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BOC Nº 076. Lunes 19 de Junio de 1995 - 1657

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - A.Santa Cruz de Tenerife

1657 - ANUNCIO de 2 de mayo de 1995, de la Gerencia Municipal de Urbanismo, relativo a la aprobación definitiva del Plan Especial de Reforma Interior del Parque Marítimo.

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El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 21 de abril de 1995, acordó adoptar el siguiente acuerdo:

43.- Expediente relativo al Plan Especial de Reforma Interior del Parque Marítimo, a los efectos de aprobación definitiva. Visto el expediente iniciado relativo a la aprobación del Plan Especial de Reforma Interior del Parque Marítimo, promovido por la Gerencia Municipal de Urbanismo y redactado por el Arquitecto D. Jorge Coderch Figueroa. Resultando que el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 17 de febrero de 1995, acordó aprobar provisionalmente el Proyecto del Plan Especial de Parque Marítimo, en los mismos términos y con sujeción a idénticas condiciones que en el acuerdo de aprobación inicial, además de que el expediente siguiese el trámite legalmente establecido y fuera sometido a informe no vinculante de la Consejería de Política Territorial. Resultando que, con fecha 6 de marzo de 1995, se dio traslado a la Consejería de Política Territorial de copia del Proyecto y del expediente administrativo debidamente diligenciado, a efectos de la evacuación de informe no vinculante. Resultando que transcurrido el plazo de un mes sin que se hubiere evacuado el mismo se entenderá favorable por silencio administrativo positivo. Considerando que el artículo 116.c) del Real Decreto-Legislativo 1/1992, de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, dispone que si el Plan Especial hubiera de aprobarse definitivamente por el Ayuntamiento, se someterá a informe no vinculante de la Comunidad Autónoma, que se entenderá favorable si no se emite en el plazo de un mes desde la recepción del expediente completo por el citado órgano. Considerando que el artículo 118.3.c) del citado Real Decreto-Legislativo previene que la competencia para aprobar definitivamente los Planes Especiales que desarrollen y se ajusten a las determinaciones del Plan General y se refieran a capitales de provincia o ciudades de más de 50.000 habitantes, corresponde a los Ayuntamientos respectivos. Considerando que el artículo 124 del Real Decreto-Legislativo 1/1992, de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, previene que los acuerdos de aprobación definitiva de todos los instrumentos de planeamiento se publicarán en el Boletín Oficial correspondiente. El Excmo. Ayuntamiento Pleno, previo dictamen del Consejo de Dirección y de la Comisión Informativa de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, acordó: 1) Aprobar definitivamente el Plan Especial de Reforma Interior del Parque Marítimo. 2) Publicar el acuerdo de aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias. 3) Remitir a la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Política Territorial un ejemplar de este Plan Especial.

Lo que se hace público para general conocimiento significando que contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, desde la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de mayo de 1995.- El Secretario Delegado, Eduardo Silgo Villegas.

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