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PROVIDENCIA
Vista el acta de los funcionarios de la Inspección del Juego, de fecha 24 de octubre de 1994, levantada en el establecimiento Bar Los Asadores, sito en Valle Guerra, Carretera General nº 109, y deduciéndose de la misma posibles infracciones a la normativa sobre el juego, iníciese expediente sancionador al titular de la empresa operadora nº 103, Comercial Juafa, S.L., de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y siguientes del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, nombrando Instructora del expediente a Dña. Aurora La Serna Ramos, funcionaria de la Viceconsejería para las Administraciones Públicas de la Consejería de Presidencia y Turismo.
PLIEGO DE CARGOS
Haberse comprobado que en el establecimiento Bar Los Asadores, sito en Valle Guerra, Carretera General nº 109, se encuentra instalada y en funcionamiento la máquina recreativa del tipo “A”, TF-A-6.987, modelo A-1813, serie nº A-1487, que al momento de la inspección carecía del preceptivo Boletín de Instalación; el que llevaba incorporado era el de la máquina TF-A-7.233, con serie A-1761 del mismo modelo y de la empresa operadora Comercial Juafa, S.L. Asimismo, la Guía de Circulación no era el documento original, era una fotocopia de la misma con la expresión “no utilizable en máquina” y con una anotación a bolígrafo de cambio de titularidad, de fecha 6 de junio de 1994.
Lo que supone infracción a los artículos 12, 30.1.b) y 31.1.b) del Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nº 83, de 1.7.88).
Sancionándose como disponen los artículos 38 y siguientes del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo, y artículos 22 y siguientes de la Ley 6/1985, de 30 de diciembre (B.O.C. nº 158, de 31.12.85).
De acuerdo con lo establecido en el artº. 43.1.2.b) del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, se le concede un plazo de ocho días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho.
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de enero de 1995.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, p.d., el Jefe del Servicio de Asuntos Generales y Gestión del Juego (Resolución de 12.1.95; B.O.C. nº 7, de 16.1.95), José Antonio Frías García.
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