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1995/028 - Lunes 06 de Marzo de 1995

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
U.Las Palmas de Gran Canaria

Regresar al sumario 348 RESOLUCIÓN de 31 de enero de 1995, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de un puesto de trabajo en esta Universidad, correspondiente al Grupo C.

Siendo preciso proveer, por el procedimiento de concurso, el puesto de trabajo adscrito a la Escala C, vacante en la relación de puestos de trabajo de esta Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, resulta procedente convocar, de conformidad con la normativa general que regula la provisión de puestos de trabajo, concurso de méritos entre los funcionarios de esta Universidad.

En su virtud, en uso de las competencias que le confiere el artículo 198 de los Estatutos, este Rectorado ha resuelto convocar concurso de méritos entre los funcionarios de carrera de esta Universidad, con arreglo a las siguientes

BASES

Primera.- El puesto de trabajo que se oferta, es el que se detalla en la relación del anexo I, que figurará expuesta en los tablones de anuncios de esta Universidad, calle Alfonso XIII, 2 y calle Murga, 21, 3ª planta, Las Palmas de Gran Canaria, y en las Delegaciones Territoriales que tiene esta Universidad en Santa Cruz de Tenerife, calle Maya, 21, de la ciudad de La Laguna, y en Lanzarote, Plaza de la Constitución, 9, de la Villa de Teguise, desde el día de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de esta Resolución y hasta el día de finalización de presentación de solicitudes. Durante el mismo plazo y en los mismos lugares se expondrá el resto de los anexos que se mencionan en la presente convocatoria.

La forma de provisión de dicho puesto de trabajo es el de concurso, mediante llamamiento único a una sola vuelta, obteniéndose la plaza por orden preferente de mayor a menor puntuación, y respetándose que el/la funcionario/a pueda desistir de su solicitud en el mismo procedimiento de celebración, siempre y cuando tenga plaza obtenida en concurso.

Segunda.- Podrán participar en el presente concurso de méritos y solicitar la adjudicación del puesto de trabajo que se cita, los/las funcionarios/as de carrera que pertenezcan a la Escala Administrativa de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Igualmente podrán participar los/las funcionarios/as de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, que se encuentren en situación de servicios especiales, excedencia forzosa o voluntaria, y los procedentes de la situación de suspenso que hayan cumplido el periodo de suspensión.

Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés particular (artículo 29.3.e) de la Ley 30/1984, sólo podrán participar si llevan más de dos (2) años en dicha situación.

El puesto de trabajo se solicitará, según modelo del anexo III, conforme con la “Denominación” prevista en el baremo de méritos (anexo II).

Tercera.- La adjudicación del puesto de trabajo se realizará por este Rectorado, a propuesta de la Comisión de Valoración, que se ajustará al orden de puntuación obtenido por los concursantes, previa valoración de los méritos acreditados por los interesados, de acuerdo con el baremo del anexo II.

Sólo se valorarán como méritos las circunstancias contempladas como tales en el citado baremo, que concurran en los interesados en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.

Únicamente podrá ser adjudicado el puesto de trabajo a los funcionarios concursantes cuyos méritos obtengan una valoración, como mínimo, equivalente al 10% de la puntuación máxima posible.

En caso de que varios aspirantes al mismo puesto de trabajo obtengan empate en la puntuación, ésta se dirimirá atendiendo a la siguiente valoración, por orden de preferencia:

a) Pertenecer a Escala superior.

b) Pertenecer a la promoción más antigua dentro de la misma Escala.

c) Dentro de la misma promoción, preferencia a la promoción interna.

d) Orden de puntuación definitivo obtenido en las oposiciones.

Cuarta.- La Comisión de Valoración encargada de valorar los méritos de los concursantes, estará constituida por los siguientes miembros:

Presidente, el Gerente de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, por delegación expresa del Magfco. y Excmo. Sr. Rector de la misma; y los siguientes Vocales: dos (2) Vocales designados por sorteo entre los funcionarios de la Universidad, pertenecientes a la misma y superiores Escalas y dos (2) Vocales designados a propuesta de la Junta de Personal Funcionario de la propia Universidad. Secretario, un/a funcionario/a de la Universidad, propuesto/a por la Gerencia, que no tendrá voto.

La actuación de la Comisión se ajustará a lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común para los órganos colegiados.

De todas las sesiones, el Secretario levantará el acta correspondiente, que será suscrita por los miembros asistentes.

No serán calificadas las solicitudes presentadas fuera de plazo, ni las formuladas por quienes no reúnan las condiciones exigidas en la base segunda de la presente convocatoria. Asimismo, quedarán excluidos del concurso los funcionarios cuyas solicitudes no se ajusten al modelo del anexo III, así como aquellas que no presenten la documentación exigida o no esté debidamente diligenciada su conformidad con los originales.

La Comisión de Valoración se reserva la facultad de convocar personalmente a aquellos concursantes que considere conveniente, al objeto de aclarar extremos dudosos, de difícil interpretación o controvertidos, de la documentación presentada por el candidato, así como de recabar el asesoramiento de aquellas personas que, por su especialización, estime oportuno.

Quinta.- Las solicitudes para participar en este concurso, dirigidas al Magfco. y Excmo. Sr. Rector de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, y ajustadas al modelo del anexo III, se presentarán en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, en el Registro General de la Universidad, calle Murga, 21, 2ª planta, en horas de 9 a 14, a excepción de los sábados, en los que el horario será de 9 a 13 horas, o en cualquiera de las Oficinas a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta.- Las circunstancias personales y administrativas del concursante se acreditarán mediante certificaciones, que serán expedidas por la Sección de Personal de Administración y Servicios de esta Universidad.

Las titulaciones académicas se acreditarán bien mediante los títulos oficiales originales (o sus fotocopias compulsadas), bien mediante certificados expedidos por los centros oficiales en que hayan sido superados los estudios conducentes a aquéllos, o por la Sección de Personal de Administración y Servicios si en los expedientes obrantes en la misma existen datos fehacientes al respecto.

Quienes participen desde una situación diferente a la de servicio activo deberán aportar asimismo certificación acreditativa de tal extremo, así como de las fechas de efectos de la misma.

La documentación a que se refiere la presente base, deberá ir debidamente relacionada según modelo del anexo IV.

Séptima.- Constituida la Comisión de Valoración, a la vista de las solicitudes y documentación presentadas, formulará ante el Rectorado propuesta de adjudicación del puesto, acompañada de las correspondientes actas de las sesiones, en las que quedará reflejada la puntuación concedida a los méritos debidamente justificados de cada concursante.

El Rectorado, a la vista de la propuesta, dictará Resolución aprobando la lista provisional de adjudicaciones de puestos de trabajo, que será expuesta al público en los tablones de anuncios durante el plazo de cinco días naturales, durante los cuales podrán los interesados formular reclamaciones.

Transcurrido el referido plazo, el Rectorado dictará Resolución resolviendo las reclamaciones presentadas y aprobando la definitiva adjudicación del puesto de trabajo, que resolverá el concurso, y se remitirá al Boletín Oficial de Canarias para su publicación.

Octava.- El destino adjudicado es irrenunciable.

La falta de incorporación del funcionario al puesto adjudicado, en los plazos señalados, dará lugar a la exigencia de la responsabilidad que legalmente proceda.

Novena.- Contra la presente Resolución y los actos definitivos de desarrollo de la misma, podrá interponerse por los interesados recurso ordinario en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Décima.- Todo lo no previsto expresamente en la presente convocatoria será ponderado por la Comisión de Valoración, aplicándose en su caso con carácter supletorio lo establecido en el Real Decreto 28/1990, de 15 de enero (B.O.E. de 16).

Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de enero de 1995.- El Rector, Francisco Rubio Royo.

A N E X O I

F041 JEFE/A DEL NEGOCIADO

DE CONTRATACIÓN: 22/32

A N E X O I I

A) MÉRITOS RELACIONADOS CON LA SITUACIÓN PERSONAL DEL/LA FUNCIONARIO/A:

1.- Valoración de la antigüedad (máximo 3 puntos).

1.1. Se valorará a razón de 0,10 puntos por año completo de servicios reconocidos hasta un máximo de 3 puntos; computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieren prestado con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario/a.

1.2. No se computará, a efectos de antigüedad, servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados.

2.- Valoración del grado personal (máximo 3 puntos).

2.1. Por tener reconocido un grado personal igual o superior al del puesto solicitado: 3,00 puntos.

2.2. Por tener reconocido un grado personal inferior en un nivel al del puesto solicitado: 2,75 puntos.

2.3. Por tener reconocido un grado personal inferior en dos niveles al del puesto solicitado: 2,50 puntos.

2.4. Por tener reconocido un grado personal inferior en tres niveles al del puesto solicitado: 2,25 puntos.

2.5. Por tener reconocido un grado personal inferior en cuatro niveles al del puesto solicitado: 2,00 puntos.

2.6. Por tener reconocido un grado personal inferior en cinco o más niveles al del puesto solicitado: 1,50 puntos.

2.7. A los funcionarios/as concursantes que en la fecha de publicación de esta convocatoria tengan dos o más años de antigüedad en la U.L.P.G.C., y no tengan consolidado o reconocido grado personal, por diversas circunstancias, se les computará a efectos de valoración como grado consolidado, el 18.

Asimismo y a los solos efectos de la convocatoria del presente concurso interno, los/as funcionarios/as que tengan menos de dos años de antigüedad en la Universidad y no tengan grado personal reconocido y a los/as de nuevo ingreso, se les computará como valoración en este apartado, como grado personal el 16:

B) MÉRITOS RELACIONADOS CON EL PUESTO DE TRABAJO:

El trabajo desarrollado en Comisión de Servicios se computará como desempeño del puesto desde el que se origina dicha comisión.

1.- Cursos de Formación y Perfeccionamiento y Titulaciones (máximo 3 puntos).

1.1. Cursos de Formación y Perfeccionamiento (máximo 2 puntos).

Por la superación de cursos de Formación y Perfeccionamiento que tengan relación directa con las actividades administrativas a desarrollar en la Universidad, convocados por la Universidad, Centros Oficiales de Formación de Funcionarios o cualquier Centro Oficial destinado a dicha formación en los que se haya expedido diploma y certificado de asistencia y/o, en su caso, certificación de aprovechamiento, hasta un máximo de dos puntos, distribuidos de la siguiente forma:

Superior a 50 horas 0.50 puntos

De 40 a 49 horas 0.40 puntos

De 30 a 39 horas 0.30 puntos

De 16 a 29 horas 0.20 puntos

De menos de 15 horas 0.10 puntos

1.2. Titulaciones (máximo 1 punto).

Se valorará de acuerdo con la siguiente escala, teniéndose en cuenta únicamente, a efectos de cómputo, la titulación superior que se posea hasta el máximo de 1 punto:

Denominación 2: Jefatura de Negociado Destacado C (C-22).

- Licenciatura o superior: 1 punto.

- Diplomatura: 0.50 puntos.

2.- Valoración del trabajo desarrollado.

Se valorará única y exclusivamente los años de servicios prestados como funcionario/a de carrera hasta un máximo de 4 puntos, atendiendo al tiempo de permanencia en los puestos de trabajo cuya denominación, naturaleza y características a continuación se indica:

Denominación 2: Jefatura de Negociado Destacado (C-22).

- Por el desempeño de Administrador Grupo C, Jefe de Negociado o Jefe de Área, 1 punto por año hasta un máximo de 4 puntos.

- Por el desempeño de Administrativo Base, 0.50 puntos por año de servicio hasta un máximo de 3 puntos.

- Por el desempeño de Auxiliar de Departamento, Auxiliar Destacado o Secretarios/as de Sede Central y Coordinador/a de Relaciones Públicas, 0.25 puntos por año de servicio hasta un máximo de 2 puntos.

Nota 1: para todos los casos de puntuación por años de servicio se prorrateará por meses los periodos inferiores a un año.

Nota 2: a los efectos de valoración de los méritos para la provisión de puestos de trabajo, sólo se tendrán en cuenta aquellos que se encuentren debidamente constatados en el Registro Central de Personal, sito en la Sección de Personal hasta la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias.

Nota 3: en caso de empate en la puntuación se acudirá para su resolución a la siguiente valoración por orden de preferencia:

a) Pertenecer a la escala superior.

b) Pertenecer a la promoción más antigua dentro de la misma escala.

c) Dentro de la misma promoción, preferencia a la promoción interna.

d) Orden de puntuación definitivo obtenido en las oposiciones.

Nota 4: todo lo no previsto específicamente en este baremo se ponderará por la Comisión de Valoración.

A N E X O I I I

CONCURSO DE MÉRITOS CONVOCADO POR RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS

DE GRAN CANARIA DE FECHA: 31 de enero de 1995

Solicitud de participación en el Concurso de Méritos que formula:

D. ................................................................................................................................................................................ D.N.I. ......................... Domicilio .............................................................................................................................. Teléfono ............................ Localidad ........................................................................................................... Código Postal ......................... Cuerpo o Escala ....................................................................................................................

SOLICITA: participar en el concurso referenciado en el encabezamiento, de acuerdo con las bases de la convocatoria para la provisión de la plaza “F041 JEFE/A DEL NEGOCIADO DE CONTRATACIÓN” a cuyo fin acompaña la documentación, que en el índice (anexo IV), se detalla, justificativa de circunstancias, requisitos y méritos.

En Las Palmas de Gran Canaria, a ......... de .................................... de 1995.

EXCMO. Y MAGFCO. SR. RECTOR DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.

A N E X O I V

CONCURSO DE MÉRITOS CONVOCADO POR RESOLUCIÓN DE LA UNIVERSIDAD DE LAS PALMAS

DE GRAN CANARIA DE FECHA: 31 de enero de 1995

Índice de los documentos que aporta D. ..................................................................................................................

Número

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