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BOC Nº 069. Viernes 2 de Junio de 1995 - 1057

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Educación, Cultura y Deportes

1057 - RESOLUCIÓN de 4 de mayo de 1995, de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, por la que se convocan dos cursos de Actualización Tecnológica y Didáctica.

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La Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (L.O.G.S.E.) considera la formación permanente del profesorado como un derecho y una obligación del profesorado, así como una responsabilidad de las Administraciones educativas.

También establece la conveniencia de acercar los procesos de enseñanza-aprendizaje a la realidad laboral y lograr que la oferta educativa de Formación Profesional coincida con demandas del entorno socio-económico. Establecida la oferta de ciclos formativos para el curso escolar 1995/96, y con el fin de favorecer la implantación de los mismos, esta Dirección General desarrolla un Plan de Actualización para el profesorado de F.P., dentro del que se contemplan tanto la actualización tecnológica como didáctica. En este colectivo de Profesores/as se encuentra el profesorado que en el futuro impartirá los ciclos formativos de la familia de Electricidad y Electrónica.

Por todo ello,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar dos cursos de Actualización Tecnológica y Didáctica de 200 horas de duración, dirigidos al profesorado de Enseñanza Secundaria y al profesorado técnico de Formación Profesional, de la rama de Electricidad-Electrónica, especialidad Electricidad, destinados en centros públicos dependientes de esta Consejería.

Segundo.- Uno de los cursos se celebrará en la isla de Tenerife y el otro en la isla de Gran Canaria. El número total de plazas es de 30 para cada curso, cuya distribución figura en el anexo I.

En caso de no cubrirse la totalidad de las plazas de una isla, según distribución del anexo I, éstas podrán ser adjudicadas a los/as solicitantes de otras islas.

ORGANIZACIÓN

Tercero.- La organización de los cursos corresponde a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, siendo condición indispensable para su celebración que el número de candidatos que cumplan las condiciones exigidas más adelante, sea superior a 20 en cada uno de los cursos.

Cuarto.- Para llevar a cabo los aspectos de diseño, organización y dirección de los mismos, esta Dirección General nombrará un/a Director/a por curso.

CARACTERÍSTICAS DE LOS CURSOS

Quinto.- Los contenidos de los cursos se organizarán en un módulo de 150 horas, y un módulo de prácticas y evaluación de 50 horas.

MÓDULO I HORAS

- Programación 30

- Normativas de instalaciones (Unión Europea).

- Proyectos de instalaciones, aplicaciones informáticas de cálculo y diseño (CAD/CAM). - Automatismos: neumáticos, hidráulicos. Aplicaciones y control.

- Automatización de viviendas y edificios. “Domótica” y edificios inteligentes.

- Informática técnica e industrial. Comunicaciones industriales.

- Calidad y fiabilidad.

- Seguridad en las instalaciones 120 MÓDULO II HORAS - Desarrollo práctico en el aula 40 - Evaluación 10 Sexto.- Los cursos se organizarán en cuatro fases con las siguientes características: FASE MODALIDAD DURACIÓN PERIODO 1ª Presencial 60 horas junio-julio 2ª Presencial 90 horas septiembre 3ª Prácticas 40 horas octubre-diciembre 4ª Presencial 10 horas enero Cada fase estará articulada de la siguiente forma:

1ª Fase: 60 horas presenciales en horario de mañana o tarde en los meses de junio y julio.

2ª Fase: 90 horas presenciales en horario de mañana o tarde en el mes de septiembre.

3ª fase: desarrollo práctico en el aula de experiencias educativas diseñadas en las fases 1ª y 2ª.

4ª fase: dos sesiones con el objetivo de exponer, analizar y valorar lo diseñado y realizado en la fase 3ª. Con tal fin, los participantes presentarán una memoria individual antes del comienzo de la 4ª fase, que contendrá también una programación para el siguiente curso escolar, en base a lo experimentado en éste. Esta memoria se expondrá públicamente en el transcurso de las sesiones.

Séptimo.- Las características del curso hacen que sea imprescindible para seguir el mismo estar ejerciendo docencia directa en un centro de enseñanza. Si algún asistente resultara seleccionado para ocupar un puesto de trabajo fuera del aula durante la celebración del curso, sería automáticamente excluido del mismo. Octavo.- A aquellos/as Profesores/as que realicen el curso en una isla diferente a la de su destino, se les facilitará por parte de esta Dirección General el desplazamiento (ida y vuelta correspondiente al comienzo y finalización de cada fase presencial), alojamiento y manutención durante las mismas.

Noveno.- Durante la fase de prácticas (3ª fase) se desarrollarán con el alumnado propuestas metodológicas y curriculares orientadas por la dirección del curso.

Décimo.- La asistencia al curso no supondrá alteración alguna en el horario que tenga asignado cada Profesor/a en su centro de trabajo, a excepción de las disposiciones que esta Dirección General considere oportunas.

Undécimo.- El profesorado deberá asistir al menos al 90% del total de horas de las fases presenciales.

REQUISITOS DE SELECCIÓN

Duodécimo.- Podrán solicitar la asistencia al curso quienes reúnan las siguientes condiciones:

12.1. Ser Profesor/a (en este orden de prioridad: 1º funcionario de carrera, 2º interino acogido al pacto de estabilidad y 3º contratado laboral) de Enseñanza Secundaria o Técnico de Formación Profesional, de la rama de Electricidad-Electrónica, especialidad Electricidad, en un centro público de la Comunidad Autónoma de Canarias.

En cada orden de prioridad tendrá preferencia el profesorado que se encuentre destinado en centros LOGSE, a continuación tendrá preferencia aquel que imparta módulos profesionales durante el curso 1994/95.

12.2. Haber impartido docencia durante, al menos, un curso escolar completo.

Decimotercero.- El profesorado que opte por esta modalidad de formación, no podrá participar en otras actividades de formación de más de 50 horas de duración, convocadas por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, durante la celebración del curso.

Decimocuarto.- El profesorado que realice este curso podrá ser requerido por la Administración educativa para exponer sus experiencias y trabajos a otros/as Profesores/as que realicen actividades de formación convocadas por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Canarias. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN

Decimoquinto.- Las solicitudes se presentarán, según el anexo II, en la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, en las Direcciones Territoriales o en las Oficinas Insulares de Educación, en el plazo de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución.

A la solicitud se acompañarán la documentación acreditativa de los méritos alegados y, además, los siguientes documentos:

15.1. Fotocopia autenticada del título administrativo actualizado en el caso de los/as funcionarios/as de carrera.

15.2. Fotocopia autenticada de los distintos nombramientos en caso de ser funcionario/a en prácticas o interino/a acogido/a al pacto de estabilidad.

15.3. Certificado del Secretario/a o en su defecto del Director/a del centro, o de los diferentes centros, donde se haga constar que cumple el requisito de haber impartido docencia durante un curso completo.

15.4. Para el profesorado que imparta docencia en módulos profesionales durante el curso escolar 1994/95, certificado del Secretario/a o en su defecto del Director/a del centro, donde se haga constar dicha circunstancia.

Decimosexto.- Serán desestimadas aquellas solicitudes que no estén debidamente cumplimentadas y las que no vayan acompañadas por los documentos a que hace referencia el apartado anterior.

Decimoséptimo.- No serán tenidos en cuenta, ni por consiguiente valorados, aquellos méritos que los aspirantes aleguen y no acrediten suficientemente, así como los que se expongan y justifiquen fuera del plazo de presentación de solicitudes.

COMISIÓN DE SELECCIÓN

Decimoctavo.- La selección del profesorado solicitante será realizada por una Comisión formada por:

- Dos representantes de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, de los que uno/a actuará como Presidente.

- Dos Asesores/as de CEP.

- El Director o la Directora del curso. - Un/a funcionario/a de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que actuará como Secretario/a.

A las sesiones de trabajo que programe la Comisión de Selección, podrá asistir un/a representante de cada organización sindical de las que integran la Mesa Sectorial, debidamente acreditado/a al efecto. Se podrán adjuntar al acta de la sesión correspondiente cuantas observaciones crean oportunas.

Decimonoveno.- La Comisión de Selección valorará los méritos alegados por las personas solicitantes según el baremo establecido en el anexo III.

PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS PLAZAS

Vigésimo.- La relación provisional del profesorado preseleccionado, y no seleccionado con expresión de las puntuaciones totales alcanzadas, así como del excluido, se harán públicas en cada Dirección Territorial y en las Oficinas Insulares de Educación. Se establecerá un plazo de reclamación de cinco días naturales, con el fin de que las personas interesadas puedan alegar cuanto estimen oportuno en relación a la misma. En idéntico plazo, se podrá presentar renuncia a la participación en la convocatoria. Las vacantes derivadas de las renuncias aceptadas serán cubiertas por los/as aspirantes de la misma isla en orden decreciente de puntuación.

Una vez estudiadas las reclamaciones y/o renuncias presentadas, se hará igualmente pública la relación definitiva del profesorado admitido.

Vigesimoprimero.- En caso de empate en la puntuación total de dos o más aspirantes, éste se dirimirá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el apartado 1 del baremo del anexo III.

Vigesimosegundo.- Los/as solicitantes admitidos/as recibirán en su momento las instrucciones correspondientes para la incorporación al curso (desplazamientos, lugar, fechas, etc.).

Vigesimotercero.- Los solicitantes admitidos que no habiendo presentado su renuncia al curso en el plazo adecuado, no asistan al mismo en la primera semana sin causa justificada, no podrán optar a esta modalidad de formación durante dos años.

EVALUACIÓN

Vigesimocuarto.- La evaluación de los/as asistentes y del curso será realizada por una Comisión de Evaluación formada por: - El Director o la Directora del curso.

- Un/a representante del profesorado asistente.

- Un/a representante de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

24.1. Para la evaluación de los cursillistas se tendrán en cuenta:

- La asistencia y participación en las fases presenciales.

- Los diseños y realizaciones de la fase práctica, tal y como se indican en el apartado sexto de la presente Resolución.

- Las memorias finales, que se entregarán antes de su presentación pública al Director/a del curso.

- El informe del Director/a del curso.

El cumplimiento de la totalidad de las bases de la presente convocatoria será condición inexcusable para la superación del curso.

24.2. La evaluación global de los cursillistas se expresará en los términos de “apto” o “no apto”.

24.3. La Comisión de Evaluación se reunirá, al menos, una vez durante cada una de las fases del curso.

Vigesimoquinto.- La asistencia de cada cursillista deberá ser, al menos, del 90% del tiempo de duración de las fases presenciales. Asimismo, deberán asistir a las reuniones de seguimiento de la fase práctica y llevar a cabo los trabajos de aplicación diseñados en la fase presencial con las reformulaciones que fueran pertinentes. En caso contrario la persona asistente será dada de baja, previo informe del Director/a del curso.

Vigesimosexto.- El profesorado que haya superado todas las fases del curso recibirá, al finalizar el mismo, un certificado expedido por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa. En ningún caso se certificará la asistencia a las fases por separado.

INTERPRETACIÓN DE LA PRESENTE RESOLUCIÓN, RETIRADA DE DOCUMENTOS Y RECLAMACIONES

Vigesimoséptimo.- Corresponde a la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa resolver cualquier duda o reclamación que se plantee acerca de la interpretación de la presente Resolución, así como la ampliación de los plazos fijados en la misma y la modificación de algunos aspectos organizativos, si fuera necesario.

Vigesimoctavo.- La documentación presentada por los/as concursantes podrá retirarse una vez finalizado el curso y en un plazo no superior a tres meses, en las siguientes dependencias:

a) Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa (calle José Antonio de Zárate y Penichet, Edificio Arco Iris, 4, planta baja, Santa Cruz de Tenerife).

b) Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa (calle León y Castillo, 57, 4ª, Las Palmas de Gran Canaria).

Vigesimonoveno.- La participación en esta convocatoria supone la aceptación de las bases contenidas en la presente Resolución.

Trigésimo.- Contra esta Resolución y sus bases, podrán las personas interesadas interponer recurso ordinario ante el Viceconsejero de Educación en el plazo de un mes a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, según Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Trigesimoprimero.- Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de mayo de 1995.- La Directora General de Ordenación e Innovación Educativa, Esther García González.

A N E X O I

DISTRIBUCIÓN DE LAS PLAZAS

Para el curso a celebrar en Las Palmas:

Isla de Gran Canaria 26 plazas

Isla de Fuerteventura 2 plazas

Isla de Lanzarote 2 plazas

Para el curso a celebrar en Santa Cruz de Tenerife:

Isla de Tenerife 25 plazas

Isla de La Palma 4 plazas

Isla de El Hierro 1 plaza A N E X O I I

MODELO DE SOLICITUD

El/la Profesor/a cuyos datos figuran a continuación:

1. DATOS PERSONALES:

Apellidos .................................................................... Nombre ....................................................................... D.N.I. .......................................................................... Domicilio ................................................................... Localidad .................................................................... Isla .............................................................................. Teléfono particular .....................................................

2. DATOS PROFESIONALES:

Titulación ................................................................... Especialidad ............................................................... Centro de destino ....................................................... Dirección .................................................................... Localidad .................................................................... Isla .............................................................................. N.R.P. ......................................................................... Código del Centro (llenar adecuadamente) ............... Teléfono del centro ....................................................

3. RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE ACOMPAÑA: ..................................................................................... ..................................................................................... ..................................................................................... ..................................................................................... ..................................................................................... .....................................................................................

Solicita se le conceda una plaza para asistir al curso de Actualización Tecnológica y Didáctica para el profesorado de Enseñanza Secundaria y profesorado técnico de Formación Profesional de la especialidad de Electricidad convocado por Resolución ................., B.O.C. ................., que se celebrará en .............................................................. .

En ....................., a ...... de ............................ de 1995.

Firma del/a interesado/a:

A N E X O I I I

BAREMO

En todos los casos los méritos se referirán a actividades concluidas antes de la fecha de presentación de la solicitud. La acreditación de méritos se realizará, en todos los casos, mediante documentos legalizados, ya que de otro modo los méritos alegados no podrán ser valorados.

1. Experiencia docente directa: máximo 10 puntos.

1.1. Por ejercer docencia directa en centros educativos:

- hasta 5 puntos - 1 punto por curso

- Documentación acreditativa: certificado del centro u hoja de servicios.

1.2. Realización de experiencias docentes en el aula a través de proyectos de innovación aprobados por la Administración educativa, como participante:

- hasta 2,5 puntos - 0,25 por proyecto

- Documentación acreditativa: fotocopia autenticada del certificado.

1.3. Por impartición de materias en las Enseñanzas Experimentales, anticipación Logse o Módulos Profesionales (sólo se valorará una de las circunstancias contempladas por curso):

- hasta 2,5 puntos - 0,25 por curso

- Documentación acreditativa: fotocopia autenticada de la certificación correspondiente.

2. Experiencia en tareas de formación y perfeccionamiento del profesorado y de coordinación en tareas de renovación e innovación de las enseñanzas: máximo 8 puntos.

2.1. Por dirección de proyectos de innovación educativa aprobados por la Administración educativa:

- hasta 1 punto - 0,5 por proyecto

- Documentación acreditativa: fotocopia autenticada del certificado.

2.2. Dirección, organización y coordinación de actividades de perfeccionamiento y formación:

- hasta 1 punto, que se computará sumando las horas de todas las actividades alegadas y dividiéndolas en módulos de 10 horas, despreciando las fracciones y asignándoseles la siguiente puntuación: 2.2.1. Si son organizadas por las Administraciones educativas y Universidades: 0,10 puntos por módulo.

2.2.2. Si son organizadas por otras entidades: 0,05 puntos por módulo.

- Documentación acreditativa: fotocopia autenticada del certificado.

2.3. Desempeño de tareas de coordinación en la Reforma de las Enseñanzas y anticipación Logse:

- hasta 3 puntos - 0,5 por año

- Documentación acreditativa: fotocopia autenticada del nombramiento.

2.4. Por impartición de actividades de perfeccionamiento y formación del profesorado:

- hasta 3 puntos, que se computarán sumando las horas de todas las actividades alegadas y dividiéndolas en módulos de 10 horas, despreciándose las fracciones, a los que se les asignará la siguiente puntuación:

2.4.1. Organizadas por las Administraciones educativas y Universidades: 0,20 puntos por cada módulo.

2.4.2. Organizadas por otras entidades: 0,10 puntos por módulo.

- Documentación acreditativa: fotocopia autenticada del certificado o documento que lo avale.

3. Formación personal: máximo 10 puntos.

3.1. Por asistencia a actividades de formación y perfeccionamiento, directamente relacionadas con la plaza a la que se opta (entendidas en sus distintas modalidades: grupos de trabajo, seminarios, grupos estables, equipos de centro, cursos, etc.), que se computarán sumando las horas de todas las actividades alegadas y dividiéndolas en módulos de 10 horas, despreciándose las fracciones, que se les asignará la siguiente puntuación:

3.1.1. Organizadas por las Administraciones educativas y Universidades: 0,10 puntos por cada módulo.

3.1.2. Organizadas por otras entidades: 0,05 puntos por cada módulo.

- Documentación acreditativa: fotocopia autenticada del certificado o documento que lo avale, especificando número de horas de la actividad realizada, excluyéndose los certificados que no lo indiquen. 4. Otros méritos: máximo 3 puntos.

4.1. Publicaciones: máximo 1,5 puntos.

- Documentación acreditativa: un ejemplar de cada publicación; en libros con ISBN o Depósito Legal; en revistas, con ISBN o Depósito Legal, salvo exenciones legales.

4.2. Por presentación de ponencias y comunicaciones a congresos, jornadas y reuniones similares:

- máximo 1 punto - 0,1 punto por actividad

- Documentación acreditativa: fotocopia autenticada del certificado o documento que lo avale.

4.3. Por asistencia a congresos, jornadas y reuniones similares:

- máximo 0,5 puntos - 0,1 por asistencia

- Documentación acreditativa: fotocopia autenticada del certificado.

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