Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 102. Viernes 4 de Agosto de 1995 - 1582

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Trabajo y Función Pública

1582 - DECRETO 165/1995, de 23 de junio, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Economía y Hacienda.

Descargar en formato pdf

Examinado el expediente tramitado por la Consejería de Economía y Hacienda para la modificación parcial de su relación de puestos de trabajo.

Considerando justificada la modificación de la misma por la necesidad de adaptar la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Economía y Hacienda a las exigencias actuales de dicho Departamento.

Vistos los artículos 5, 6, 15 y 16 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, el artículo 39.2 de la Ley 14/1994, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 1995 y demás disposiciones de aplicación.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Trabajo y Función Pública, ambos en funciones, y previa deliberación del Gobierno en funciones en su reunión del día 23 de junio de 1995,

D I S P O N G O:

Artículo único.- 1. Modificar parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Economía y Hacienda en los términos de los anexos I, II y III, quedando dicha modificación como figura en el anexo IV.

2. Las funciones y méritos preferentes de los puestos de personal funcionario vienen detallados en el anexo V.

3. Las funciones, titulaciones y experiencia así como los méritos preferentes de los puestos cuyo vínculo tenga carácter laboral se recogen en el anexo VI.

4. La tabla de equivalencia entre los códigos de puestos de la nueva relación de puestos de trabajo y la vigente hasta la fecha, viene reseñada en el anexo VII del presente Decreto.

5. Los puestos de trabajo de cobertura para el personal funcionario en los cuales figuran las iniciales “JT” en la columna de jornada, estarán sujetos a trabajos a turnos, dadas las peculiares características de las Unidades a las cuales están adscritos.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de junio de 1995.

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, en funciones, Manuel Hermoso Rojas.

EL CONSEJERO DE TRABAJO Y FUNCIÓN PÚBLICA, en funciones, Francisco José Rodríguez-Batllori Sánchez.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA, en funciones, José Miguel González Hernández.

© Gobierno de Canarias