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1995/076 - Lunes 19 de Junio de 1995

III. OTRAS RESOLUCIONES
C.Industria y Comercio

Regresar al sumario 1203 ORDEN de 26 de mayo de 1995, por la que se aprueban las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones solicitadas por el Ayuntamiento de Valleseco (Gran Canaria).

Vista la petición formulada por el Ilustre Ayuntamiento de Valleseco, en solicitud de autorización de tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones,

Resultando: que el expediente fue sometido a informe de la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas, que lo emitió en su sesión plenaria celebrada el día 24 de mayo de 1995, en el sentido de dictaminar favorablemente las siguientes tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones que suministra:

Cuota fija 440 ptas.

Consumo doméstico (Facturación bimestral):

Hasta 20 m3 150 ptas./m3

Más de 20 m3 210 ptas./m3

Otros consumos 210 ptas./m3

Considerando: que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de julio, y la Orden de 30 de septiembre del mismo año.

Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre; el Decreto del Gobierno de Canarias 62/1993, de 13 de abril, y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación,

ACUERDO

Autorizar al Ilustre Ayuntamiento de Valleseco las tarifas de agua de abastecimiento que suministra a dicho término municipal, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriormente expresadas a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, siendo su aplicación de forma escalonada y progresiva.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de 2 meses desde su publicación, previa la comunicación a la Consejería de Industria y Comercio exigida por el artē. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de mayo de 1995.

EL CONSEJERO DE

INDUSTRIA Y COMERCIO,

PRESIDENTE DE LA COMISIÓN

TERRITORIAL DE PRECIOS,

José Vicente León Fernández.

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