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BOC Nº 060. Lunes 15 de Mayo de 1995 - 888

III. OTRAS RESOLUCIONES - C.Economía y Hacienda

888 - RESOLUCIÓN de 21 de abril de 1995, de la Dirección General de Patrimonio y Contratación, por la que se dictan instrucciones sobre trámites a seguir para solicitar la concertación del arrendamiento de locales para ubicar dependencias de la Comunidad Autónoma de Canarias.

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La Dirección General de Patrimonio y Contratación tiene encomendada, entre otras, la competencia de la tramitación y firma de los contratos de arrendamiento de bienes inmuebles destinados a ubicar dependencias de la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con lo establecido en el artº. 85 y siguientes en relación con el 64 y siguientes del Reglamento para la aplicación de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias y artº. 20.3.a) y d) del Decreto Territorial 230/1991, de 20 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda.

A fin de que los distintos Departamentos, Instituciones y Organismos Autónomos de la Comunidad Autónoma de Canarias conozcan los trámites a seguir y la documentación a aportar en las solicitudes que se dirijan para la contratación en régimen de arrendamiento de bienes inmuebles que precisen,

Resuelvo aprobar las siguientes

INSTRUCCIONES

1. Las solicitudes para arrendar bienes inmuebles con destino a ubicar dependencias de la Comunidad Autónoma de Canarias, se dirigirán a la Dirección General de Patrimonio y Contratación por el Departamento, Institución u Organismo Autónomo que lo precise. En el caso de proponerse el sistema de adjudicación por contratación directa, la solicitud será sustituida por una propuesta justificada del titular.

2. A la citada propuesta se adjuntarán copias de los documentos contables debidamente contabilizados que acrediten cobertura económica para el periodo que se propone.

3. Asimismo, y en virtud de lo dispuesto en el artº. 36 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, se remitirá igualmente copia del documento contable de reserva de crédito con cargo a la clasificación económica 841.00 por el importe equivalente a dos mensualidades de renta, a efectos de constitución de la preceptiva fianza.

4. Para el caso de proponerse un/os local/es concretos por el sistema de adjudicación directa, se acompañará oferta del arrendador y documento acreditativo de propiedad (escritura, certificación registral, etc.).

5. Se pone en conocimiento de todos los interesados que una vez concluida la tramitación del correspondiente expediente se suscribirá contrato de arrendamiento por el titular de este Centro Directivo, que vendrá fechado el día de su firma, no siendo posible reconocer efectos retroactivos al mismo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de abril de 1995.- El Director General de Patrimonio y Contratación, Pedro Jorge Rodríguez Zaragoza.

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