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1995/068 - Miércoles 31 de Mayo de 1995

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
C.Trabajo y Función Pública

Regresar al sumario 1029 ORDEN de 24 de mayo de 1995, por la que se deja sin efecto la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo en la extinta Consejería de Industria, Comercio y Consumo, aprobada por Orden de esta Consejería de 10 de febrero de 1993 (B.O.C. nş 22, de 19.2.93).

Vista la Orden de esta Consejería de 10 de febrero de 1993 (B.O.C. nş 22, de 19.2.93), por la que se convocó, por el procedimiento de libre designación, la provisión del puesto de trabajo nş 15.02.01.001 (Secretaria/o Alto Cargo), perteneciente a la extinta Consejería de Industria, Comercio y Consumo.

Vista la propuesta efectuada por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria y Comercio, en orden a que quede sin efecto la mencionada convocatoria.

Considerando que en virtud del Decreto 62/1993, de 13 de abril, de Reestructuración de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, la extinta Consejería de Industria, Comercio y Consumo pasó a denominarse de Industria y Comercio, implicando como consecuencia de ello el cambio de titularidad del Departamento, operado por Decreto del Presidente nş 72/1993, de 12 de abril (B.O.C. nş 46, de 13.4.93).

Considerando que el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo convocado llevan consigo una relación de especial confianza, y a la vista de que las solicitudes presentadas lo fueron ante titular y Departamento distintos de los existentes en la actualidad.

Vistas las disposiciones de aplicación, y en el ejercicio de las competencias que ostento,

D I S P O N G O:

Primero.- Dejar sin efecto la convocatoria para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo nş 15.02.01.001, denominado “Secretario/a de Alto Cargo”, perteneciente a la extinta Consejería de Industria, Comercio y Consumo, aprobada por Orden de esta Consejería de 10 de febrero de 1993 (B.O.C. nş 22, de 19.2.93).

Segundo.- Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación a la Consejería de Trabajo y Función Pública, exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de mayo de 1995.

EL CONSEJERO DE TRABAJO

Y FUNCIÓN PÚBLICA,

Francisco José Rodríguez-Batllori Sánchez.

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