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A la vista de las peticiones formuladas y de conformidad con lo establecido en el artº. 8 de la citada Orden, a propuesta del Director General de Industria y Energía, por la presente,
D I S P O N G O:
Artículo 1.- Conceder las subvenciones que se recogen en el anexo de la presente Orden, en las cuantías que asimismo se indican, para lo cual existe crédito suficiente con cargo a la aplicación presupuestaria 94.15.03.722 B. 770.00 del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Industria y Comercio para 1994, Proyecto de Inversión PI 94.7151.01.
Artículo 2.- La justificación y el abono de las subvenciones se realizarán según lo dispuesto en los artículos 10 y siguientes de la Orden de 13 de septiembre de 1994, por la que se regula la adquisición e instalación de equipos de ventilación forzada en las galerías de captación de aguas.
Artículo 3.- La Dirección General de Industria y Energía notificará a los beneficiarios la cuantía de las subvenciones concedidas especificando, en su caso, las condiciones generales y particulares que les afecten. Éstos deberán manifestar su aceptación en el plazo de quince días de la notificación, entendiéndose de no hacerlo, que renuncian a la misma.
Artículo 4.- En lo no regulado por la presente Orden se estará a lo establecido en la Orden de esta Consejería de 13 de septiembre de 1994 (B.O.C. nº 118, de 26.9.94), y con carácter general, en la normativa autonómica reguladora de subvenciones y, en particular, al Decreto 31/1993, de 5 de marzo, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración autonómica de Canarias.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Se autoriza a la Dirección General de Industria y Energía a adoptar cuantas medidas sean necesarias para dar cumplimiento a la presente Orden.
Segunda.- Esta Orden entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.
Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de diciembre de 1994.
EL CONSEJERO DE
INDUSTRIA Y COMERCIO,
José Vicente León Fernández.
A N E X O
BENEFICIARIO SUBVENCIÓN
CONCEDIDA (ptas.)
Comunidad de Aguas El Solis 751.605
Sdad. Coop. del Campo San Sebastián 3.291.750
Comunidad de Aguas “Cruz del Niño” 12.262.888
Comunidad de Aguas Garachico-Los Silos 1.994.010
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