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BOC Nº 149. Miércoles 7 de Diciembre de 1994 - 2658

VI. ANUNCIOS - Otros anuncios - C.Obras Públicas, Vivienda y Aguas

2658 - RESOLUCIÓN de 10 de octubre de 1994, de la Dirección General de Vivienda, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Vivienda que aprueba la “Lista definitiva de adjudicatarios” y “Relación para posibles vacantes” para 20 viviendas en Valsequillo, término municipal de Valsequillo (Gran Canaria).- Expte. GC-03/90.

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Visto el Acuerdo de la Comisión de Vivienda de 6 de septiembre de 1994.

Considerando que el artº. 14.1 del Decreto 63/1989, de 25 de abril, de adjudicación de viviendas de promoción pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece que la “Lista definitiva de adjudicatarios” y “Relación para posibles vacantes” se publicarán en el Boletín Oficial de Canarias.

Visto el precepto citado y demás en general y especial aplicación,

D I S P O N G O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Vivienda, por el que se aprueban la “Lista definitiva de adjudicatarios” y “Relación para posibles vacantes” para 20 viviendas en Valsequillo, término municipal de Valsequillo, expediente GC-03/90, cuyo texto figura como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de octubre de 1994.- El Director General de Vivienda, Presidente de la Comisión de Vivienda, José María Senante Mascareño.

A N E X O

La Comisión de Vivienda, reunida en sesión de 6 de septiembre de 1994, de conformidad con lo establecido en los artículos 13.3 y 14.2 del Decreto 63/1989, de 25 de abril, que dispone la adjudicación de viviendas de promoción pública, acordó aprobar la “Lista definitiva de adjudicatarios” y “Relación para posibles vacantes” para 20 viviendas en Valsequillo, término municipal de Valsequillo, expediente GC-03/90.

El presente Acuerdo pone fin a la vía administrativa y frente al mismo podrá interponerse, en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, previa la comunicación a este Órgano exigida en el artº. 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

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