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1995/017 - Miércoles 08 de Febrero de 1995

III. OTRAS RESOLUCIONES
C.Trabajo y Función Pública

Regresar al sumario 229 Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.).- Resolución de 10 de enero de 1995, del Director, por la que se convoca en colaboración con las Escuelas Oficiales de Idiomas, Cursos de Perfeccionamiento en Idiomas, para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, incluidos en su programa de actividades para 1995.

El Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.), dentro del programa de actividades para 1995 ha organizado en colaboración con las Escuelas Oficiales de Idiomas de Las Palmas de Gran Canaria y de Santa Cruz de Tenerife, los cursos de perfeccionamiento en idiomas que a continuación se indican y con las características que se señalan en el anexo I a esta Resolución:

1.A.1.95 Curso de perfeccionamiento en idioma alemán.

1.F.1.95 Curso de perfeccionamiento en idioma francés.

1.I.1.95 Curso de perfeccionamiento en idioma inglés.

Por todo ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 131/1988, de 9 de septiembre, resuelvo convocar los mencionados cursos de acuerdo con las siguientes

BASES

Primera.- Requisitos de los participantes.

Podrá solicitar la asistencia de los cursos convocados, el personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma Canaria que reúna los requisitos exigidos en la presente convocatoria.

Segunda.- Solicitudes.

Quienes deseen participar en los cursos programados, deberán presentar instancia según modelo que se acompaña como anexo II a esta Resolución en las oficinas del Instituto Canario de Administración Pública (I.C.A.P.), sitas en la Avenida de Anaga, 35, Edificio de Usos Múltiples I, 5ª planta, Santa Cruz de Tenerife y en la calle Dr. Chil, 18 (esquina calle Reloj), Las Palmas de Gran Canaria, debiendo los interesados consignar claramente el nombre y código del curso que solicitan, su nivel de conocimiento del idioma y todos sus datos personales y administrativos, así como las funciones desempeñadas en su puesto de trabajo actual, debiendo acompañarse de certificación expedida por el superior jerárquico, acreditativa de la utilidad del idioma para el trabajo del solicitante.

Tercera.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarta.- Calendario.

Los cursos se desarrollarán con la duración y las fechas que en cada caso se notifique a los admitidos.

El I.C.A.P. de acuerdo con la Dirección de los cursos, formará los grupos de nivel inicial o medio que se precisen según el número de instancias, el número de plazas disponibles por cursos y el nivel de conocimiento de los alumnos admitidos.

Quinta.- Admisión.

Por el Instituto Canario de Administración Pública se realizará una preselección de aspirantes a los que se les convocará para la realización de una prueba, con el propósito de comprobar el nivel de conocimientos del idioma que han elegido y con el fin de formar grupos homogéneos.

Quedarán desestimadas aquellas solicitudes en las que no recaiga comunicación expresa de admisión.

El pago de los derechos de matrícula deberá realizarse como mínimo siete días antes del inicio del curso, mediante ingreso en efectivo a nombre del I.C.A.P. en la cuenta corriente número 0061.0198.1480113 de la Banca March, indicando su nombre y apellidos y el del curso, así como el código identificativo del mismo, debiendo remitir copia del ingreso a este Instituto mediante fax.

Los interesados preseleccionados que no hagan efectivo el pago de los derechos de matrícula en el plazo indicado, verán decaído su derecho de asistencia, convocando el I.C.A.P. a otro solicitante en su lugar.

Sexta.- Se otorgará certificado de aprovechamiento a los alumnos que acrediten un buen conocimiento del contenido objeto de cada curso. Una inasistencia superior al 10 por 100 de las horas lectivas programadas, cualquiera que sea su causa, imposibilitará la expedición del certificado.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de enero de 1995.- El Director del I.C.A.P., p.s., el Director General de la Función Pública (Orden de 27.5.94; B.O.C. nº 67, de 1.6.94), Jaime Celso Rodríguez Cíe.

A N E X O I

CURSOS DE PERFECCIONAMIENTO EN IDIOMAS

1.A.1.95 CURSO DE PERFECCIONAMIENTO EN IDIOMA ALEMÁN

1.F.1.95 CURSO DE PERFECCIONAMIENTO EN IDIOMA FRANCÉS

1.I.1.95 CURSO DE PERFECCIONAMIENTO EN IDIOMA INGLÉS

Objetivo: el objetivo de estos cursos de perfeccionamiento es el proporcionar a los asistentes unos conocimientos básicos de estas lenguas extranjeras en un caso y en otro, proporcionar a los participantes un nivel de conocimientos que les permitan relacionarse con personas e instituciones de otros países y conseguir una comunicación y comprensión eficaz.

Destinatarios: todos los grupos y categorías, preferentemente personal que tenga relación directa con el público, Secretarías de Alto Cargo y Grupos A y B que acrediten la utilidad de los idiomas extranjeros para su trabajo.

Duración: un mínimo de 120 horas lectivas cada nivel.

Número de plazas: 30-35 para los grupos de nivel inicial.

20-25 para los grupos de nivel medio.

Horario: de tarde.

Derechos de matrícula: 10.000 pesetas.

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