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R E S U E L V O:
Notificar a la persona referenciada la Propuesta de Resolución recaída en el expediente administrativo de desahucio que le ha sido instruido y cuya parte dispositiva dice textualmente:
PROPUESTA:
- Desahuciar a D. Francisco Suárez Santana, adjudicatario de la vivienda de promoción pública sita en el Valle de Jinámar, fase II, bloque 12, 11ēD, término municipal de Telde, al estar incurso en la causa especial 6Ē de desahucio administrativo, prevista en el artē. 138 del Decreto 2.114/1968, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, publicado en el B.O.E. de 7 de septiembre de 1968, al no destinar a domicilio habitual y permanente la vivienda objeto de esta propuesta.
El lanzamiento será ejecutado por esta Dirección General, que designará la/s persona/s que haya/n de llevarlo a efecto, pudiendo recabar si lo estima necesario la ayuda de los agentes de la autoridad.
Contra la presente Propuesta de Resolución podrá el interesado formular alegaciones en el plazo de ocho días, contados a partir de la publicación de la presente, de conformidad con lo establecido en el artículo 142 del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial.
Las Palmas de Gran Canaria, a 3 de mayo de 1995.- El Director General de Vivienda, José María Senante Mascareño.
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