

|
|
|
D I S P O N G O:
Primero.- Autorizar al Centro docente extranjero denominado “The British School of Gran Canaria” las enseñanzas del sistema educativo británico para alumnos extranjeros y españoles, quedando configurado conforme se describe a continuación:
Denominación específica: “The British School of Gran Canaria”.
Localidad: Tafira Alta.
Municipio: Las Palmas de Gran Canaria
Domicilio: Carretera de Tafira a Marzagán, Cruz de Morera.
Titular: Asociación British School of Gran Canaria.
Autorización: para impartir enseñanzas conforme al sistema educativo británico a alumnos extranjeros y españoles.
Niveles educativos: Nursery, Primary Education (Infant y Junior), Secondary Education (Form 1 a Form 6, Lower y Upper) e International Baccaloreate.
Número de puestos escolares: 435.
Segundo.- El Centro que se autoriza deberá impartir el currículo de lengua y cultura española establecido por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 y la Disposición Transitoria Segunda del Real Decreto 806/1993.
Tercero.- El Centro citado impartirá exclusivamente las enseñanzas que por la presente Orden se autorizan y estará obligado a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden para el Centro, y deberá inscribirse en el Registro Público de Centros Docentes dependiente de la Administración educativa.
Contra esta Orden cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro que pueda interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 5 de junio de 1995.
EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,
CULTURA Y DEPORTES,
en funciones,
José Mendoza Cabrera.
| © GOBIERNO DE CANARIAS |