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1995/029 - Miércoles 08 de Marzo de 1995

VI. ANUNCIOS
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C.Presidencia y Turismo

Regresar al sumario 549 ANUNCIO de 3 de febrero de 1995, de la Viceconsejería para las Administraciones Públicas, relativo a notificación de Propuesta de Resolución en el expediente sancionador incoado a Comercial Juafa, S.L., titular de la empresa operadora nē 103, por infracción a la normativa sobre el juego.- Expte. nē 61/94.

Habiendo sido intentada la notificación de la Propuesta de Resolución en el domicilio que figura en el expediente sancionador nē 61/94, incoado por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas a Comercial Juafa, S.L., titular de la empresa operadora nē 103, por infracción a la normativa sobre el juego, sin que haya sido recibida por el interesado, de conformidad con lo establecido en el artē. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su publicación.

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Que por la Viceconsejería para las Administraciones Públicas se sancione a Comercial Juafa, S.L., titular de la empresa operadora nē 103, con multa de doscientas mil pesetas, por la instalación y funcionamiento en el Bar Plaza La Vera, de la máquina recreativa TF-B-11.503, careciendo de justificante de abono de la Tasa Fiscal de Juego. Asimismo, el establecimiento carece de Libro de Reclamaciones.

Lo que supone infracción a los artículos 30.1.d), 31.1.d) y 44 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nē 83, de 1.7.88), tipificada como falta grave, la falta de entrega por la empresa operadora al titular del establecimiento, en que esté instalada la máquina, de los libros a conservar en dicho local (Libro de Reclamaciones), correspondiéndole una multa de cien mil pesetas; como falta leve, la carencia de justificante de abono de la Tasa Fiscal de Juego, correspondiéndole una multa de cien mil pesetas, a tenor de lo dispuesto en los artículos 40.4 y 41.3 y en relación con el artē. 42 del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo.

No presenta escrito de alegaciones al Pliego de Cargos.

De acuerdo con lo establecido en el artē. 43.1.2.d) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, se le concede un plazo de ocho días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho.

Santa Cruz de Tenerife, a 3 de febrero de 1995.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, p.d., el Jefe del Servicio de Asuntos Generales y Gestión del Juego (Resolución de 12.1.95; B.O.C. nē 7, de 16.1.95), José Antonio Frías García.

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