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1995/069 - Viernes 02 de Junio de 1995

V. ADMINISTRACIÓN LOCAL
C.I.de Tenerife

Regresar al sumario 1065 ANUNCIO de 4 de mayo de 1995, por el que se somete a información pública la modificación de la delimitación del entorno del Bien de Interés Cultural, zona arqueológica del Barranco del Rey, término municipal de Arona.

El Sr. Consejero Insular del Área de Cultura, Educación y Deportes del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife, con fecha 4 de mayo de 1995, ha dictado, entre otras, la siguiente Resolución:

“Visto el expediente de delimitación del entorno del Bien de Interés Cultural, zona arqueológica del Barranco del Rey, en el término municipal de Arona, incoado por el Sr. Consejero Insular del Área de Cultura, Educación y Deportes del Excmo. Cabildo Insular de Tenerife con fecha 26 de octubre de 1993, y

Resultando que, con fecha 26 de octubre de 1993, el Sr. Consejero Insular del Área de Cultura, Educación y Deportes resolvió incoar expediente de delimitación del entorno del Bien de Interés Cultural, zona arqueológica del Barranco del Rey, en el término municipal de Arona, así como publicar dicha Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, abriendo un periodo de información pública al respecto (B.O.C. nº 161, de 22.12.93).

Resultando que la Asociación Canaria de Arqueología y Prehistoria, así como la Asociación de Amigos de la Naturaleza (ATAN) presentan escritos de alegaciones, donde plantean la necesidad de modificación de la delimitación incoada, fundamentando la misma en que no se ha protegido un poblado de cabañas con grabados rupestres y que asimismo la delimitación gráfica no se corresponde con la delimitación descriptiva, proponiendo ATAN una delimitación alternativa.

Resultando que la Inspección Insular de Patrimonio Histórico emite informe favorable a las alegaciones presentadas por los citados interesados, así como la delimitación propuesta por éstos.

Considerando que el Cabildo Insular de Tenerife asume las competencias transferidas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de Patrimonio Histórico Artístico por la Disposición Adicional h) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y por el Decreto 60/1988, de 12 de abril.

Considerando que estas competencias son delegadas por el Sr. Presidente del Cabildo en el Sr. Consejero Insular del Área de Cultura, Educación y Deportes, en virtud del Decreto de 2 de octubre de 1991.

Considerando que entre las competencias transferidas se encuentra como función concurrente de los Cabildos Insulares y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, la de declarar Bienes de Interés Cultural para la Comunidad Autónoma, correspondiendo a los primeros la incoación e instrucción de los expedientes y a la segunda su resolución.

Es por lo que

R E S U E L V O:

1º) Modificar la delimitación del entorno del Bien de Interés Cultural, zona arqueológica del Barranco del Rey, término municipal de Arona, incoada con fecha 26 de octubre de 1993, por Resolución de la Consejería Insular de Cultura, Educación y Deportes de este Cabildo (B.O.C. nº 161, de 22.12.93), según la descripción que figura en los anexos I y II de esta Resolución.

2º) Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, abriendo un nuevo periodo de información pública, a fin de que cuantos tengan interés puedan examinar el expediente y aducir lo que estimen procedente durante el plazo de veinte (20) días, computado a partir del día siguiente a dicha publicación, a cuyo efecto podrá ser examinado por los interesados en la Unidad de Patrimonio Histórico, Palacio Insular, Plaza de España, Santa Cruz de Tenerife, de lunes a viernes, de 9,00 a 13,00 horas.”

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de mayo de 1995.- El Consejero Insular del Área de Cultura, Educación y Deportes, Marcos Brito Gutiérrez.

A N E X O I

La delimitación del entorno del Bien de Interés Cultural, zona arqueológica del Barranco del Rey, en el término municipal de Arona, queda delimitado por las siguientes coordenadas U.T.M. de las hojas Lercar 1/5.000: 187 y 195 (Tenerife):

3.107.000/334.370; 3.106.900/334.325;

3.106.800/334.290; 3.106.700/334.250;

3.106.600/334.210; 3.106.500/334.175;

3.106.400/334.175; 3.106.300/334.200

3.106.200/334.200; 3.106.100/334.175;

3.106.000/334.050; 3.105.900/334.000;

3.105.800/333.725; 3.105.750/333.310;

3.105.750/333.000; 3.107.300/334.740;

3.107.590/334.465

<FALTA IMAGEN NO SOPORTADA EN VIDEOTEX>

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