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R E S U E L V O:
Notificar a D. Juan Betancor Ruano la Resolución recaída en el expediente que se le ha instruido, y cuya parte dispositiva dice textualmente:
- Desahuciar a D. Juan Betancor Ruano, adjudicatario de la vivienda de protección oficial de promoción pública, sita en el Grupo Jinámar II, bloque 33, piso 3º, letra D, en el término municipal de Telde, al estar incurso en la causa especial 6ª de desahucio administrativo, prevista en el artº. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el B.O.E. de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta Resolución.
- Que transcurridos quince días de la notificación de la Resolución y salvo que el interesado haga entrega de las llaves de la vivienda en cuestión en las dependencias de esta Dirección General, se proceda al lanzamiento del mismo de la vivienda adjudicada, así como del mobiliario y enseres, y demás personas que en ellas hubiere.
- El lanzamiento será ejecutado por esta Dirección General, que designará la/s persona/s que haya/n de llevarlo a efecto, pudiendo recabar si lo estima necesario la ayuda de los agentes de la autoridad.
Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de un mes contado desde el día de la notificación de la presente, recurso ordinario ante el Ilmo. Sr. Viceconsejero de Vivienda, de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas del Gobierno de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de mayo de 1995.- El Director General de Vivienda, José María Senante Mascareño.
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