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PRIMERA
En la base cuarta de la convocatoria, donde dice:
“Cuarta.- Conceptos subvencionables.
En atención a lo expuesto, serán por tanto objeto de subvención:
a) Traídas y acometidas de servicios.
b) Obras de infraestructura.
c) Bienes de equipo.
d) Estudios, proyectos y trabajos técnicos.
e) Otras inversiones en activos fijos materiles.
Asimismo, los proyectos que pretendan beneficiarse de estas subvenciones no deberán autofinanciarse al menos en un 25%, no deberán haberse iniciado antes del 1 de enero de 1995.”
Debe decir:
“Cuarta.- Conceptos subvencionables.
En atención a lo expuesto, serán por tanto objeto de subvención:
a) Traídas y acometidas de servicios.
b) Obras de infraestructura.
c) Bienes de equipo.
d) Estudios, proyectos y trabajos técnicos.
e) Otras inversiones en activos fijos materiles.
Asimismo, los proyectos que pretendan beneficiarse de estas subvenciones que deberán autofinanciarse al menos en un 25%, no deberán haberse iniciado antes del 1 de enero de 1995.”
SEGUNDA
En el anexo II, en el párrafo EXPONE, deberá figurar además el punto siguiente.
- Que no se halla inhabilitado para recibir ayudas o subvenciones de la Administración Autonómica.
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