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42.- Expediente relativo al Estudio de Detalle en la Unidad de Actuación UA-1 del área de reparto Casa-Cuna (0-10), iniciado por D. Luis Alonso Hernández, en nombre y representación de Candesa, S.A., a los efectos de aprobación definitiva.
Visto el expediente iniciado por D. Luis Alonso Hernández, en nombre y representación de Canarias Edificaciones, S.A., en solicitud de aprobación de Estudio de Detalle en la Unidad de Actuación UA-1, del área de reparto Casa-Cuna (0-10). Resultando que el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 16 de septiembre de 1994, acordó la aprobación inicial de dicho Estudio de Detalle, redactado por los Arquitectos D. Antonio Alonso Hernández, D. Juan Antonio González Castro y D. Miguel López Navarro, y debidamente visado por el COAC con el nē 33542 y fecha 12 de septiembre de 1994. Resultando que, una vez aprobado inicialmente, fue sometido a información pública durante veinte días, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias nē 118, del lunes 26 de septiembre de 1994, y publicación en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, conforme previene el artē. 117 del Real Decreto-Legislativo 1/1992, de 26 de junio, de Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, sin que, durante dicho periodo, hayan sido presentadas reclamaciones al respecto. Considerando que, a la vista del resultado de la información pública, la aprobación definitiva de los Estudios de Detalle corresponde al Ayuntamiento respectivo [artē. 118.2.d) del Real Decreto-Legislativo 1/1992]. Considerando que, conforme a lo previsto en el artē. 12 de la Ley Territorial 7/1990, de Disciplina Urbanística, los Estudios de Detalle, una vez aprobados definitivamente por las Corporaciones Locales, deberán ser remitidos a la Consejería con competencia en materia urbanística. El Excmo. Ayuntamiento Pleno, previos dictámenes del Consejo de Dirección de la Gerencia Municipal de Urbanismo y de la Comisión Informativa de Gobierno, Vivienda y Medio Ambiente, acordó: 1) La aprobación definitiva del Estudio de Detalle. 2) Que dicho acuerdo sea publicado mediante anuncio en el Boletín Oficial de Canarias y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, publicaciones que serán de cuenta de Candesa. 3) La remisión del expediente en el plazo de diez días por duplicado, en documento que contenga todas las actuaciones administrativas y la documentación técnica debidamente diligenciada, a la Consejería de Política Territorial del Gobierno de Canarias. En la preceptiva publicación de la aprobación definitiva en el Boletín Oficial de Canarias deberán constar expresamente la fecha y número del Registro de Entrada en la Consejería competente, sin cuyo requisito no entrará en vigor.
En cumplimiento de lo prevenido en el artē. 12 de la Ley Territorial 7/1990, de 14 de mayo, de Disciplina Urbanística y Territorial (B.O.C. nē 63, de 21.5.90), el expediente, debidamente diligenciado, fue remitido a la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Política Territorial, donde fue registrado de entrada el día 30 de noviembre de 1994, con el nē 03/4549.
Lo que se hace público para general conocimiento, significando que, contra el referido acuerdo, podrá interponerse recurso ordinario ante el Excmo. Ayuntamiento Pleno en el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias (artē. 107 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común); contra la desestimación del mencionado recurso podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses, desde la notificación del acuerdo resolutorio si éste fuere expreso, y si fuere presunto, en el plazo de un año, a partir de la interposición del citado recurso ordinario.
Santa Cruz de Tenerife, a 2 de diciembre de 1994.- El Secretario Delegado, Eduardo Silgo Villegas.
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