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En consecuencia, deberá cesar inmediatamente en su actividad, así como hacer entrega en las dependencias de la Viceconsejería para las Administraciones Públicas de toda la documentación relativa a las máquinas recreativas de su propiedad.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso ordinario ante el Consejero de Presidencia y Turismo, en el plazo de un mes, desde la notificación de la presente, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 18 de enero de 1995.- La Viceconsejera para las Administraciones Públicas, p.d., el Jefe del Servicio de Asuntos Generales y Gestión del Juego (Resolución de 12.1.95; B.O.C. nš 7, de 16.1.95), José Antonio Frías García.
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