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PROVIDENCIA
Vista el acta de los funcionarios de la Inspección del Juego, de fecha 20 de julio de 1994, levantada en el establecimiento Bar Número Uno, sito en Candelaria, Avenida Conde de Abona, 25, y deduciéndose de la misma posibles infracciones a la normativa sobre el juego, iníciese expediente sancionador al titular de la empresa operadora nē 464, Recreativos Muñoz, S.A., de conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y siguientes del Decreto 93/1988, de 31 de mayo, nombrando Instructora del expediente a Dña. Zoraida Castilla Díaz, funcionaria de la Viceconsejería para las Administraciones Públicas de la Consejería de Presidencia y Turismo.
PLIEGO DE CARGOS
Haberse comprobado que en el establecimiento Bar Número Uno, sito en Candelaria, Avenida Conde de Abona, 25, se encuentra instalada y en funcionamiento la máquina recreativa TF-B-7.256, presentando un Boletín de Instalación para otro establecimiento, con una dirección que no coincide con el local señalado, pues dice: calle La Arena, sin número, y la máquina está instalada en Avenida Conde de Abona, 25.
Lo que supone infracción al artē. 12 del Decreto 93/1988, de 31 de mayo (B.O.C. nē 83, de 1.7.88). Sancionándose como dispone el artē. 39.6, relacionado con el artē. 42 del citado Decreto.
De acuerdo con lo establecido en el artē. 43.1.2.b) del citado Decreto 93/1988, de 31 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Canarias, se le concede un plazo de ocho días hábiles, a contar del siguiente al de la publicación del presente anuncio, para que presente en su descargo las alegaciones que tuviera por conveniente a la defensa de su derecho.
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de enero de 1995.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, p.d., el Jefe del Servicio de Asuntos Generales y Gestión del Juego (Resolución de 12.1.95; B.O.C. nē 7, de 16.1.95), José Antonio Frías García.
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