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1995/135 - Viernes 20 de Octubre de 1995

III. OTRAS RESOLUCIONES
C.Industria y Comercio

Regresar al sumario 2050 RESOLUCIÓN de 29 de septiembre de 1995, de la Secretaría General Técnica, por la que se hace pública la remisión a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, del expediente administrativo relativo a la Orden del Consejero de Industria y Comercio, de 14 de junio de 1995, que determina los municipios y zonas que quedan exceptuados del régimen general de horarios comerciales, por tener la condición de gran afluencia turística, y se emplaza a los interesados en el recurso nš 01/0001171/1995.

Visto el acuerdo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, de fecha 1 de septiembre de 1995, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, reformado por la Ley 10/1992, de 30 de abril.

Esta Secretaría General Técnica, en uso de sus atribuciones,

R E S U E L V E:

Primero.- Ordenar la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo nš 01/0001171/1995, seguido a instancia del Ayuntamiento de La Laguna.

Segundo.- Hacer pública la presente en el Boletín Oficial de Canarias a los efectos de lo preceptuado en el artículo 64 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (reformado por la Ley 10/1992, de 30 de abril), a fin de que los interesados en el recurso nš 01/0001171/1995, promovido por el Ayuntamiento de La Laguna, contra la Orden del Consejero de Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, por la que se determinan los municipios y zonas que quedan exceptuados del régimen general de horarios comerciales, por tener la condición de gran afluencia turística, puedan comparecer ante dicha Sala en el plazo de nueve días a partir de la presente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de septiembre de 1995.- El Secretario General Técnico, Miguel Dalmacio Benítez Cruz.

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