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1995/039 - Viernes 31 de Marzo de 1995

V. ADMINISTRACIÓN LOCAL
C.I.de La Palma

Regresar al sumario 539 ANUNCIO de 21 de febrero de 1995, por el que se hace público el Decreto nº 82, de 20 de febrero de 1995, relativo a incoación de expediente de delimitación a favor de la zona arqueológica de Tigalate Hondo, término municipal de Mazo.

Visto el artículo 40.2 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, por el que se dispone que quedan declarados Bienes de Interés Cultural por ministerio de esta Ley, las cuevas, abrigos y lugares que contengan manifestaciones de arte rupestre.

Visto el artículo 11.2 de la citada Ley, que establece que “la resolución del expediente que declara un Bien de Interés Cultural deberá describirlo claramente, en el supuesto de inmuebles, delimitará el entorno afectado ...”, y de conformidad con el Decreto 60/1988, de transferencias de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de cultura, deportes y patrimonio histórico-artístico, en su artículo 4.2.a), y en relación con las facultades atribuidas a esta Presidencia por el artículo 34.1.l) de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local.

HE RESUELTO:

Primero: tener por incoado expediente de delimitación de la zona arqueológica de Tigalate Hondo, en el término municipal de Mazo, de acuerdo con la descripción y delimitación que figuran en los anexos I y II de este anuncio, y que obran en su expediente administrativo correspondiente.

Segundo: continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Tercero: hacer saber al Ayuntamiento de Mazo que, según lo dispuesto a estos efectos en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, la incoación de expediente para la delimitación determinará, en relación al Bien afectado, la aplicación provisional del mismo régimen de protección previsto para los Bienes declarados de Interés Cultural (artículo 11), y que todas las obras que afecten a la zona cuya delimitación se pretende no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente por el Excmo. Cabildo Insular de La Palma, artículo 2.3.c) del Decreto 60/1988, de 12 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de cultura, deportes y patrimonio histórico-artístico insular.

Cuarto: publicar el presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias.

Quinto: someter a información pública el citado expediente, por un plazo máximo de 20 días desde la publicación en el Boletín Oficial de Canarias, a cuyo efecto, podrá ser examinado el mismo en el Servicio Administrativo de Equipamiento, Sanidad y Servicios Sociales, de este Cabildo Insular, 5ª planta, de lunes a viernes de 9,00 a 13,00 horas.

Santa Cruz de La Palma, a 21 de febrero de 1995.- El Presidente, Felipe Hernández Rodríguez.

A N E X O I

DESCRIPCIÓN DEL YACIMIENTO ARQUEOLÓGICO

DE TIGALATE HONDO

Los grabados rupestres de Tigalate Hondo están situados cerca del caserío de igual denominación, formando parte de un conjunto arqueológico muy deteriorado, ya que en las proximidades de dichos grabados se encuentran dos posibles cuevas de habitación aborígenes reutilizadas en la actualidad.

Existen diferentes motivos de los grabados, como: círculos concéntricos, espirales y curvilíneos sencillos, todos ellos llevados a cabo por medio del picado de la roca y distribuidos en dos bloques pétreos, uno situado en el centro del cauce del barranco y el otro dentro de la cueva del caboco.

A N E X O I I

DELIMITACIÓN

Al norte y al sur, limita con márgenes del barranco.

Al oeste, limita con la Cueva de Santa Lucía.

Al este, la delimitación llega hasta el mar.

<FALTA IMAGEN NO SOPORTADA EN VIDEOTEX>

suministros y servicios públicos

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