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D I S P O N G O:
Aprobar la bandera y el escudo del municipio de Breña Baja (isla de La Palma), cuyo dibujo figura como anexo, según la siguiente descripción:
- Escudo de Breña Baja:
I.- En campo azur, monte en su color natural.
II.- Cortado en el cuartel superior, en campo de gules rosa de plata. En el inferior, en campo de plata rosa de gules.
III.- En campo de oro, castillo de gules, donjonado y mazonado, sobre ondas de plata y azur.
IV.- En campo de sinople, sierra de oro.
Al Timbre, Corona Real Cerrada.
- Bandera:
“Tres franjas verticales, de igual anchura. Verde a la derecha, amarillo la central y azul a batiente. El escudo, en la franja central”.
Su uso se realizará de conformidad con la normativa en vigor.
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de 2 meses, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente, previa comunicación a esta Consejería tipificada en el artº. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Santa Cruz de Tenerife, a 26 de mayo de 1995.
EL CONSEJERO DE
PRESIDENCIA Y TURISMO,
Miguel Zerolo Aguilar.
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