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No teniendo constancia esta Dirección Territorial de Salud del domicilio del Bar La Alhambra, y siendo preciso notificarle la Resolución correspondiente al expediente incoado contra el mismo, conforme al artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
R E S U E L V O:
Notificar a D. Youssef Mohamed Dayakh, propietario del Bar La Alhambra, la Resolución recaída en el expediente que ha sido instruido, por infracción de la legislación sanitaria.
Contra la Resolución que por la presente se le notifica podrá interponer recurso ordinario ante la Dirección General de Salud Pública, en el plazo de 30 días, contados a partir de la publicación de esta Resolución.
- TITULAR: Bar La Alhambra del que es propietario D. Youssef Mohamed Dayakh. - Nº EXPEDIENTE: 17/1994. - POBLACIÓN: Santa Cruz de Tenerife. - HECHOS INFRACTORES: falta instalar el agua caliente. Continúa sin cerrarse la parte baja del fregadero. - PRECEPTOS INFRINGIDOS: artículo 3º, punto 4; artículo 4º, punto 8, del Real Decreto 2.817/1983, de 13 de octubre, por el que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria de los comedores colectivos, en relación con el artículo 35.A).1ª y 3ª de la Ley 14/1986, General de Sanidad. Y al haber hecho caso omiso a los requerimientos de la Autoridad Sanitaria, Real Decreto 1.945/1983, de 22 de junio. - SANCIÓN: leve. - CUANTÍA: cincuenta mil (50.000) pesetas.
Santa Cruz de Tenerife, a 8 de marzo de 1995.- El Director Territorial de Salud, Rafael Claverie García de Paredes.
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