Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 135. Viernes 4 de Noviembre de 1994 - 1708

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - C.Trabajo y Función Pública

1708 - ORDEN de 18 de octubre de 1994, por la que se convocan pruebas selectivas para la contratación de personal laboral con carácter temporal.

Descargar en formato pdf

Hallándose vacantes los puestos de trabajo que a continuación se indican, reservados a personal laboral en la actual relación de puestos de trabajo de la Consejería de Trabajo y Función Pública, aprobada por Decreto del Gobierno de Canarias 186/1994, de 12 de septiembre, por el que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Consejería (B.O.C. nº 119, de 28.9.94), debe procederse por urgentes necesidades de los servicios a su provisión con carácter temporal hasta que tenga lugar su cobertura por los procedimientos ordinarios. Por ello, en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artº. 29.1.b) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nº 96, de 1.8.90),

D I S P O N G O:

1º) Iniciar procedimiento selectivo para la contratación de personal en régimen de Derecho Laboral para la provisión de los puestos de trabajo en la Consejería de Trabajo y Función Pública especificados en el anexo I de esta Orden con carácter temporal, hasta que tenga lugar su cobertura por trabajadores fijos, en virtud de los procedimientos legal y convencionalmente establecidos.

2º) En lo no previsto en las presentes bases se aplicará la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria el Decreto del Gobierno de Canarias 63/1985, de 15 de marzo, el III Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, y en su defecto el Real Decreto 2.223/1984, de 19 de diciembre.

3º) El personal que se contrate quedará sometido a los periodos de prueba que señala el artículo 14 del citado Convenio Colectivo.

4º) Asimismo, estará sujeto a las incompatibilidades establecidas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás disposiciones legales y reglamentarias en esta materia.

5º) El contrato se formalizará al amparo de lo establecido en el Real Decreto 2.104/1984, de 21 de noviembre, para el desempeño temporal de plaza vacante, fijándose su duración hasta el momento en que la plaza desempeñada por el trabajador sea provista por personal laboral fijo que resulte de los procedimientos de provisión o selección fijados por el Convenio Colectivo Único del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, incluyendo los supuestos de reingreso de la excedencia y cambios de puesto de trabajo previstos en el citado Convenio.

6º) Requisitos de los aspirantes.

Para poder participar en las pruebas selectivas, los interesados deberán reunir los siguientes requisitos a la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes: a) Ser ciudadano español de conformidad con las leyes vigentes.

b) Haber cumplido la edad de 18 años.

c) Estar en posesión de la titulación académica que se especifica en el anexo I de esta Orden.

d) No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas, ni hallarse separado, ni haber sido despedido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

e) No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación del trabajo.

f) Estar inscrito como demandante o en mejora de empleo en el INEM.

g) Estar en posesión del carnet de manipulador de alimentos por lo que respecta a la categoría de camarera.

Los requisitos expresados anteriormente se acreditarán mediante la presentación de la documentación siguiente:

a) y b) Fotocopia compulsada del D.N.I.

c) Documentación original o fotocopia autenticada.

d) y e) Declaración responsable, según modelo inserto como anexo II.

f) Fotocopia compulsada de la tarjeta de demanda o mejora de empleo del INEM.

g) Fotocopia compulsada del carnet de manipulador.

7º) Presentación de solicitudes.

Quienes deseen participar en el procedimiento selectivo deberán presentar instancia según modelo que se inserta como anexo III, acompañada de la documentación acreditativa de reunir los requisitos a que se refiere el apartado 6º de esta Orden, y currículum vitae conforme al modelo del anexo IV, asimismo, acompañado de la documentación acreditativa. El plazo de presentación de instancia será de 10 días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias. La presentación ha de realizarse en la Dirección Territorial de Trabajo, calle León y Castillo, 57, Las Palmas de Gran Canaria. Igualmente podrán presentarse en cualquiera de las oficinas previstas en el Decreto 100/1985, de 19 de abril (B.O.C. nº 48, de 22.4.85), y en la forma que establece el artº. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artº. 3 del Decreto 164/1994, de 29 de julio, por el que se adaptan los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma a la citada Ley 30/1992 (B.O.C. nº 102, de 19.8.94).

8º) En los diez días naturales siguientes al de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el tablón de anuncios de la Dirección Territorial de Trabajo de Las Palmas, la lista provisional de aspirantes admitidos al procedimiento selectivo, así como de los excluidos, con indicación, en este caso, de las razones de la exclusión y plazo para subsanar los defectos.

Los interesados excluidos podrán subsanar los defectos en el plazo de cinco días hábiles siguientes a aquel en que las listas de admitidos y excluidos queden fijadas en el tablón de anuncios.

Terminado dicho plazo, se expondrá la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos y se señalará la fecha, lugar y hora para la realización de la prueba correspondiente a la que deberán concurrir los interesados provistos del Documento Nacional de Identidad.

9º) Sistema selectivo.

La selección se realizará mediante la superación de tres fases:

Primera fase: consistirá en dos pruebas teórica y práctica, ambas de carácter eliminatorio, a desarrollar en un periodo de tiempo a determinar por el Tribunal y relacionadas con las funciones propias de la categoría. Las pruebas por categoría serán las que se determinen a continuación:

a) Limpiadora:

- Prueba teórica: cultura general.

- Prueba práctica: sobre la materia de su categoría.

b) Operador de Ordenadores:

- Prueba teórica: conocimientos sobre procesadores de texto en entorno Dos y Windows.

- Prueba práctica: sobre manejo de programas de hojas de cálculo y gestión de bases de datos en los referidos entornos. c) Camarera:

- Prueba teórica: sobre conocimientos generales de seguridad e higiene en el trabajo, manipulación y presentación de alimentos, técnicas y servicios de funciones en comedores, y manipulación de productos tóxicos.

- Prueba práctica: sobre la materia de su categoría.

d) Vigilante:

- Prueba teórica: cultura general.

- Conocimientos generales sobre control y coordinación de funciones eléctricas, mecánicas, actuaciones básicas de emergencia y prevención en guarda y custodia.

- Prueba práctica: sobre la materia correspondiente a su categoría.

Las pruebas teórica y práctica tendrán una puntuación máxima de 10 puntos cada una, debiendo obtenerse como mínimo 5 puntos en total para su superación, siendo por tanto eliminados del proceso selectivo los aspirantes que obtengan una puntuación inferior a 5 puntos.

Solamente quienes superen la primera fase podrán pasar a la segunda y la suma de la puntuación obtenida en las tres fases, será la que establezca el orden final de los aspirantes, quedando seleccionado de entre los mismos y por dicho orden un número de aspirantes igual a la de las categorías convocadas.

Segunda fase: consistirá en la valoración del currículum vitae y de la experiencia profesional en categorías similares, que se ajustará al siguiente baremo:

a) Experiencia profesional relacionada con el puesto al que se aspire:

1. En la Administración Pública de la Comunidad Autónoma Canaria: 1 punto por cada mes completo de servicio.

2. En otras Administraciones Públicas: 0,50 puntos por cada mes completo de servicio. 3. Experiencia fuera del ámbito de la Administración Pública: 0,25 puntos por cada mes completo de servicio.

b) Titulación académica. Se concederán 0,5 puntos por cada titulación que exceda de la requerida, no computándose las que deban preceder para obtener otra de grado superior.

c) Cursos, diplomas y otras titulaciones relacionados con las funciones a realizar: máximo 2 puntos. Se valorará a 0,50 puntos por cada uno con aprovechamiento y 0,15 puntos sin aprovechamiento.

Tercera base: podrá realizarse una entrevista, que se valorará como máximo en 1 punto.

10º) Órganos de selección.

La selección de los aspirantes corresponderá a los Tribunales formados de la siguiente manera:

a) Categorías de Camarera, Vigilante y Limpiadora.

PRESIDENTE: TITULAR: Ilmo. Sr. D. José Luis González Moure, Director General de Trabajo. SUPLENTE: D. Ignacio Quevedo Martín, Director Territorial de Trabajo de Las Palmas.

VOCALES: En representación de la Dirección General de la Función Pública:

TITULAR: Dña. María Isabel Martínez de la Peña. SUPLENTE: D. Antonio Rodríguez-Pastrana Malagón.

En representación de los trabajadores:

TITULAR: D. Juan Antonio Martín Brito. SUPLENTE: Dña. Ana María González Delgado.

TITULAR: D. Juan Antonio Martín Vega. SUPLENTE: D. Miguel Pizarro Lorenzo.

En representación de la Dirección General de Trabajo: VOCAL-SECRETARIO:

TITULAR: Dña. Rosario Mendoza Rosales. SUPLENTE: D. Sebastián Palmes Pérez.

b) Categoría de Operador de Ordenadores:

PRESIDENTE: Ilmo. Sr. D. José González Moure, Director General de Trabajo. SUPLENTE: D. Ignacio Quevedo Martín, Director Territorial de Trabajo de Las Palmas.

VOCALES:

En representación de la Dirección General de la Función Pública:

TITULAR: Dña. María Isabel Martínez de la Peña. SUPLENTE: D. Antonio Rodríguez-Pastrana Malagón.

En representación de los trabajadores:

TITULAR: D. Aníbal de León Rodríguez. SUPLENTE: D. Juan Antonio Martín Vega.

TITULAR: D. Arsenio Martín Guerra. SUPLENTE: D. Miguel Pizarro Lorenzo.

En representación de la Dirección General de Trabajo:

VOCAL-SECRETARIO: TITULAR: D. Antonio Roldán Nogueras. SUPLENTE: Dña. Lidia Esther Nolasco Suárez.

El Tribunal podrá constituirse y actuar válidamente cuando se encuentren presentes al menos tres de sus miembros, sus acuerdos se adoptarán por mayoría, siendo dirimente, en caso de empate, el voto del Presidente.

Los miembros del Tribunal percibirán las indemnizaciones o dietas que les correspondan por razón del servicio, correspondiente a la categoría cuarta en que se clasifica el Tribunal, establecida en el artículo 1 del Decreto 197/1993, de 24 de junio, por el que se modifica el Decreto 124/1990, de 29 de junio, sobre Indemnizaciones por razón del Servicio (B.O.C. nº 98, de 30.7.93), y hasta el límite máximo de quince asistencias.

11º) Por el Secretario del Tribunal se levantará la correspondiente acta, que firmarán todos los miembros del mismo, y hará constar en ella los aspirantes presentados, los ejercicios celebrados, las calificaciones otorgadas y las incidencias que a juicio del Tribunal deban reflejarse en el acta.

12º) La lista de los seleccionados se publicará en los tablones de anuncios de la Dirección Territorial de Trabajo de Las Palmas, que servirá de citación a las personas seleccionadas que deberán presentar la documentación que en ella se señale.

Quedarán decaídos en su derecho quienes no presenten toda la documentación exigida en el plazo indicado, y la Administración efectuará llamamiento por orden si existe lista de reserva.

13º) Presentada de conformidad toda la documentación, se celebrará el contrato de trabajo de carácter temporal procedente, previas las formalidades administrativas legalmente previstas.

La presente Orden ha sido elaborada teniendo en cuenta los informes preceptivos.

Contra la misma se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, dentro del plazo de dos meses desde su publicación, previa la comunicación a esta Consejería de Trabajo y Función Pública, exigida en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Publíquese la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias y comuníquese a la Dirección Provincial del INEM en Las Palmas de Gran Canaria.

Santa Cruz de Tenerife, a 18 de octubre de 1994.

EL CONSEJERO DE TRABAJO Y FUNCIÓN PÚBLICA, Francisco José Rodríguez-Batllori Sánchez. A N E X O I Puestos a cubrir mediante contrataciÓn laboral temporal

Centro Directivo: Dirección General de Trabajo en Las Palmas de Gran Canaria.

Unidad: Dirección Territorial de Trabajo de Las Palmas.

Nº R.P.T. CATEGORÍA GRUPO LOCALIZACIÓN TITULACIÓN EXIGIDA

230511024 Limpiadora VI Servicio Asuntos Generales Estudios Primarios o y Ord. Laboral equivalente

230511026 Limpiadora VI Servicio Asuntos Generales Estudios Primarios o y Ord. Laboral equivalente

230513024 Operador de Ordenadores IV Gabinete Seguridad e Higiene Graduado Escolar o en el Trabajo equivalente

230514010 Camarera V Residencia Santa Brígida Graduado Escolar o equivalente

230514028 Vigilante V Residencia Santa Brígida Graduado Escolar o equivalente

A N E X O I I

DeclaraciÓn responsable

D./Dña. ........................................................................................., con D.N.I. nº .............................................,

DECLARA bajo su responsabilidad:

No hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas, ni hallarse separado, ni haber sido despedido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

No padecer enfermedad o defecto de cualquier tipo que imposibilite la prestación del trabajo.

(Lugar, fecha y firma).

Ilmo. Sr. Secretario General Técnico de la Consejería de Trabajo y Función Pública. Plaza Residencial Anaga, calle José de Zárate y Penichet, 3, Santa Cruz de Tenerife.

A N E X O I I I

INSTANCIA

Apellidos y nombre ................................................., D.N.I. nº .................., domicilio (calle/plaza) ....................... ................................................, municipio ....................................., código postal ..................., teléfono .............. .

EXPONE

Que habiéndose convocado por Orden de ...... de .................... de ........., de la Consejería de Trabajo y Función Pública (B.O.C. nº ......, de .......................), procedimiento de selección para la contratación laboral de carácter temporal, y reuniendo los requisitos exigidos en la convocatoria.

SOLICITA

Ser admitido al procedimiento selectivo para la contratación temporal con la(s) categoría(s): .......................

(Lugar, fecha y firma).

ILMO. SR. DIRECTOR GENERAL DE TRABAJO. Las Palmas de Gran Canaria.

A N E X O I V

CURRÍCULUM VITAE

Nombre y apellidos ..........................................................................., fecha de nacimiento ............................, lugar de nacimiento ..................................., D.N.I. nº ..................., con domicilio en calle/plaza ........................... ................................................................................, del municipio ..........................................................................., código postal ..............................., teléfono ................................. .

DATOS ACADÉMICOS:

Titulaciones académicas.

EXPERIENCIA PROFESIONAL:

Enumerar los trabajos del más antiguo al más moderno, indicando Administración Pública o empresa, cargo y duración del empleo cuya valoración se pretenda.

CURSOS REALIZADOS:

(Tipo, lugar de realización, fecha, nº de horas, Centro que lo impartió).

(Lugar, fecha y firma).

© Gobierno de Canarias