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Visto el acuerdo de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de 14 de junio de 1995, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, y en virtud de lo dispuesto en el artº. 8, apartado 2, de la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, de Protección de los Derechos Fundamentales de la Persona,
R E S U E L V O:
Primero.- Ordenar la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo nº 1.316/95, seguido a instancia de Dña. Gloria Vallejo Rodríguez.
Segundo.- Hacer pública la presente en el Boletín Oficial de Canarias, a los efectos de lo preceptuado en el artº. 8, apartado 2, de la Ley 62/1978, de 26 de diciembre, de Protección de los Derechos Fundamentales de la Persona, a fin de que los interesados en el recurso nº 1.316/95, promovido por Dña. Gloria Vallejo Rodríguez contra la Resolución de la Dirección General de Centros de 26 de abril de 1995, que deniega la solicitud formulada por la recurrente para la adecuación de su hija Isaura María Armas Vallejo a dos niveles superiores al que le pertenece a su edad, puedan comparecer ante dicha Sala en el plazo de cinco días contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución.
Santa Cruz de Tenerife, a 26 de junio de 1995.- El Secretario General Técnico, Fernando Arozena González.
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