Estás en:
La Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas del Gobierno de Canarias, con fecha 8 de junio de 1995, dictó Orden Departamental por la que se concede a la Comunidad de Aguas Altavista el aprovechamiento de las aguas públicas que se obtengan de la ejecución de labores de alumbramiento de aguas subterráneas, a continuación de las autorizadas en los expedientes 5.357 y 6.013-T.P.
Lo que se hace público para conocimiento general, de acuerdo con lo previsto en el artículo 116 del Real Decreto 849/1986, del 11 de abril, del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (B.O.E. nº 103, de 30.4.86).
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de junio de 1995.- El Jefe del Servicio, Emilio Alsina Pérez.
© Gobierno de Canarias