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RESULTANDO
Que el expediente fue sometido al informe de la Comisión Territorial de Precios de Santa Cruz de Tenerife, que lo emitió en sesión ordinaria celebrada el 24 de enero de 1995, en el sentido de dictaminar favorablemente las siguientes tarifas de agua de abastecimiento, que suministra el Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna:
USO DOMÉSTICO AL BIMESTRE:
- Cuota de Servicio 1.500 ptas. al bimestre.
- Bloque de 0 a 20 m3 39 ptas./m3
- Bloque de 21 a 30 m3 156 ptas./m3
- Bloque de 31 a 40 m3 280 ptas./m3
- Bloque de 41 a 55 m3 375 ptas./m3
- Bloque superior a 55 m3 450 ptas./m3
USO INDUSTRIAL AL BIMESTRE:
- Cuota de Servicio 1.500 ptas. al bimestre.
- Bloque de 0 a 20 m3 106 ptas./m3
- Bloque de 21 a 30 m3 275 ptas./m3
- Bloque de 31 a 40 m3 379 ptas./m3
- Bloque de 41 a 55 m3 399 ptas./m3
- Bloque superior a 55 m3 450 ptas./m3
USO COLECTIVO PARA COMUNIDADES DE PROPIETARIOS NO INDIVIDUALIZADAS, AL BIMESTRE:
- Cuota de Servicio por cada
vivienda 1.500 ptas. al bimestre.
- Bloque único 143 ptas./m3
USO MUNICIPAL AL BIMESTRE:
- Bloque único 193 ptas./m3
CONSIDERANDO
Que el presente expediente ha sido tramitado con sujeción al procedimiento establecido en el Real Decreto 2.695/1977, de 28 de octubre, en relación con el Real Decreto 2.226/1977, de 27 de julio, y a la Orden de 30 de septiembre del mismo año.
Vistos la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto-Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; el Real Decreto 3.173/1983, de 19 de noviembre, la Orden de 26 de febrero de 1993, del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se modifica el régimen de precios de determinados bienes y servicios, y se deroga la Orden de 23 de diciembre de 1987, los Decretos del Gobierno de Canarias 120/1987, de 7 de agosto; 147/1991, de 17 de julio, y 62/1993, de 13 de abril, de Reestructuración de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias; 212/1991, de 11 de septiembre, de Organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias; 228/1993, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Industria y Comercio, y demás disposiciones concordantes de general y especial aplicación,
D I S P O N G O:
Autorizar al Ayuntamiento de San Cristóbal de La Laguna las tarifas de agua de abastecimiento a poblaciones solicitadas, las cuales quedarán establecidas en las cuantías anteriores expresadas, a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y su aplicación se realizará de forma escalonada.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal de Justicia de Canarias, a interponer en el plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación a la Consejería de Industria y Comercio exigida en el artē. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.
Santa Cruz de Tenerife, a 25 de enero de 1995.
EL CONSEJERO DE
INDUSTRIA Y COMERCIO,
PRESIDENTE DE LA COMISIÓN TERRITORIAL
DE PRECIOS DE SANTA CRUZ DE TENERIFE,
José Vicente León Fernández.
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