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Visto lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que faculta a las Administraciones Públicas a corregir en cualquier momento errores materiales o de hecho, esta Dirección General
R E S U E L V E:
Corregir el error advertido en la forma que a continuación se expresa:
- En la página 2282, en el I.B. Alonso Pérez Díaz (La Palma),
Especialidad: Filosofía,
donde dice:
“Plantilla 3, ocupadas 4, libres -1”,
debe decir:
“Plantilla 3, ocupadas 3, libres 0”.
Especialidad: Matemáticas
donde dice:
“Plantilla 7, ocupadas 5, libres 2”,
debe decir:
“Plantilla 7, ocupadas 6, libres 1”.
- En la página 2283, en el I.B. San Benito (San Cristóbal de La Laguna),
Especialidad: Educación Física,
donde dice:
“Plantilla 0, ocupadas 1, libres -1”,
debe decir:
“Plantilla 1, ocupadas 1, libres 0”.
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