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Habiendo desaparecido las circunstancias que aconsejaron la delegación.
En el ejercicio de las competencias previstas en los artículos 13.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 31.4 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en cuyos preceptos se prevé la revocabilidad de las delegaciones,
R E S U E L V O:
Revocar la delegación efectuada mediante Resolución de 12 de enero de 1995, en materia de casinos, juegos y apuestas, con efectos a partir del día siguiente al de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 6 de marzo de 1995.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, Ana María Oramas González-Moro.
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