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BOC Nº 066. Viernes 26 de Mayo de 1995 - 982

I. DISPOSICIONES GENERALES - C.Educación, Cultura y Deportes

982 - ORDEN de 2 de mayo de 1995, por la que se regulan los ficheros de tratamiento automatizado de datos de carácter personal.

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La disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre (RCL 1992, 2347), de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal (LORTAD), establece que, dentro del año siguiente a su entrada en vigor, las Administraciones Públicas responsables de ficheros de este carácter ya existentes, deberán adoptar una disposición reguladora de los mismos cuando carezca de regulación o adaptar la que existiera.

En su virtud, y de conformidad con la disposición adicional segunda de la citada Ley,

D I S P O N G O:

Primero.- Los ficheros automatizados con datos de carácter personal de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, existentes a la entrada en vigor de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, que se regulan por esta disposición, de conformidad con el artículo 18 de la Ley citada, son los que se relacionan en el anexo I de esta resolución.

Segundo.- Los responsables de los ficheros automatizados de referencia adoptarán las medidas necesarias para asegurar que los datos automatizados de carácter personal existentes se usan para las finalidades para las que fueron recogidos, que son las que se concretan en esta resolución.

Tercero.- Los afectados de los ficheros automatizados pueden ejercitar su derecho de acceso, rectificación y cancelación de datos, cuando proceda, ante el órgano que para cada fichero automatizado se concreta en esta resolución.

Cuarto.- Los responsables de los ficheros automatizados advertirán expresamente a los cesionarios de datos de carácter personal de su obligación de dedicarlos exclusivamente a la finalidad para la que se ceden, de conformidad con el artículo 4.2 de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal.

Quinto.- Se modifica la Orden de 7 de noviembre de 1994 publicada en el B.O.C. nº 144, de 25.11.94) en los términos del anexo II.

Sexto.- La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de mayo de 1995.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, José Mendoza Cabrera.

A N E X O I

Ficheros automatizados con datos de carácter personal de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Ficheros Automatizados de las Direcciones Generales

Número 01 Fichero automatizado de Adjudicación de destinos provisionales (ADJUDICA)

1. Responsable: Dirección General de Personal.

2. Finalidad: control informático de la adjudicación de destinos provisionales de enseñanzas medias.

3. Uso: gestión:

- De personal.

- Del control de la adjudicación de destinos.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Personas físicas con relación funcionarial o contractual con la Consejería de Educación, Cultura y Deportes que participan en la adjudicación de destinos provisionales.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Procedentes de bases de datos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, solicitudes, declaraciones y/o formularios.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Tipos de datos:

- De carácter identificativo.

- De detalle de empleo y carrera administrativa.

7. Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

8. Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: Dirección General de Personal.

9. Disposiciones que amparan el fichero automatizado: Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Decreto 305/1991, de 21 de noviembre, B.O.C. 161 de 9 de diciembre de 1991.

Número 02 Fichero automatizado de Oposiciones 1994 (OPOSITA)

1. Responsable: Dirección General de Personal.

2. Finalidad: control informático de personal admitido tras superar el concurso-oposición.

3. Uso: gestión:

- De personal.

- De control del concurso-oposición.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Profesorado que ha superado el concurso-oposición.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Declaraciones y/o formularios.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Tipos de datos:

- De carácter identificativo.

- De características personales.

- Académicos y profesionales.

7. Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

8. Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: Dirección General de Personal.

9. Disposiciones que amparan el fichero automatizado: Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Decreto 305/1991, de 21 de noviembre, B.O.C. 161 de 9 de diciembre de 1991. Número 03 Fichero automatizado de Control del profesorado de enseñanzas medias (Mprofes)

1. Responsable: Dirección General de Personal.

2. Finalidad: gestión de los profesores de enseñanzas medias relativos a centros de destino y servicio, asignaturas que imparten y situación administrativa.

3. Uso: gestión:

- De personal. - De Centros.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Profesores de enseñanzas medias de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Declaraciones o formularios.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Tipo de datos:

- De carácter identificativo.

- Académicos y profesionales.

- De detalles de empleo y carrera administrativa.

7. Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

8. Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: Dirección General de Personal.

9. Disposiciones que amparan el fichero automatizado: Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Decreto 305/1991, de 21 de noviembre, B.O.C. 161 de 9 de diciembre de 1991.

Número 04 Fichero automatizado de seguros sociales (FISEGU)

1. Responsable: Dirección General de Personal.

2. Finalidad: control informático de la gestión de los seguros sociales del personal docente dependiente de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

3. Uso: gestión:

- De personal. - De los seguros sociales.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Personal docente dependiente de esta Consejería.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Declaraciones o formularios.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Tipo de datos:

- De carácter identificativo.

- De detalles de empleo y carrera administrativa.

- De carácter económico-financiero.

7. Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

8. Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: Dirección General de Personal.

9. Disposiciones que amparan el fichero automatizado: Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Decreto 305/1991, de 21 de noviembre, B.O.C. 161 de 9 de diciembre de 1991.

Número 05 Fichero automatizado de Centros concertados (CONCERTA)

1. Responsable: Dirección General de Personal.

2. Finalidad: control informático de los Centros con relación concertada con la Consejería de Educación, Cultura y Deportes así como de su personal. 3. Uso: gestión:

- De personal.

- De Centros Concertados. 4. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Los responsables y el profesorado de los centros concertados.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Declaraciones o formularios.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Tipos de datos:

- De carácter identificativo.

- De características personales.

- De detalles del empleo y carrera administrativa.

- Económico-Financieros.

7. Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

8. Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: Dirección General de Personal.

9. Disposiciones que amparan el fichero automatizado: Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Decreto 305/1991 de 21 de noviembre, B.O.C. 161 de 9 de diciembre de 1991.

Número 06 Fichero automatizado de Concurso de puestos singulares (SINGULAR)

1. Responsable: Dirección General de Personal.

2. Finalidad: control informático de la adjudicación y baremación del concurso de puestos singulares (Residencias Escolares, Centros de Formación de Adultos y S.T.O.E.P.).

3. Uso: gestión:

- De personal.

- Del control del concurso.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

El profesorado que participa en el concurso de méritos. 5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Declaraciones o formularios.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Tipo de datos:

- De carácter identificativo.

- De detalles de empleo y carrera administrativa.

7. Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

8. Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: Dirección General de Personal.

9. Disposiciones que amparan el fichero automatizado: Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Decreto 305/1991, de 21 de noviembre, B.O.C. 161 de 9 de diciembre de 1991.

Número 07 Fichero automatizado de Control de permisos, licencias, autorizaciones, documentos en trámite y directores de centros (GESFICH)

1. Responsable: Dirección General de Personal.

2. Finalidad: control informático del fichero de permisos, licencias, autorizaciones, documentos en trámite y Directores de Centros.

3. Uso: gestión:

- De personal.

- De documentos en trámite.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Personal docente con relación funcionarial con la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Declaraciones o formularios.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo: Tipos de datos:

- De carácter identificativo.

- De detalles de empleo y carrera administrativa.

- Otros datos especialmente protegidos (artº. 7.3).

7. Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

8. Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: Dirección General de Personal.

9. Disposiciones que amparan el fichero automatizado: Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Decreto 305/1991, de 21 de noviembre, B.O.C. 161 de 9 de diciembre de 1991.

Número 08 Fichero automatizado de Gestión de subvenciones (GESAPAS)

1. Responsable: Dirección General de Promoción Educativa.

2. Finalidad: control informático de la gestión de subvenciones a Asociaciones de Padres de Alumnos, Asociaciones de Alumnos, Confederaciones de Padres de Alumnos y Confederaciones de Alumnos.

3. Uso: gestión:

- De asociaciones y confederaciones.

- Del control de la gestión de subvenciones.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Presidentes, Secretarios o cualquier miembro de Juntas Directivas de Asociaciones de Padres de Alumnos, Federaciones y Confederaciones de Padres de Alumnos, Asociaciones de Alumnos y Federaciones y Confederaciones de Alumnos que soliciten subvención para su financiación.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Declaraciones y/o formularios.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Tipos de datos:

- De carácter identificativo. - De transacciones.

7. Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

8. Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: Dirección General de Promoción Educativa.

9. Disposiciones que amparan el fichero automatizado: Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Decreto 305/1991, de 21 de noviembre, B.O.C. 161 de 9 de diciembre de 1991.

Número 09 Fichero automatizado de Gestión de transporte escolar (GESTRANS)

1. Responsable: Dirección General de Promoción Educativa.

2. Finalidad: control informático de la gestión del transporte discrecional de alumnos.

3. Uso: gestión:

- De alumnado que utiliza transporte escolar.

- De contratos a empresas de transporte.

- De vehículos.

- De itinerarios y paradas.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Responsables de las empresas de transporte con relación contractual con la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, así como padres/tutores de alumnos que solicitan transporte escolar.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal: Declaraciones y/o formularios.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Tipos de datos:

- De carácter identificativo.

- De características personales.

- De transacciones.

7. Cesiones de datos que se prevén: ninguna. 8. Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: Dirección General de Promoción Educativa.

9. Disposiciones que amparan el fichero automatizado: Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Decreto 305/1991, de 21 de noviembre, B.O.C. 161 de 9 de diciembre de 1991.

Número 10 Fichero automatizado de Control de residencias escolares (GESRESID)

1. Responsable: Dirección General de Promoción Educativa.

2. Finalidad: gestión de admisión de alumnos en residencias escolares.

3. Uso: gestión:

- De alumnado.

- Del control de la admisión.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Solicitantes de plazas en residencias escolares.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Declaraciones o formularios.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Tipos de datos:

- De carácter identificativo.

- De características personales.

- Académicos y profesionales.

- De transacciones.

7. Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

8. Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: Dirección General de Promoción Educativa.

9. Disposiciones que amparan el fichero automatizado: Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Decreto 305/1991, de 21 de noviembre, B.O.C. 161 de 9 de diciembre de 1991. Número 11 Fichero automatizado de Comedores escolares (GESCOME) 1. Responsable: Dirección General de Promoción Educativa.

2. Finalidad: control informático de la gestión de los comedores escolares.

3. Uso: gestión:

- De ayudas económicas a alumnos que utilizan comedor escolar.

- De personal encargado de comedor.

- De justificaciones de gastos.

- Del número de comensales.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Directores de centros y solicitantes de ayudas para comedores escolares.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Declaraciones o formularios.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Tipos de datos:

- De carácter identificativo.

- De empleo y carrera administrativa.

- De carácter económico-financiero.

- De transacciones.

7. Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

8. Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: Dirección General de Promoción Educativa.

9. Disposiciones que amparan el fichero automatizado: Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Decreto 305/1991, de 21 de noviembre, B.O.C. 161 de 9 de diciembre de 1991.

Número 12 Fichero automatizado de Contratos de centros concertados (GESCCON) 1. Responsable: Dirección General de Promoción Educativa.

2. Finalidad: control informático de los contratos de concierto con centros educativos de carácter privado.

3. Uso: gestión:

- De los contratos de concierto con centros privados. 4. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Los responsables de los centros en régimen de concierto con la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Declaraciones o formularios.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Tipos de datos:

- De carácter identificativo.

- De transacciones.

7. Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

8. Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: Dirección General de Promoción Educativa.

9. Disposiciones que amparan el fichero automatizado: Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Decreto 305/1991, de 21 de noviembre, B.O.C. 161 de 9 de diciembre de 1991.

Número 13 Fichero automatizado de Diplomas (GESDIPLO)

1. Responsable: Dirección General de Promoción Educativa.

2. Finalidad: control informático de entrega y custodia de certificados y diplomas de asistencia y/o aprovechamiento de cursos y cursillos de actualización y formación científico-didáctico.

3. Uso: gestión:

- De personal. - De Certificaciones y Diplomas.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Personal que asiste a los cursos de actualización y formación.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Declaraciones o formularios.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Tipos de datos:

- De carácter identificativo.

- De detalles de empleo y carrera administrativa.

7. Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

8. Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: Dirección General de Promoción Educativa.

9. Disposiciones que amparan el fichero automatizado: Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Decreto 305/1991, de 21 de noviembre, B.O.C. 161 de 9 de diciembre de 1991.

Número 14 Fichero automatizado de Gestión de dietas de recorrido (GESDIETA)

1. Responsable: Dirección General de Promoción Educativa.

2. Finalidad: control informático de la gestión del pago de dietas por transporte o viajes a funcionarios.

3. Uso: gestión:

- De personal.

- De control de rutas utilizadas.

- De pago de dietas.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Funcionarios con derecho a percepción de dietas por transporte. 5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Declaraciones y/o formularios.

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Tipos de datos:

- De carácter identificativo.

- De características personales.

- Económico-Financiero.

- De detalles de empleo y carrera administrativa.

- De transacciones.

7. Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

8. Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: Dirección General de Promoción Educativa.

9. Disposiciones que amparan el fichero automatizado: Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Decreto 305/1991, de 21 de noviembre, B.O.C. 161 de 9 de diciembre de 1991.

Número 15 Fichero automatizado de Gestión de documentos contables (GESCONTA)

1.- Responsable: Dirección General de Promoción Educativa.

2.- Finalidad: control informático de la gestión del pago por documetnos contables.

3.- Uso: gestión:

- De personal. - De facturas. - De pagos.

4. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos:

Personas con derecho a pago previa justificación a través de facturas.

5. Procedimiento de recogida de datos de carácter personal:

Declaraciones y/o formularios. 6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Tipos de datos:

- De carácter identificativo.

- Económico-Financiero.

- De transacciones. 7. Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

8. Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación y cancelación cuando proceda: Dirección General de Promoción Educativa.

9. Disposiciones que amparan el fichero automatizado: Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Decreto 305/1991, de 21 de noviembre, B.O.C. 161 de 9 de diciembre de 1991.

A N E X O I I

Modificación de Ficheros automatizados con datos de carácter personal de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes

Ficheros Automatizados de las Direcciones Generales

Número 01 Fichero Automatizado de la Gestión administrativa de alumnos y profesores de centros (PINCEL)

Código de Inscripción: 1950330500.

Responsable: Dirección General de Centros.

Datos a modificar:

6. Estructura básica del fichero automatizado y descripción de los datos de carácter personal incluidos en el mismo:

Se añade:

Otros Datos Especialmente Protegidos (artº. 7.3).

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