Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 083. Lunes 3 de Julio de 1995 - 1340

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Sanidad y Asuntos Sociales

1340 - RESOLUCIÓN de 7 de junio de 1995, del Director General de Servicios Sociales, por la que se delegan en determinados Jefes de Servicio ciertas competencias.

Descargar en formato pdf

Por Resolución de 18 de mayo de 1992, se procedió a delegar en el Jefe de Servicio de Planificación y Apoyo a los Servicios Sociales y en el de Tercera Edad determinadas competencias atribuidas al Director General por Decreto 191/1987, de 11 de septiembre (B.O.C. nº 124, de 25.9.87) y Decreto 212/1991, de 11 de septiembre (B.O.C. nº 122, de 16.9.91).

Dicha delegación se hizo extensiva, por Resolución de 7 de septiembre de 1992, a los Jefes de Servicio de Prestaciones y Minusválidos.

Como quiera que el Decreto 58/1995, de 24 de marzo, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales, otorga una distinta denominación a algunas Jefaturas de Servicio de esta Dirección General, es por lo que se hace necesario proceder a una nueva delegación de competencias a dichas jefaturas acorde con su nueva denominación.

Por lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 31.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en el Jefe de Servicio de Planificación y Coordinación Administrativa las siguientes competencias:

a) Concesión de licencias, permisos y vacaciones al personal adscrito a la citada unidad administrativa.

b) Registro, documentación y diligenciamiento de expedientes. c) Sanción por falta leve al personal adscrito a la unidad administrativa delegada.

d) Ejecución de los programas de Servicios Sociales.

e) Tramitación y/o, en su caso, Propuesta de Resolución de ayudas y subvenciones financiadas con Fondos procedentes de la Unión Europea.

f) Tramitación y propuesta de los expedientes de reintegro respecto de aquellas ayudas y subvenciones cuya tramitación y Propuesta de Resolución corresponde a la unidad delegada.

g) Tramitación y Propuesta de Resolución de ayudas excepcionales y subvenciones institucionales.

h) Las facultades que la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones (B.O.E. nº 119, de 19.5.95), atribuye al órgano de contratación hasta un límite de 10.000.000 de pesetas.

Segundo.- Delegar en los Jefes de Servicio de Administración General y Servicios Sociales Especializados las siguientes competencias:

a) Gestión de Centros y Servicios dependientes de la Dirección General de Servicios Sociales.

b) Concesión de licencias, permisos y vacaciones al personal adscrito a su unidad.

c) Registro, documentación y diligenciamiento de expedientes.

d) Sancionar por falta leve al personal adscrito a la unidad administrativa delegada.

e) Gestión de abono de ingresos por utilización de Servicios en Centros propios, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma.

f) Ejecución de los programas de Servicios Sociales.

g) Admisión de usuarios en Centros propios.

h) Propuesta de nombramiento y cese de Directores de Centros.

Tercero.- Las delegaciones conferidas por esta Resolución se entenderán sin perjuicio de la potestad de revocación y avocación.

Cuarto.- Las Resoluciones que se adopten en el ejercicio de la presente delegación, harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán, a todos los efectos, dictadas por esta Dirección General. Quinto.- La presente Resolución surtirá efecto a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de junio de 1995.- El Director General de Servicios Sociales, Marcial Morales Martín.

© Gobierno de Canarias