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BOC Nº 165. Viernes 29 de Diciembre de 1995 - 2402

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

2402 - ORDEN de 5 de diciembre de 1995, por la que se anuncia la convocatoria para la selección de personal laboral temporal con cargo a créditos de inversiones.

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El artículo 40 de la Ley de 14/1994, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1995, establece que con cargo a los respectivos créditos de inversiones, se podrán formalizar contrataciones de carácter temporal para obra o servicio determinado. Como quiera que la Dirección General de Deportes, para el seguimiento de la ejecución de las obras y sus incidencias previstas en el Capítulo VI, tiene necesidad de contratar diversas plazas de personal laboral temporal, con cargo a los créditos de inversiones, en uso de las competencias que tengo conferidas, visto el informe favorable de la Dirección General de la Función Pública y de la Dirección General de Planificación, Presupuesto y Gasto Público,

D I S P O N G O:

Primero.- Se convoquen pruebas selectivas, en régimen de Derecho Laboral, para la contratación de los solicitantes que han de desempeñar las funciones de las categorías profesionales especificadas en el anexo I de esta Orden.

Para lo no previsto en las presentes bases se aplicarán la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el Decreto del Gobierno de Canarias 63/1985, de 15 de marzo, el III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y el Acuerdo de la Comisión Negociadora de 21 de junio de 1994, que prorroga dicho Convenio.

Segundo.- A los contratos de trabajo temporal que hayan de celebrarse con las personas seleccionadas y a las situaciones jurídicas originadas por los mismos, les serán de aplicación la Ley de la Función Pública Canaria, la legislación laboral, el III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 18, de 6.2.92), y el Acuerdo de la Comisión Negociadora de 21 de junio de 1994, que prorroga dicho Convenio.

Tercero.- Las personas que se contraten quedarán sometidas al periodo de prueba que señala el artículo 14 del citado Convenio Colectivo, siempre que el trabajador no haya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la Administración de la Comunidad Autónoma Canaria, bajo cualquier modalidad de contratación, de acuerdo con lo establecido en el párrafo 3 del artículo 14.1 del Real Decreto-Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Cuarto.- Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados habrán de reunir los siguientes requisitos, con referencia al último día del plazo de presentación de instancias:

a) Ser ciudadano español de conformidad con las leyes vigentes. b) Haber cumplido la edad de dieciocho años.

c) Poseer la titulación académica que señala el anexo I de esta Orden.

d) No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas, ni hallarse separado ni haber sido despedido mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera de las Administraciones Públicas.

e) No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación del trabajo.

f) Estar inscrito como demandante o para mejora de empleo en el INEM.

Quinto.- Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán de la forma siguiente:

a) y b) Fotocopia compulsada del D.N.I.

c) Documento original o fotocopia compulsada.

d) y e) Declaración responsable.

f) Fotocopia compulsada de la tarjeta de demanda o mejora de empleo.

Sexto.- Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados habrán de presentar instancia ajustada al modelo que se inserta como anexo II de la presente Orden, y currículum vitae según modelo que se indica como anexo III, hasta las 14 horas del décimo día hábil contado a partir del siguiente día a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, en el Registro de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, sita en la Plaza de los Derechos Humanos, s/n, Edificio de Usos Múltiples, 5ª planta, Las Palmas de Gran Canaria, o en cualesquiera de los registros a los que se refiere el artículo 3.1 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.C. nº 102, de 19.8.94).

Séptimo.- En el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la fecha tope de recepción de instancias se publicará, en los tablones de anuncios de la Viceconsejería de Cultura y Deportes, la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas, concediéndose un plazo de 3 días hábiles como periodo de reclamación. Finalizado dicho plazo se publicará, en los mencionados tablones, la lista definitiva de aspirantes admitidos a las pruebas y se señalarán el lugar, el día y la hora de la celebración de las mismas. Octavo.- Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará constituido por cinco miembros: dos representantes de los trabajadores, dos representantes de la Administración y un representante de la Dirección General de la Función Pública, que actuará como Secretario.

La designación nominal de cada uno de los miembros del Tribunal se efectuará por Resolución de la Secretaría General Técnica, publicándose la citada Resolución en los tablones de anuncios de la Viceconsejería de Cultura y Deportes.

El Tribunal podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros y uno de ellos sea el Presidente. Sus acuerdos se adoptarán por mayoría; en caso de empate, será dirimente el voto del Presidente. El número máximo de asistencias será de diez en cada una de las convocatorias.

Los miembros del Tribunal percibirán las indemnizaciones o dietas que les correspondan por razón del servicio, de acuerdo con la normativa aplicable.

Noveno.- Sistema selectivo. La selección constará de las siguientes fases:

1. Desarrollo por escrito de dos temas elegidos al azar del programa que figura en el anexo IV de esta Orden, durante un tiempo máximo de tres horas. Dichos temas serán leídos posteriormente por el candidato en sesión pública.

2. Desarrollo por escrito de un ejercicio práctico relacionado con las funciones a desarrollar y con los contenidos que se indican en el anexo IV, durante un tiempo no superior a dos horas.

Para acceder a la siguiente fase será precisa una calificación mínima de cinco puntos, sumadas las puntuaciones de las fases 1 y 2.

3. Valoración del currículum vitae y experiencia profesional, según baremo del anexo V.

Décimo.- Por el Secretario del Tribunal se levantará la correspondiente acta, que firmarán todos los miembros del mismo que hayan actuado, y hará constar en ella los aspirantes presentados, los ejercicios celebrados, las calificaciones otorgadas, la lista de reserva y las incidencias que, a juicio del Tribunal, deban reflejarse.

En el acta se recogerán las calificaciones de los participantes, relacionadas por orden de puntuación de mayor a menor. Sólo podrán adjudicarse las plazas señaladas en el anexo I de esta Orden, si bien el resto de participantes que hayan superado las pruebas quedarán como suplentes en lista de reserva, por orden de puntuación, durante el año siguiente a la publicación.

Undécimo.- La adjudicación se publicará en los tablones de las dependencias de la Viceconsejería de Cultura y Deportes (Edificio de Usos Múltiples, 5ª planta) en Las Palmas de Gran Canaria, y servirá de citación a las personas seleccionadas que deberán presentar la documentación que en ella se señale.

Quedará decaído de su derecho quien no presente toda la documentación exigida en el plazo indicado.

Duodécimo.- Presentada de conformidad toda la documentación, se celebrará el contrato de trabajo de carácter temporal procedente por escrito, previas las formalidades administrativas legalmente previstas. La/s persona/s seleccionada/s que renuncie/n a la contratación ofertada o bien compareciendo a la misma manifieste/n cualquier causa que le/s impida/n suscribir el contrato de trabajo, salvo motivos justificados, quedará/n excluida/s en su derecho, contratándose en su caso a la persona que haya quedado siguiente en la puntuación.

Publíquese la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias y comuníquese a la Dirección Provincial del INEM en Las Palmas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de diciembre de 1995.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.

A N E X O I

- CONVOCATORIA Nº 1

1 Arquitecto. Grupo I. Titulación exigida: Arquitecto. Localización: Las Palmas de Gran Canaria.

- CONVOCATORIA Nº 2

1 Arquitecto Técnico. Grupo II. Titulación exigida: Arquitecto Técnico, Aparejador. Localización: Las Palmas de Gran Canaria. A N E X O I I INSTANCIA

APELLIDOS Y NOMBRE: ............................................................................................................................................................................... D.N.I. nº: ............................................................................................................................................................................................................. DOMICILIO: ......................................................................................................................................................................................................

EXPONE

Que habiéndose convocado por Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de fecha 5 de diciembre de 1995, pruebas selectivas para la contratación de un ....................................................................................................................

SOLICITA

Ser admitido a las mencionadas pruebas selectivas para la provisión de la plaza de ........................................................, de la Dirección General de Deportes, aceptando las bases de la convocatoria.

................................................, a ....... de ........................................ de 199 .... .

ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE DEPORTES DEL GOBIERNO DE CANARIAS.

A N E X O I I I

CURRÍCULUM VITAE

NOMBRE: .......................................................................................................................................................................................................... APELLIDOS: .................................................................................................................................................................................................... LUGAR DE NACIMIENTO: ............................................................................................................................................................................ FECHA DE NACIMIENTO: ............................................................................................................................................................................. DOMICILIO: ...................................................................................................................................................................................................... TELÉFONO: ...................................................................................................................................................................................................... D.N.I. nº: .............................................................................................................................................................................................................

DATOS ACADÉMICOS

Titulaciones académicas.

DATOS LABORALES

Enumérense los empleos del más reciente al más antiguo, indicando empresa, cargo ocupado, duración del servicio y motivo del cambio.

CURSOS REALIZADOS

Tipo, lugar de realización, fecha, nº de horas, impartido por ............................................................................................ .

Observaciones: se deberán añadir fotocopias compulsadas de los títulos, diplomas y cursos, así como de los contratos de trabajo o certificaciones de empresa que acrediten su experiencia.

(Lugar, fecha y firma).

A N E X O I V

TEMARIO

- CONVOCATORIA Nº 1

o ARQUITECTO

Tema 1.- El medio ambiente: conceptos básicos. La evaluación del impacto ambiental. El paisaje como recurso natural. El suelo como recurso. Proceso de degradación. Origen y efectos. Medidas correctoras.

Tema 2.- Instrumentos urbanísticos para la protección de conjuntos históricos. Necesidad, contenido fundamental y efectos. Tramitación de licencias. El catálogo.

Tema 3.- El Patrimonio Histórico Español en la legislación vigente: definición y organismos competentes. La declaración de Bien de Interés Cultural. La protección de los bienes muebles e inmuebles en la legislación sobre patrimonio histórico. El Patrimonio Histórico-Artístico de Canarias: normativa específica. Criterios de intervención.

Tema 4.- Normativa técnica y control de calidad en la edificación. Los laboratorios de control de calidad. Las normas básicas de la edificación: conceptos fundamentales. Las normas tecnológicas de la edificación: conceptos fundamentales.

Tema 5.- Los proyectos de obras, su autorización. Anteproyectos y estudios previos. Estructura del proyecto. Formalización, supervisión de proyectos. Aprobación técnica. Legislación de contratación del Estado.

Tema 6.- Replanteo y Pliegos de Cláusulas Administrativas Generales y Particulares. Las normas técnicas y los Pliegos de Condiciones Técnicas. El expediente de contratación. Tema 7.- Efectos del contrato de obras. Ejecución del contrato de obras. Potestad de modificación. Derechos y obligaciones de los contratistas.

Tema 8.- Extinción del contrato de obras. Causas y efectos de cada uno de ellos. Especial referencia al incumplimiento del contratista. Recepción y liquidación de obras. Recepción provisional y definitiva. Periodo de garantía.

Tema 9.- Revisión de precios. Condiciones, fórmulas tipo. Aprobación.

Tema 10.- Clasificación y registro de los contratistas de obras. Empresas que pueden optar a la clasificación. Tipos de obras. Categorías de los contratos. Límite máximo de contratación. Tema 11.- Valoración del suelo urbano. Influencia del planeamiento urbanístico en la tasación. Influencia de la edificabilidad y condiciones de uso y volumen permitido. Ampliación de los criterios valorativos de la Ley del Suelo y Ordenación Urbana. Tasación de solares a efectos del Registro Municipal de Solares de edificación forzosa.

Tema 12.- Valoración de las construcciones. Clasificación tipológica. Depreciación. Valor catastral. La valoración fiscal de las fincas urbanas. Normas técnicas para determinar el valor catastral.

- CONVOCATORIA Nº 2

o ARQUITECTO TÉCNICO

Tema 1.- El medio ambiente: conceptos básicos. Base legal y competencias. El medio ambiente urbano. La evaluación del impacto ambiental: metodología general.

Tema 2.- Patrimonio Histórico Español en la legislación vigente: definición, organismos competentes. La declaración de Bien de Interés Cultural. La protección de los bienes muebles e inmuebles en la legislación sobre patrimonio histórico. El Patrimonio Histórico-Artístico de Canarias: normativa específica. Criterios de intervención. Tema 3.- Acondicionamiento del terreno: sistema. Cimentaciones: profundidad, drenajes. Cimentaciones sencillas y especiales. Ejecución. Medidas de seguridad.

Tema 4.- Estructura de acero, de fábrica y hormigón. Estudio comparativo. El hormigón armado. Características, curado del hormigón, control de sus componentes. Ensayos previos de control estadístico y de información del hormigón. Control de calidad del acero. Control de la ejecución. Pruebas en obra.

Tema 5.- Encofrados de madera: elementos, características de las maderas para encofrado. Ejecución de encofrados de elementos verticales y horizontales. Tiempo de desencofrado. Condiciones generales de seguridad. Forjados: concepto, funciones y tipos de materiales. Control de calidad.

Tema 6.- Instalaciones de climatización: sistemas. Instalaciones audiovisuales, electricidad, protección y transporte. Fontanería y salubridad.

Tema 7.- Particiones: puertas y tabiques. Cubiertas: azoteas y tejados. Revestimientos: suelos, paredes y techos. Patología de la edificación.

Tema 8.- El control de precios de la construcción. Los ratios. Costes directos e indirectos. Beneficio industrial de obra, beneficio de la empresa. Tema 9.- Derribo de edificaciones. Conceptos. Medidas previas. Ejecución. Medidas de protección colectiva e individual. Riesgos más frecuentes y sus causas. Precauciones de obligado cumplimiento.

Tema 10.- Valor del suelo urbano. Influencias del planeamiento urbanístico en la tasación. Influencia de la edificabilidad y condiciones de uso y volumen permitido. Aplicación de los criterios valorativos de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana. Tasación de solares a efectos del Registro Municipal de Solares de edificación forzosa.

A N E X O V

1. Primera fase: se puntuará de 0 a 10, mínimo 5 puntos.

2. Segunda fase: se puntuará de 0 a 10, mínimo 5 puntos.

3. Valoración del currículum vitae y experiencia profesional: a) Titulación académica superior a la exigida que tenga relación directa con las plazas que van a ser ocupadas: 0,25 puntos por cada una, hasta llegar a un máximo de 0,50 puntos.

b) Experiencia profesional, en igual o similar puesto de trabajo en las Administraciones Públicas: 0,20 puntos por cada mes completo de trabajo, hasta un máximo de 2 puntos.

c) Experiencia profesional en funciones similares a la requerida para cada categoría: 0,10 puntos por cada mes de trabajo, hasta un máximo de 2 puntos.

d) Cursos organizados por Administraciones Públicas que tengan relación con la plaza que ha de ocuparse: 1 punto por los de duración superior a cien horas, 0,75 puntos por los de duración comprendida entre sesenta y una y cien horas, 0,50 puntos por los de duración comprendida entre cuarenta y una y sesenta horas y 0,25 puntos por los de duración comprendida entre veinte y cuarenta horas.

e) Arquitecto:

- Experiencia profesional en redacción de proyectos y dirección de obras de instalaciones deportivas, hasta 2 puntos.

- Experiencia profesional en redacción de proyectos y dirección de obras para organismos oficiales, hasta 2 puntos.

Arquitecto Técnico: - Experiencia profesional en dirección de obras de instalaciones deportivas, hasta 2 puntos.

- Experiencia profesional en dirección de obras para organismos oficiales, hasta 2 puntos.

f) Será potestativo del Tribunal proceder a la valoración de cualquier otra circunstancia aducida por los aspirantes, con la debida acreditación, y que sea relevante en relación a la labor asignada a las plazas objeto de la convocatoria, hasta un máximo de 1 punto.

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