nombramiento de personal auxiliar.

Asimismo, el Tribunal podrá solicitar asistencia técnica, cuando por las características y especialidades prácticas de la categoría profesional lo considere necesario, actuando en este caso la persona designada, con voz pero sin voto.

Sexta.- Desarrollo del sistema selectivo.

La selección constará de dos fases:

Fase Primera.- Consistirá en las pruebas prácticas que obligatoriamente determine el Tribunal de Selección. Dichas pruebas habrán de versar necesariamente sobre las prestaciones propias de los puestos de trabajo, según el contenido funcional de cada categoría, y se calificarán con apto o no apto; serán excluyentes, y en el caso de que se establezcan varias pruebas, es necesario obtener la calificación de apto en todas ellas. Durante el desarrollo de las pruebas, el Tribunal de Selección podrá solicitar cuantas aclaraciones considere convenientes, así como, hacer aquellas preguntas que permitan obtener un juicio más exacto sobre la preparación del aspirante.

En la categoría de Auxiliar Administrativo se practicará, entre otras, una prueba de mecanografía en la que se exige alcanzar un mínimo de 200 pulsaciones por minuto.

Fase Segunda.- Baremación de Méritos.

La valoración de los méritos para quienes hayan superado la fase primera (pruebas prácticas) tendrá lugar según el baremo publicado como anexo IV.

Séptima.- La puntuación total será la obtenida en la baremación de méritos, figurando los aspirantes que hayan superado la fase primera (pruebas prácticas), en orden de mayor a menor puntuación.

En el caso de empate, la prelación vendrá determinada por las siguientes circunstancias por orden de preferencia:

a) Fecha de antigüedad como demandante de empleo (según resulta de la tarjeta de demandante de empleo).

b) Mayor edad (según resulta del D.N.I.).

Octava.- Por el Secretario del Tribunal se levantará la correspondiente acta, que firmarán todos los miembros del mismo que hayan actuado, y hará constar en ella los aspirantes presentados y no presentados, los ejercicios celebrados, las calificaciones otorgadas y las incidencias que a juicio del Tribunal deberán reflejarse en acta.

Novena.- El resultado del proceso selectivo se publicará dentro de los diez días hábiles siguientes a la celebración de la prueba selectiva, en los tablones de anuncio indicados en la base tercera.

Décima.- Los Tribunales de Selección propondrán para listas de reserva a los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, quienes serán contratados si terminado dicho proceso persistiera tal necesidad. La puntuación total, a los efectos de elaborar los listados, será la suma de la valorada en los méritos a los que superen la fase de oposición como aptos y se propondrán para las listas de reserva por orden correlativo según puntuación.

Undécima.- Reserva de minusválido.

Al objeto de dar cumplimiento a lo previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social del Minusválido, así como a lo dispuesto en el artº. 12 del Convenio Colectivo vigente, el cual fija un porcentaje mínimo para minusválidos, la cobertura de la reserva de éstos se instrumentará de la siguiente manera:

Los aspirantes a los que se les reconozca el derecho a concurrir por la reserva de minusválidos, figurarán en la lista que les corresponda en función de su solicitud y en el orden que resulte de la puntuación que obtuvieron.

La segunda vacante que surja en su municipio y categoría, le será ofertada al minusválido que tenga mayor puntuación, la duodécima al segundo, la número veintidós al tercero, y así sucesivamente, sin perjuicio del mejor derecho que pudieran tener en función del resultado global del proceso selectivo.

La condición de minusválido se acreditará mediante certificación de los Órganos competentes de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales o del Ministerio de Asuntos Sociales o de los correspondientes de las demás Comunidades Autónomas.

Duodécima.- Al personal elegido se le formalizará el contrato que corresponda en función de la naturaleza de los servicios y el tiempo probable que se estima que la plaza necesita ser cubierta.

Presentada de conformidad toda la documentación, se celebrará el contrato de trabajo de carácter temporal procedente, previas las formalidades administrativas legalmente previstas. Los contratos se formalizarán por escrito de conformidad con las disposiciones en vigor y su inscripción en el Registro de Personal determinará la fecha en que el Gobierno de Canarias formulará su voluntad de contratar (artº. 67.1 de la Ley Territorial 2/1987).

La/s persona/s seleccionada/s que renuncie/n a la contratación ofertada, o bien compareciendo a la misma manifieste/n cualquier causa que le impida/n suscribir el contrato de trabajo, salvo motivos justificados, quedará/n excluida/s en su derecho, contratándose en su caso, a la persona que le siga en puntuación. Publíquese la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias y comuníquese a la Dirección Provincial del INEM en Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de diciembre de 1995.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.

A N E X O I
CATEGORÍAS OFERTADAS:

CÓDIGO CATEGORÍA

4005 ADMINISTRATIVO. 4075 COCINERO/A. 4095 CONDUCTOR/A-SUBALTERNO/A. 4107 CUIDADOR/A (AUXILIAR EDUCATIVO). 4147 MANTENIMIENTO-GUARDA. 5015 AUXILIAR ADMINISTRATIVO. 5115 AYUDANTE DE COCINA. 5275 SERVICIO DOMÉSTICO. 5295 VIGILANTE DE COMEDOR (AUXILIAR DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS). 56060 LIMPIADOR/A. 56165 SUBALTERNO/A.
Titulaciones mÍnimas exigidas para cada categorÍa laboral.

- Administrativo: Graduado Escolar, Formación Profesional de 1er Grado o equivalente.

- Cocinero/a: Graduado Escolar, Formación Profesional de 1er Grado o equivalente.

- Conductor/a-Subalterno/a: Graduado Escolar, Formación Profesional de 1er Grado o equivalente.

- Cuidador/a (Auxiliar Educativo): Graduado Escolar, Formación Profesional de 1er Grado o equivalente.

- Mantenimiento-Guarda: Graduado Escolar, Formación Profesional de 1er Grado o equivalente.

- Auxiliar Administrativo: Certificado de Escolaridad o equivalente.

- Ayudante de Cocina: Certificado de Escolaridad o equivalente.

- Servicio Doméstico: Certificado de Escolaridad o equivalente.

- Vigilante de Comedor (Auxiliar de Servicios Complementarios): Certificado de Escolaridad o equivalente. - Limpiador/a: Certificado de Escolaridad o equivalente.

- Subalterno/a: Certificado de Escolaridad o equivalente.
CONVOCATORIA NÚMERO 1

- LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA:

CÓDIGO ISLA 1 FUERTEVENTURA

- ZONAS:

CÓDIGO ZONA CATEGORÍAS 35101 ANTIGUA 4075, 5115, 5295

35102 MORRO JABLE 4075, 5015, 5115, 5295

35103 LA OLIVA 4075, 5015, 5115, 5295

35104 PÁJARA 4075, 5115, 5295

35105 PUERTO DEL ROSARIO 4075, 4147, 5015

35106 TUINEJE 4075, 5015, 5115, 5275, 5295
En caso de agotarse la lista de reserva de alguna categoría en una zona, se procederá a la contratación del que figure en primer lugar de otra zona limítrofe más cercana.


CONVOCATORIA NÚMERO 2

- LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA:

CÓDIGO ISLA 2 LANZAROTE

- ZONAS:

CÓDIGO ZONA CATEGORÍAS 35201 ARRECIFE, SAN 4075, 5115 BARTOLOMÉ, TÍAS

35202 HARÍA, TEGUISE 4075, 5115, 5275
En caso de agotarse la lista de reserva de alguna categoría en una zona, se procederá a la contratación del que figure en primer lugar de otra zona limítrofe más cercana.

CONVOCATORIA NÚMERO 3


- LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA:

CÓDIGO ISLA 3 GRAN CANARIA

- ZONAS:

CÓDIGO ZONA CATEGORÍAS

35301 NORTE (San Nicolás de 4075, 4107, 5115, Tolentino, Agaete, Gáldar, 56165 Santa María de Guía, Moya) 35302 TELDE (Telde, Jinámar, 4075, 5015, Valsequillo) 5115

35303 SURESTE (Costa de Santa 4075, 5015 Lucía, Agüimes, Ingenio)

35304 SUROESTE (Mogán, San 4075, 5115, Bartolomé de Tirajana, Norte 5295 de Santa Lucía)
En caso de agotarse la lista de reserva de alguna categoría en una zona, se procederá a la contratación del que figure en primer lugar de otra zona limítrofe más cercana.

CONVOCATORIA NÚMERO 4


- LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA:

CÓDIGO ISLA 4 LA GOMERA

- ZONAS:

CÓDIGO ZONA CATEGORÍAS 38401 AGULO, HERMIGUA 4075

38402 ALAJERÓ, SAN SEBASTIÁN 4075, 4147, 5015, 5115, 5275, 5295, 56165

38403 VALLE GRAN REY, 4075, 5295 VALLEHERMOSO
En caso de agotarse la lista de reserva de alguna categoría en una zona, se procederá a la contratación del que figure en primer lugar de otra zona limítrofe más cercana.

CONVOCATORIA NÚMERO 5


- LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA:

CÓDIGO ISLA 5 EL HIERRO

- ZONAS:

CÓDIGO ZONA CATEGORÍAS

38501 FRONTERA 4075, 4147, 5015, 5115, 5295, 56165

38502 VALVERDE 4075, 4107, 4147, 5015, 5115, 5275, 5295, 56165

En caso de agotarse la lista de reserva de alguna categoría en una zona, se procederá a la contratación del que figure en primer lugar de otra zona limítrofe más cercana.

CONVOCATORIA NÚMERO 6


- LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA:

CÓDIGO ISLA

6 LA PALMA

- ZONAS:

CÓDIGO ZONA CATEGORÍAS

38601 BARLOVENTO, SAN 4075 ANDRÉS Y SAUCES, PUNTALLANA

38602 BREÑA ALTA, BREÑA 4075, 4107, 56060, BAJA, MAZO, SANTA 56165 CRUZ DE LA PALMA

38603 FUENCALIENTE, LOS 4075, 4107, 4147, LLANOS DE ARIDANE, 5115, 56060 EL PASO, TAZACORTE
En caso de agotarse la lista de reserva de alguna categoría en una zona, se procederá a la contratación del que figure en primer lugar de otra zona limítrofe más cercana.

CONVOCATORIA NÚMERO 7


- LOCALIZACIÓN GEOGRÁFICA:

CÓDIGO ISLA

7 TENERIFE

- ZONAS:

CÓDIGO ZONA CATEGORÍAS

38701 ISLA BAJA (Buenavista, Los 4107, 4147, 5015, Silos, El Tanque, Garachico, 5115, 5295 Icod, La Guancha)

38702 VALLE DE LA OROTAVA 4147, 5015 (San Juan de la Rambla, Los Realejos, La Orotava, Puerto de La Cruz)

38703 ACENTEJO (Santa Úrsula, La 4147, 5015, 56165 Victoria, La Matanza, El Sauzal, Tacoronte)

38704 LA LAGUNA (Norte de El 4147, 5015 Rosario, La Laguna, Tegueste)

38705 SANTA CRUZ (Santa Cruz de 4005, 4075, 4095, Tenerife, Costa de El Rosario) 5015

38706 VALLE DE GÜÍMAR 5015, 5295 (Candelaria, Arafo, Güímar, Fasnia, Arico)

38707 SUR I (Granadilla, Vilaflor, 5015, 5295, 56165 San Miguel, Arona)

38708 SUR II (Adeje, Guía de Isora, 4147, 5015, 5295, Santiago del Teide) 56060

En caso de agotarse la lista de reserva de alguna categoría en una zona, se procederá a la contratación del que figure en primer lugar de otra zona limítrofe más cercana. A N E X O I I

INSTANCIA (1)

APELLIDOS Y NOMBRE: ......................................................... ........................................................................................................D.N.I. nº ........................................................................................ DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN ...................... ........................................................................................................ MUNICIPIO ................................................................................ ........................................................................................................ TELÉFONO .................................................................................. ........................................................................................................ FECHA DE NACIMIENTO ........................................................ ........................................................................................................ FECHA DE ANTIGÜEDAD EN EL INEM ............................... ........................................................................................................ MINUSVALÍA: SI ........ NO ........ % ................

EXPONE

Que reuniendo todos los requisitos exigidos en la Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de 11 de diciembre de 1995, por la que se convoca proceso selectivo de personal laboral, para formar parte de las listas de reserva, así como para cubrir temporalmente puestos vacantes con vínculo jurídico-laboral.

SOLICITA

Tomar parte en el proceso de selección para un puesto de (2):

CATEGORÍA: Código ...................................................

ZONA: Código .......................................................... Isla ..............................................................................

RELACIÓN DE MÉRITOS ALEGADOS (3):

- - - ............................, a ..... de ................. de 199.... .

El/la solicitante.

Firma:

EXCMO. SR. CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES.

NOTAS:

(1) A la instancia deberán unirse fotocopia del D.N.I., certificado oficial de la condición de minusválido y fotocopia compulsada de la tarjeta de demandante de empleo o mejora de empleo del INEM. (2) Consignar el código correspondiente de la Categoría y Zona según anexo I. Sólo se podrá elegir una zona y una categoría profesional. Si se presentaran diferentes solicitudes sólo se admitirá la de fecha y/o Registro de Entrada posterior. No se admitirán solicitudes en la que se elijan dos o más zonas o categorías profesionales.

(3) Deberán relacionarse todos los méritos que se aleguen con sucinta referencia uniendo a la instancia los justificantes de los mismos.

A N E X O I I I

MODELO DE CURRÍCULUM VITAE

APELLIDOS Y NOMBRE: ......................................................... ........................................................................................................

A) TITULACIONES ........................................................................................................ ........................................................................................................

B) CURSOS (sólo los relacionados con la plaza solicitada, horas impartidas, organismo convocante, denominación, etc.) ........................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

C) EXPERIENCIA LABORAL (relacionada con la plaza solicitada)

C1) En la empresa pública (poner tiempo en meses y organismo)

................................................................................................................................................................................................................

C2) En la empresa privada (poner tiempo en meses y empresa) ................................................................................................................................................................................................................

D) OTROS MÉRITOS (que puedan estar relacionados con la plaza solicitada) ................................................................................................................................................................................................................

............................, a ..... de ................. de 199.... .

El/la solicitante,

Firma:

(OBSERVACIONES: se deberá añadir fotocopia compulsada de los títulos, diplomas y cursos, así como de los contratos de trabajo o certificaciones de empresa que acrediten su experiencia). A N E X O I V

BAREMACIÓN DE MÉRITOS

PUNTOS

1.- POR ESTAR EN POSESIÓN DE UN TÍTULO ACADÉMICO, CON CONTENIDO PROFESIONAL RELACIONADO CON EL EJERCICIO DEL PUESTO QUE NO HAYA SIDO APORTADO PARA ACCEDER A LA CONVOCATORIA:

1.1.- Inferior a la titulación académica exigida para acceder a la categoría, 0,25.

1.2.- Con el mismo nivel académico que el exigido para acceder a la categoría cuando el título no es el alegado para concurrir a las pruebas, 0,50.

1.3.- Superior a la titulación académica exigida para acceder a la categoría, 0,75.

1.4.- Titulación académica de Formación Profesional en la rama de especialización de la categoría correspondiente, 1.

2.- EXPERIENCIA EN PUESTOS DE TRABAJO CON CONTENIDO FUNCIONAL RELACIONADO O ANÁLOGO AL CONTENIDO DEL PUESTO A DESEMPEÑAR:

2.1.- En Centros Públicos, 0.05 por cada mes (máximo 2).

2.2.- En Centros Privados, 0.04 por cada mes (máximo 2).

3.- CURSOS SOBRE MATERIAS RELACIONADAS CON EL PUESTO DE TRABAJO CON CERTIFICADO DE APROVECHAMIENTO Y ASISTENCIA: (máximo 1,7 por este apartado).

3.1.- Cursos de duración igual o superior a 100 horas, 0.1 por curso.

3.2.- Cursos de duración entre 61 y 99 horas, 0.075 por curso.

3.3.- Cursos de duración entre 31 y 60 horas, 0.05 por curso.

3.4.- Cursos de duración entre 15 y 30 horas, 0.025 por curso.

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