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BOC Nº 034. Lunes 20 de Marzo de 1995 - 647

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - A.Santa Cruz de Tenerife

647 - ANUNCIO de 24 de febrero de 1995, de la Gerencia Municipal de Urbanismo, relativo a la aprobación del Proyecto de ajardinado zona verde en Tíncer.

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El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 17 de febrero de 1995, acordó adoptar el siguiente acuerdo: 29.- Expediente relativo al Proyecto de ajardinado zona verde en Tíncer, presentado por Prosa.

Visto el expediente relativo a Proyecto de ajardinado de zona verde en Tíncer, presentado por Prosa. Resultando que el Proyecto ha sido redactado por el Ingeniero Técnico Agrícola D. Eduardo Zárate Pintado, y visado por el Colegio de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Santa Cruz de Tenerife, con el nº 44, de fecha 24 de junio de 1993. Resultando que diligenciado el expediente a la Unidad de Planeamiento y Gestión Urbanística informa: “La zona verde que se ajardina se ubica parte en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife y parte en el de La Laguna, en zona tramada como cauce del barranco. El proyecto cumple con las determinaciones del Plan General en cuanto a este tipo de obras, no previéndose edificación alguna en el ámbito de la zona ajardinada. Las vías a las que tiene frente se encuentran urbanizadas y la zona verde se encuentra totalmente ejecutada”. Resultando que la Unidad de Calidad de Vida informa: “El proyecto consiste en acondicionar un espacio de 7.194 m2 como zona verde. Las especies vegetales se consideran adecuadas para la zona, pero habrá que controlar que se respetan las alturas descritas en el proyecto. El pavimento de roca volcánica se considera poco adecuado para los caminos de mayor pendiente. Las zonas ajardinadas en las que no se prevé tapizante o césped deberán ser cubiertas con una capa de picón de al menos 5 cm de espesor. El sistema de riego no deberá quedar a la vista excepto en los puntos donde estén insertados los emisores. Las anotaciones que se contemplan en este informe pueden ser perfectamente recogidas durante la obra, por lo tanto no se considera necesario que sea modificado el proyecto”. Resultando que diligenciado el expediente al Área de Infraestructura y Servicios, la Unidad de Gestión de Servicios, en su Subunidad de Instalaciones informa: “En relación con el alumbrado público éste obra en el Proyecto, por lo que deberá tenerse en cuenta, así como las recomendaciones que se acompañan, independientemente deberá realizarse proyecto técnico específico siguiendo la instrucción MI-BT-041 del vigente Reglamento de Baja Tensión”. Resultando que Emmasa informa: “En cuanto a la red de agua ésta tiene que ser de polietileno PN-16, y no de P.V.C., como figura en el proyecto; por otro lado, al tratarse de una zona ajardinada en la que esta empresa en principio no intervino, han de considerarse sus instalaciones como interiores”. Considerando que en virtud de lo previsto en el artº. 118.d) del Real Decreto-Legislativo 1/1992, la competencia para la aprobación definitiva corresponde al Ayuntamiento respectivo. El Excmo. Ayuntamiento Pleno, previo dictamen del Consejo de Dirección y de la Comisión Informativa de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, acordó: 1. Aprobar el Proyecto de ajardinado de zona verde en Tíncer, presentado por Prosa, como obra municipal ordinaria, con sujeción a las siguientes condiciones: 1.1. Se habrán de respetar las alturas para las especies vegetales descritas en el Proyecto. 1.2. Para los caminos de mayor pendiente se habrá de prescindir del pavimento de roca volcánica. 1.3. Las zonas ajardinadas en las que no se prevé tapizante o césped, deberán ser cubiertas con una capa de picón de al menos 5 cm de espesor. 1.4. El sistema de riego no debe quedar a la vista excepto en los puntos donde estén insertados los emisores. 1.5. En relación con el alumbrado público, deberá realizarse proyecto técnico específico siguiendo la instrucción MI-BT-041 del Reglamento de Baja Tensión. 1.6. La red de agua deberá ser de polietileno PN-16. 2. Facultar al Ilmo. Sr. Alcalde para la recepción de las referidas obras de ajardinado, una vez haya sido informado favorablemente por el Área de Infraestructura y Servicios del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

Lo que se hace público para general conocimiento significando que contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses desde la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de febrero de 1995.- El Secretario Delegado, Eduardo Silgo Villegas.

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