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El artículo 7 de la Orden de 10 de febrero de 1995, por la que se regula la concesión de subvenciones a las Corporaciones locales canarias para la financiación de equipamientos comerciales de carácter social para 1995, establece el plazo máximo de 15 días contados a partir de la publicación de la Orden para la presentación de las solicitudes de subvención.
A la vista de las solicitudes de aplazamiento presentadas por las distintas Corporaciones locales, se hace necesario ampliar el plazo de presentación de solicitudes con el fin de que pueda acceder el mayor número de Corporaciones locales, garantizando así los principios de publicidad, concurrencia e igualdad.
Por ello, a propuesta de la Dirección General de Comercio y Consumo,
D I S P O N G O:
Ampliar el plazo de presentación de solicitudes de subvención previsto en el artículo 7 de la Orden de 10 de febrero de 1995, por la que se regula la concesión de subvenciones a las Corporaciones locales canarias para la financiación de equipamientos comerciales de carácter social para 1995 (B.O.C. nº 22, de 20.2.95), hasta el 17 de abril de 1995. Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de marzo de 1995.
EL CONSEJERO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, José Vicente León Fernández.
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