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BOC Nº 153. Viernes 1 de Diciembre de 1995 - 2321

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

2321 - RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 1995, de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, por la que se convocan Cursos de Actualización Didáctica en Educación Secundaria Obligatoria.

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La Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (L.O.G.S.E.) considera la formación permanente del profesorado como un derecho y una obligación del profesorado, y el favorecerla una responsabilidad de las Administraciones educativas.

La Educación Secundaria Obligatoria constituye, junto con la Educación Primaria, la enseñanza básica, obligatoria y gratuita. Dicha educación obligatoria debe mantener su coherencia a través de un periodo de tiempo tan largo como relevante en el desarrollo de la persona. El doble carácter terminal y preparatorio de la etapa implica garantizar una formación básica y favorecer un conjunto de aprendizajes significativos que contribuyan tanto a la inserción del alumnado en el mundo laboral y social como a la continuación de otros estudios.

El objetivo general que persigue esta convocatoria es la formación del profesorado asistente en dos vertientes:

a) La actualización en cada área de conocimiento en consonancia con los contenidos de la etapa y ciclos de la E.S.O.

b) El desarrollo de propuestas educativas desde una perspectiva global en todas las áreas de la E.S.O., atendiendo a las características de la etapa, a los procesos formativos de la identidad personal de los adolescentes, a una concepción constructivista del aprendizaje, al reconocimiento de la diversidad dentro del modelo comprensivo de la E.S.O.

Estos cursos de actualización didáctica buscan también la necesaria reflexión de la actividad docente tanto en el aula como en el centro, como punto de partida para el cambio de la dimensión profesional de los docentes.

En esta dimensión profesional es importante favorecer una mayor cualificación del profesorado en aquellos aspectos que se refieren a la atención y a las oportunidades que es urgente ofrecer a los alumnos y alumnas.

El Plan de anticipación progresiva de la reforma de la Educación Secundaria Obligatoria previsto por esta Consejería, hace necesaria una planificación que permita gradualmente que la totalidad del profesorado de Educación Secundaria Obligatoria adquiera una formación adecuada para impartirla. Así, la oferta de Cursos de Actualización Didáctica se dirige especialmente a aquel profesorado y aquellos centros que actualmente anticipan la Educación Secundaria Obligatoria o estén en condiciones de impartirla próximamente.

Por ello,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar 10 Cursos de Actualización Didáctica de 150 horas de duración cada uno, 5 en cada provincia, dirigidos al profesorado de Enseñanza Secundaria, funcionario de carrera e interino, con destino en centros públicos dependientes de esta Consejería, a celebrarse en Tenerife y Gran Canaria. La distribución insular de las plazas para cada uno de los cursos figura en el anexo I de esta convocatoria.

Los cursos que se convocan lo son en las siguientes áreas: Matemáticas.

Ciencias de la Naturaleza.

Lengua Castellana y Literatura.

Ciencias Sociales.

Inglés.

Segundo.- El número total de plazas que se convoca para cada curso es de 30.

ORGANIZACIÓN.

Tercero.- La organización de los cursos corresponde a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, siendo condición indispensable para su celebración que el número de candidatos que cumplan las condiciones exigidas en la presente convocatoria sea superior a 20 para cada curso.

Cuarto.- Para llevar a cabo los aspectos de diseño, organización y dirección de los mismos esta Dirección General nombrará un/a Director/a.

CARACTERÍSTICAS DE LOS CURSOS.

Quinto.- Los contenidos básicos de formación que se desarrollarán son:

- Características de la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.).

- Características del área.

- Diagnóstico del contexto: análisis del centro, profesorado, alumnado, etc.

- Organización y secuencia de los objetivos de área. - Orientaciones metodológicas.

- La evaluación en este modelo de currículo.

- Atención a la diversidad y su tratamiento desde el área.

- Concreción de los temas transversales en el área.

- Orientaciones teórico-prácticas para la elaboración del Proyecto Educativo de Centro (PEC).

- Orientaciones teórico-prácticas para la elaboración del Proyecto Curricular de Etapa.

Sexto.- Los cursos constarán de cinco fases cada uno con las siguientes características:


FASE MODALIDAD DURACIÓN PERIODO

1ª Presencial 65 horas febrero-marzo 2ª Prácticas 20 horas marzo-junio 3ª Presencial 30 horas junio-julio 4ª Prácticas 25 horas octubre-noviembre 5ª Presencial 10 horas noviembre-diciembre
1ª fase: desarrollo de contenidos.

2ª fase: desarrollo práctico en el aula de experiencias programadas.

3ª fase: desarrollo de contenidos.

4ª fase: desarrollo práctico en el aula de experiencias programadas y realización de una memoria individual o en pequeño grupo.

5ª fase: evaluación: análisis y valoración de lo programado y realizado. Con tal fin, los participantes presentarán públicamente una memoria individual o en pequeño grupo antes del comienzo de esta fase. Esta memoria constará de una parte correspondiente al trabajo realizado por el grupo (si se ha realizado en pequeño grupo) y otra parte donde se expondrá el trabajo realizado individualmente.

A aquel profesorado que realice el curso en una isla diferente a la de su destino, se le facilitará por esta Dirección General el desplazamiento (ida y vuelta correspondiente a la finalización de cada fase presencial), alojamiento y manutención.

Séptimo.- Durante la 1ª fase, los/as asistentes estarán liberados/as de su labor docente, enviándose sustitutos/as a los centros de destino del profesorado seleccionado. Octavo.- Durante la fase de prácticas se desarrollarán con los/las alumnos/as propuestas metodológicas y curriculares orientadas por la Dirección del curso. Para la realización de esta fase se informará y analizará en el Seminario o Departamento la repercusión del trabajo, enviando un informe a la Dirección del curso. Asimismo se pondrá en conocimiento del alumnado con el que se realizará la fase práctica.

REQUISITOS DE SELECCIÓN.

Noveno.- Podrán solicitar la asistencia a estos cursos quienes reúnan las siguientes condiciones:

9.1. Ser profesor/a de Educación Secundaria y pertenecer al Departamento o Seminario al que está adscrita el área del curso que se solicita.

9.2. No haber participado en las siguientes actividades convocadas en la Comunidad Autónoma de Canarias:

- Curso de formación de formadores.

- Curso de actualización de anteriores convocatorias en cualquiera de sus modalidades.

9.3. El profesorado que opte por esta modalidad de formación no podrá participar durante el curso 1995/96 en otras actividades de formación de más de 50 horas de duración, convocados por esta Dirección General.

Décimo.- Las solicitudes se atenderán por el siguiente orden:

1º) El profesorado que imparte docencia en grupos de anticipación de la reforma en la E.S.O. en las áreas a que se refiere la presente convocatoria.

2º) El profesorado que imparte docencia en Centros de Secundaria que hayan anticipado las nuevas enseñanzas L.O.G.S.E. entre las que se encuentre la E.S.O.

3º) Otro profesorado de Educación Secundaria que reúna los requisitos mencionados.

Una vez atendido este orden se aplicará el baremo que figura en el anexo III.

Undécimo.- El profesorado que realice estos cursos podrá ser requerido por la Administración educativa para exponer sus experiencias y trabajos a profesorado que realice actividades de formación convocadas por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Comunidad Canaria.

SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.

Duodécimo.- Los interesados presentarán su solicitud, según el anexo II, en la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, o en las Oficinas Insulares de Educación, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Cada candidato/a podrá solicitar únicamente un curso.

A la solicitud se acompañará la documentación acreditativa de los méritos alegados y, además, los siguientes documentos:

- Fotocopia autenticada del título administrativo actualizado.

- Certificado del/de la Secretario/a o en su defecto del/de la Director/a del centro, en el que se haga constar que cumple el requisito de impartir docencia durante el curso 1995/96 en grupos de anticipación de la reforma en la E.S.O., así como el área que imparte, cuando proceda.

- Certificado del/de la Secretario/a o en su defecto del/de la Director/a del centro, en el que se haga constar que cumple el requisito de impartir docencia durante el curso 1995/96 en un centro que adelanta nuevas enseñanzas L.O.G.S.E., cuando proceda.

Decimotercero.- Serán desestimadas aquellas solicitudes que no estén debidamente cumplimentadas y las que no vayan acompañadas por los documentos relacionados en el apartado anterior.

Decimocuarto.- No serán tenidos en cuenta ni por consiguiente valorados aquellos méritos que los aspirantes aleguen y no acrediten suficientemente, así como los que se expongan y justifiquen fuera del plazo de presentación de solicitudes.

COMISIÓN DE SELECCIÓN.

Decimoquinto.- La selección del profesorado solicitante será realizada por una Comisión formada por:

- Dos representantes de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, de los que uno/a actuará como presidente.

- Dos Directores/as de CEP, o personas en quienes deleguen.

- Dos Coordinadores/as de Formación.

- Los/as Directores/as de los cursos.

- Un/a funcionario/a de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que actuará como Secretario/a.

A las sesiones de trabajo que programe la Comisión de Selección, podrá asistir un representante de cada organización sindical de las que integran la mesa sectorial, debidamente acreditado al efecto, que podrá adjuntar al acta de la sesión correspondiente cuantas observaciones crea oportunas.

Decimosexto.- La Comisión de Selección valorará los méritos alegados por los solicitantes según el baremo establecido en el anexo III.

PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS PLAZAS.

Decimoséptimo.- La relación provisional del profesorado preseleccionado, y no seleccionado con expresión de las puntuaciones totales alcanzadas, así como de los excluidos, se hará pública en cada Dirección Territorial, en las Oficinas Insulares de Educación y en los Centros del Profesorado. Se establecerá un plazo de reclamación de cinco días naturales, con el fin de que los interesados puedan alegar cuanto estimen oportuno en relación a la misma. Las reclamaciones se presentarán en las oficinas de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa en Gran Canaria y Tenerife o en los CEPs de las restantes islas, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En idéntico plazo, se podrá presentar renuncia a la participación en la convocatoria. Las vacantes derivadas de las renuncias aceptadas serán cubiertas por los/as aspirantes en orden decreciente de puntuación.

Una vez estudiadas las reclamaciones y/o renuncias presentadas, se hará igualmente pública la relación definitiva de admitidos/as.

Decimoctavo.- En caso de empate en la puntuación total de dos o más aspirantes, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en cada uno de los apartados del baremo del anexo III y en el orden del mismo. De continuar el empate se atendrá al número más bajo de registro personal.

Decimonoveno.- Los solicitantes admitidos recibirán en su momento las instrucciones correspondientes para la incorporación al curso (lugar, fechas, horario, etc.).

Vigésimo.- Los solicitantes admitidos que, no habiendo presentado su renuncia a los cursos en el plazo adecuado, no asistan a los mismos en la primera semana sin causa justificada, no podrán optar a esta modalidad de formación durante dos años.

EVALUACIÓN.

Vigesimoprimero.- La evaluación de los asistentes y del curso será realizada por una Comisión de Evaluación formada por: - El/la Director/a del curso.

- Un representante del profesorado asistente.

- Un/a representante de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

21.1. Para la evaluación de los cursillistas se tendrá en cuenta:

- La asistencia y participación en las fases presenciales.

- Los diseños y realizaciones de las fases prácticas, tal y como se indican en el apartado sexto de la presente Resolución.

- Las memorias finales, que se entregarán antes de su presentación pública, a los/as Directores/as de los cursos.

- El informe del/de la Director/a del curso.

El cumplimiento de la totalidad de las bases de la presente convocatoria será condición inexcusable para la superación del curso.

21.2. La evaluación global de los cursillistas se expresará en los términos de apto o no apto.

21.3. La Comisión de Evaluación se reunirá, al menos, una vez durante cada una de las fases del curso.

Vigesimosegundo.- La asistencia de cada cursillista deberá ser, al menos, del 85% del tiempo de duración de las fases presenciales. Asimismo, deberá asistir a las reuniones de seguimiento de la fase práctica y llevar a cabo los trabajos de aplicación diseñados en la fase presencial con las reformulaciones que fueran pertinentes. En caso contrario el asistente será dado de baja, previo informe de la Dirección del curso.

Vigesimotercero.- El profesorado que haya superado todas las fases del curso recibirá, al finalizar el mismo, un certificado expedido por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa. En ningún caso se certificará la asistencia a las fases por separado.

INTERPRETACIÓN DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, RETIRADA DE DOCUMENTOS Y RECLAMACIONES.

Vigesimocuarto.- Corresponde a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa resolver cualquier duda o reclamación que se plantee acerca de la interpretación de la presente Resolución, así como la ampliación de los plazos fijados en la misma y la modificación de algunos aspectos organizativos, si fuera necesario.

Vigesimoquinto.- La documentación presentada por los concursantes podrá retirarse una vez transcurridos treinta días a partir del día de la publicación de las listas definitivas de admitidos y en un plazo no superior a tres meses, en las siguientes dependencias:

a) Unidad de Perfeccionamiento del Profesorado (calle José Antonio de Zárate y Penichet, Edificio Arco Iris, planta baja, Santa Cruz de Tenerife).

b) Unidad de Innovación Educativa (calle León y Castillo, 57, 4ª) para los solicitantes destinados en Gran Canaria.

Vigesimosexto.- La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las bases contenidas en la presente Resolución.

Vigesimoséptimo.- Contra esta Resolución y sus bases, podrán los interesados interponer recurso ordinario ante el Viceconsejero de Educación en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, según la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Vigesimoctavo.- Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de noviembre de 1995.- El Director General de Ordenación e Innovación Educativa, Carlos Tabares Santos.

A N E X O I

DISTRIBUCIÓN DE PLAZAS PARA CADA UNO DE LOS CURSOS


PROVINCIA DE SANTA CRUZ DE TENERIFE:

Tenerife La Palma La Gomera El Hierro

20 5 3 2

PROVINCIA DE LAS PALMAS:

Gran Canaria Lanzarote Fuerteventura

20 6 4

A N E X O I I
MODELO DE SOLICITUD PARA LOS CURSOS DE ACTUALIZACIÓN DIDÁCTICA

El/la profesor/a cuyos datos figuran a continuación:

1. DATOS PERSONALES:

Apellidos................................................................................................., nombre........................................................................, D.N.I. nº ...................................., domicilio ................................................................................................................................, localidad ..............................................................................., isla......................................., teléfono particular ........................ .

2. DATOS PROFESIONALES:

Titulación ....................................................................................................................................................................................., Especialidad a la que está adscrito .............................................................................................................................................., Centro de destino ........................................................................................................................................................................., dirección ......................................................................................................................................................................................., localidad .........................................................................................................................., isla ...................................................., N.R.P. ............................., código del Centro (llenar adecuadamente) .........................., teléfono del Centro .......................... .

3. RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑA:

........................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

4. CURSO QUE SOLICITA (solamente se puede solicitar uno):

........................................................................................................................................................................................................

Solicita se le conceda una plaza para asistir al curso indicado, que se celebrará en ................................................................... ........................................................................................................................................................................................................

.........................................., a ...... de ................................... de 1995.

Firma del/de la interesado/a.

A N E X O I I I

BAREMO

En todos los casos los méritos se referirán a actividades concluidas antes de la fecha de presentación de la solicitud.

La acreditación de méritos se realizará, en todos los casos, mediante documentos autenticados, ya que de otro modo los méritos alegados no podrán ser valorados.

1. Experiencia docente directa: máximo 4 puntos.

1.1. Por docencia directa en centros educativos durante los cinco años inmediatamente anteriores a la convocatoria: hasta 3 puntos.

- 1 punto por curso. - Documentación acreditativa: título administrativo y/o certificado del centro.

1.2. Por impartir materias en las Enseñanzas Experimentales, anticipación L.O.G.S.E. o Módulos Profesionales: hasta 1 punto.

- 0,25 por curso.

- Documentación acreditativa: fotocopia compulsada de la certificación correspondiente.

2. Experiencia en tareas de formación y perfeccionamiento del profesorado y de coordinación en tareas de renovación e innovación de las enseñanzas: máximo 4 puntos.

2.1. Dirección, organización, coordinación o participación en actividades de perfeccionamiento y formación: hasta 3 puntos. Se computarán sumando las horas de todas las actividades alegadas y dividiéndolas en módulos de 10 horas, despreciando las fracciones y asignándoseles la siguiente puntuación:

2.1.1. Si son organizadas u homologadas por las Administraciones educativas y Universidades: 0,10 puntos por módulo.

2.1.2. Si son organizadas por otras entidades: 0,05 puntos por módulo.

- Documentación acreditativa: fotocopia autenticada del certificado.

2.2. Desempeño de tareas de coordinación en la reforma de las Enseñanzas y anticipación L.O.G.S.E.: hasta 1 punto.

- 0,25 por año.

- Documentación acreditativa: fotocopia autenticada del nombramiento.

3. Otros méritos: máximo 1 punto.

3.1. Publicaciones: máximo 0,5 puntos.

3.1.1. Por publicaciones de carácter didáctico, científico o de creación:

a) Por libros: hasta 0,25 puntos por cada uno.

b) Por artículos en revistas: hasta 0,10 puntos por cada uno.

- Documentación acreditativa: un ejemplar de cada publicación; en libros con ISBN o Depósito Legal; en revistas, con ISBN o Depósito Legal, salvo exenciones legales.

3.2. Por presentación de ponencias y comunicaciones a congresos, jornadas y reuniones similares: máximo 0,5 puntos.

- 0,05 punto por actividad.

- Documentación acreditativa: fotocopia compulsada del certificado o documento que lo avale.

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