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El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 16 de septiembre de 1994, acordó adoptar el siguiente acuerdo:
64. Expediente relativo a Proyecto de Electrificación, primera fase, de Santa Clara-La Multa, presentado por Viviendas Municipales, S.A., a los efectos de aprobación definitiva.
Visto el expediente relativo a Proyecto de Electrificación, primera-fase, de Santa Clara-La Multa, presentado por Viviendas Municipales, S.A. Resultando que el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 17 de junio de 1994, acordó la aprobación inicial de dicho Proyecto de Urbanización, redactado por el Ingeniero Industrial D. Fidel Iturribarría Martín Fernández, debidamente visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Canarias el día 14 de marzo de 1994 con el número 017159. Resultando que, una vez aprobado inicialmente, fue sometido a información pública durante veinte días, mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma nº 88, de 20 de julio de 1994, y publicación en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, sin que durante dicho periodo, hayan sido presentadas reclamaciones al respecto. Considerando que, a la vista del resultado de la información pública, la aprobación definitiva de los Proyectos de Electrificación corresponde al Ayuntamiento [118.3.d) del Real Decreto-Legislativo 1/1992]. El Excmo. Ayuntamiento Pleno, de conformidad con los dictámenes del Consejo de Dirección de la Gerencia Municipal de Urbanismo y de la Comisión Informativa de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, acordó: 1) la aprobación definitiva del Proyecto de Electrificación, primera fase, de Santa Clara-La Multa, en los mismos términos y con sujeción a idénticas condiciones que en el acuerdo de aprobación inicial; 2) que dicho acuerdo sea publicado mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma, publicación que correrá a cargo del interesado; 3) el inicio de las obras deberá comunicarse a Emmasa, Subunidad de Instalaciones de la Unidad de Gestión de Servicios y Unidad de Mantenimiento y Obras Municipales del Área de Infraestructura y Servicios.
Lo que se hace público para general conocimiento, significando que contra el referido acuerdo podrá interponerse recurso ordinario ante el Excmo. Ayuntamiento Pleno en el plazo de un mes, a contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de Canarias (artº. 114.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común); contra la desestimación del mencionado recurso podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses desde la notificación del acuerdo resolutorio si éste fuere expreso, y, si fuere presunto, en el plazo de un año a partir de la interposición del recurso ordinario.
Santa Cruz de Tenerife, a 30 de septiembre de 1994.- El Secretario General, José Eugenio de Zárate y Peraza de Ayala.
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