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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,
R E S U E L V O:
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, de 17 de noviembre de 1994, relativo a la aprobación definitiva pura y simplemente de la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias Municipales para el cambio de ordenanza de la parcela L del Plan Especial de Reforma Interior de la Urbanización Extensión Núcleo Urbano de San Fernando, promovida por Viviendas Sociales de Canarias, S.A. (Visocan), término municipal de San Bartolomé de Tirajana, cuyo texto figura como anexo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de enero de 1995.- El Director General de Urbanismo, Faustino García Márquez.
A N E X O
La Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 17 de noviembre de 1994, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero: aprobar definitivamente, pura y simplemente, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 132.3.a) del Reglamento de Planeamiento, el expediente administrativo referente a la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias Municipales para el cambio de ordenanza de la parcela L del Plan Especial de Reforma Interior de la Urbanización Extensión Núcleo Urbano de San Fernando, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana (Gran Canaria), promovido por Viviendas Sociales de Canarias, S.A. (Visocan), en los mismos términos en que lo fue provisionalmente. Segundo: el presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias y será debidamente notificado a la entidad promotora, Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana y Cabildo Insular de Gran Canaria.
Contra este acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a partir de su notificación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación al artº. 8 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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