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1995/012 - Viernes 27 de Enero de 1995

III. OTRAS RESOLUCIONES
C.Política Territorial

Regresar al sumario 154 ORDEN de 5 de diciembre de 1994, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Las Palmas de Gran Canaria en el Sector 3 de suelo urbanizable programado-Almatriche.

Resultando que el Pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, en sesión celebrada el 29 de julio de 1994, adoptó, entre otros, el Acuerdo de delegar competencias para la redacción y tramitación de diversos instrumentos de planeamiento entre los que se encontraba, de forma más genérica, el expediente sobre Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Las Palmas de Gran Canaria, para aumentar de 2 a 3 plantas la altura máxima y ampliar el uso residencial colectivo a uso residencial unifamiliar del Sector 3 de Suelo Urbanizable Programado-Almatriche.

Resultando que dicha delegación fue aceptada por Acuerdo de la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 27 de octubre de 1994.

Resultando que la misma Comisión, en sesión celebrada el 7 de julio de 1994, adoptó, entre otros, el Acuerdo de informar favorablemente la aprobación inicial del documento de modificación formulado y que, con fecha 11 del mismo mes y año, se dictó Orden Departamental que aprobó inicialmente el expediente y lo sometió a información pública por plazo de un mes. Dicha Orden fue publicada en el Boletín Oficial de Canarias nē 116, del lunes 21 de septiembre de 1994.

Resultando que la Comisión de Urbanismo y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 27 de octubre de 1994, adoptó, entre otros, el Acuerdo de informar favorablemente la aprobación definitiva del citado expediente de modificación.

Resultando que no consta en el expediente administrativo que se hayan presentado alegaciones durante el plazo otorgado al efecto.

Considerando que se han cumplido los trámites procedimentales establecidos en la vigente legislación urbanística.

Considerando que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria se manifestó favorablemente a la modificación propuesta salvo en lo referente a la variación del uso residencial colectivo, propugnando el mantenimiento de la ordenación vigente, lo que debe ser admitido.

Considerando que compete al Excmo. Sr. Consejero de Política Territorial, entre otras funciones, la aprobación definitiva del citado Proyecto de Urbanización, conforme se deriva de la cláusula residual del artículo 5.24 del Decreto 306/1991, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial (B.O.C. nē 163, de 12.12.91).

Vistos el expediente administrativo, documentos e informes obrantes en el mismo, el Real Decreto-Legislativo 1/1992, de 26 de junio, sobre Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana; Real Decreto 2.159/1978, de 23 de junio, sobre Reglamento de Planeamiento; Decreto 306/1991, de 29 de noviembre, sobre Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial, concordantes y demás normas de general y preceptiva aplicación,

D I S P O N G O:

Primero.- Aprobar definitivamente, al amparo de lo preceptuado en el artículo 132.3.a) del Reglamento de Planeamiento, la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Las Palmas de Gran Canaria, en el Sector 3 de Almatriche, consistente en elevar a tres el número máximo de plantas permitidas, promovido de oficio por esta Administración.

Segundo.- Publíquese la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias y notifíquese al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y al Cabildo Insular de Gran Canaria.

Contra este acto, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de dos meses a partir de su notificación según lo dispuesto en el artē. 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación al artē. 8 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de diciembre de 1994.

EL CONSEJERO DE

POLÍTICA TERRITORIAL,

Fernando Redondo Rodríguez.

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